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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2012 (28/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de marzo de 2012 463227 Autorizan la ejecución de la Encuesta Diaria en Garitas de Registro del Ministerio de Agricultura de los Volúmenes de Ingreso de Productos Agropecuarios y Agroindustriales, en Lima Metropolitana y principales ciudades del país RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 041-2012-INEI Lima, 6 de febrero de 2012 Visto el O¿ cio Nº 033-2012-AG-OEEE/0018-UE de la O¿ cina de Estudios Económicos y Estadísticos del Ministerio de Agricultura, solicitando autorización para la ejecución de la Encuesta Diaria en Garitas de Control en volúmenes de ingreso de productos agropecuarios y agroindustriales en Lima Metropolitana y principales ciudades del país; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística”, el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística y tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utilizadas por los órganos del Sistema para la producción de las Estadísticas o¿ ciales del país; Que, la O¿ cina de Estudios Económicos y Estadísticos, requiere obtener información diaria sobre volúmenes de ingreso de productos agropecuarios en Lima Metropolitana, con el propósito de conocer el abastecimiento de productos agroalimentarios e interpretar el comportamiento de los precios en los principales mercados de Lima Metropolitana; Que, en tal sentido es necesario autorizar la ejecución de la Encuesta Diaria en Garitas de Control en Volúmenes de Ingreso de productos agropecuarios y agroindustriales en Lima Metropolitana y principales ciudades del país, la que se realizará en las principales garitas de control, a todos los vehículos que ingresen, transportando productos agropecuarios; así como aprobar el formato correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y la visación de la Sub Jefatura de Estadística y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la ejecución de la Encuesta Diaria en Garitas de Registro del Ministerio de Agricultura de los Volúmenes de Ingreso de Productos Agropecuarios y Agroindustriales, en Lima Metropolitana y principales ciudades del país. Artículo 2º.- Aprobar los lineamientos metodológicos y el formato correspondiente a la referida Encuesta, que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- El mencionado registro será ejecutado, por personal debidamente identi¿ cado de la O¿ cina de Estudios Económicos y Estadísticos del Ministerio de Agricultura, mediante entrevista directa a todos los transportistas o conductores, que pasan por las principales garitas de control transportando productos agropecuarios. La Encuesta se realizará durante los meses de enero a diciembre del año 2012. Artículo 4º.- Las personas naturales o jurídicas a que se re¿ ere el Art. 1º de la presente Resolución, que se negaren a brindar información y/o suministren datos falsos, serán multadas conforme a lo dispuesto por los Arts. 87º y 91º del D. S. Nº 043-2001-PCM. Regístrese y comuníquese. ALEJANDRO VILCHEZ DE LOS RIOS Jefe 768772-2 Autorizan la realización de la Encuesta de Precios Diarios en los Mercados Mayoristas y Minoristas correspondiente al año 2012, a nivel nacional RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 042-2012-INEI Lima, 6 de febrero del 2012 Visto el O¿ cio Nº 034-2012-AG-OEEE/0019-UE de la O¿ cina de Estudios Económicos y Estadísticos del Ministerio de Agricultura, solicitando autorización para la ejecución de la “Encuesta de Precios Diarios en los Mercados Mayoristas y Minoristas en ciudades capitales de Departamento para el año 2012” y; CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística”, el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística y tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utilizadas por los órganos del Sistema para la producción de las Estadísticas o¿ ciales del país; Que, la O¿ cina de Estudios Económicos y Estadísticos del Ministerio de Agricultura, con el propósito de elaborar índices que le permitan realizar el monitoreo de las variaciones de los precios, en la actividad del comercio de productos agropecuarios y agroindustriales, requiere ejecutar diariamente una encuesta por muestreo de precios a Comerciantes Mayoristas y Minoristas, correspondiente al año 2012; Que, en tal sentido es necesario autorizar la ejecución de la mencionada Encuesta, a nivel de Lima Metropolitana, y principales ciudades del país, dirigida a comerciantes mayoristas y minoristas que comercializan productos agroalimentarios, así como aprobar los lineamientos metodológicos y el formulario correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y la visación de la Sub Jefatura de Estadística y de la O¿ cina Técnica de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la realización de la Encuesta de Precios Diarios en los Mercados Mayoristas y Minoristas correspondiente al año 2012, a nivel nacional, dirigida a los comerciantes de los Mercados Mayoristas y Minoristas que desarrollan el comercio al por mayor y por menor de productos alimenticios perecibles y no perecibles, en las ciudades que constituyen capitales de departamento. Artículo 2º.- Aprobar los lineamientos metodológicos y el formato correspondiente a la referida Encuesta, que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- La Encuesta se realizará en los meses de enero a diciembre del 2012 y será ejecutada, mediante entrevista directa a los Comerciantes Mayoristas y Minoristas, por personal debidamente identi¿ cado de la O¿ cina de Estudios Económicos y Estadísticos del