TEXTO PAGINA: 50
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 31 de marzo de 2012 463456 VISTO, el Expediente Nº 012011110324, del 19 de octubre de 2011, sobre rectifi cación administrativa de apellido en certifi cado de estudios y otros. CONSIDERANDO: Que, mediante escrito del 19 de octubre de 2011, el señor EDWIN EMILIO FLORIAN HORA, se dirige al señor Rector, solicitando la rectifi cación administrativa de sus Certifi cados de Estudios, Grado de Bachiller y Título Profesional, fundado en que, erróneamente la RENIEC le inscribió el 11-09-2000 con el apellido FLORIANI, el mismo que ha sido rectifi cado como FLORIAN con fecha 21 de julio de 2011, conforme se evidencia de su Documento Nacional de Identidad; Que, de los documentos administrativos se advierte que Edwin Emilio Florián Hora, egresado de la Universidad Nacional de Ucayali, con título Profesional de Contador Público, ha rectifi cado su apellido paterno al amparo de lo dispuesto por el Artículo 2 inciso 20 de la Constitución Política del Estado, y las normas de la RENIEC, que aprueba la Directiva de Rectifi cación Administrativa de una letra del apellido por error y omisión atribuible al Registrador; Que, el artículo 25 del Código Civil establece que: “La prueba referente al nombre resulta de su respectiva inscripción en los registros de estado civil”, y conforme a la rectifi cación administrativa de su primer apellido sustentando con la Partida de Nacimiento N° 677 expedida por el Consejo Distrital de Chepen, se verifi ca la rectifi cación del nombre en el extremo del apellido paterno del recurrente Edwin Emilio Florián Hora; Que, de estos antecedentes se desprende que el Registro Nacional de Identifi cación de Estado Civil con autoridad competente en ejercicio de sus legales atribuciones ha rectifi cado el primer apellido del recurrente de acuerdo a su Partida de Nacimiento donde aparece con su apellido Florián; Que, en tal sentido el petitorio del egresado Edwin Emilio Florián Hora, es procedente debiendo la administración proceder a emitir un nuevo Título Profesional de Contador Publico, Diploma del Grado de Bachiller y Certifi cado de Estudios, previo pago de los derechos administrativos vigentes; Que, con el Expediente N° 012011110324, el señor Rector autoriza al Secretario General la emisión de la correspondiente resolución; Estando conforme a las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria N° 23733 y el Estatuto de la Universidad Nacional de Ucayali. SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR PROCEDENTE el pedido de rectifi cación de apellido paterno de Edwin Emilio Florián Hora. Artículo 2°.- OTORGAR nuevo Certifi cado de Estudios, Diplomas de Grado de Bachiller y de Título Profesional, previo pago de los derechos administrativos que origine su expedición. Artículo 3°.- PUBLICAR la presente resolución de rectifi cación en el Diario Ofi cial El Peruano, con los costos a cargo del recurrente. Artículo 4°.- Dar a conocer la presente resolución al interesado y a los órganos respectivos de la Universidad Nacional de Ucayali. Regístrese, comuníquese y archívese. EDGAR J. DIAZ ZUÑIGA Rector 770532-1 Autorizan emisión de duplicado de diploma de título profesional a favor de egresado de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO: RESOLUCION Nº R- 425-2012-UNSAAC Cusco, 6 de marzo de 2012 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO: VISTO, el Expediente signado con Nº 004627, presentado por el Ing. ERASMO VARGAS ELGUERA, solicitando duplicado de Diploma confi riéndole el Título Profesional de Ingeniero de Minas, de la Facultad de Ingeniería Eléctrica, Electrónica, Mecánica y Minas, por motivo de pérdida; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28626, faculta a las Universidades Públicas y Privadas del País, expedir duplicado de diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, por motivo de pérdida, deterioro y mutilación; Que, la Institución regula el otorgamiento de duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales mediante Directiva, aprobada por Resolución Nº CU-224- 2006-UNSAAC de 09 de noviembre de 2006; Que, el administrado por expediente del Visto, solicita la emisión de duplicado de diploma que le confi ere el Título Profesional de Ingeniero de Minas por motivo de pérdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición los requisitos establecidos en el Art. 4º de la Directiva para el otorgamiento de Duplicado de Diplomas de Grados y Títulos emitido por la UNSAAC, esto es 1) Recibo de Caja por Derechos de Duplicado de Diploma; 2) Constancia de denuncia policial; 3) Constancia expedida por el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores; 4) Copia Certifi cada por la Secretaria General de la UNSAAC de la Resolución del Consejo Universitario que confi ere el Título Profesional de Ingeniero de Minas; 5) Publicación de en un diario de mayor circulación de la ciudad, del aviso de la pérdida del diploma; 6) Dos Fotografías tamaño pasaporte; 7) Recibo de Caja por Derechos de Rotulado de Diploma y; 8) Fotocopia autenticada de su Documento Nacional de Identidad; Que, obra en el expediente la conformidad de la Comisión de Grados y Títulos del Consejo Universitario, de fecha 15 de febrero de 2012; Que la Autoridad Universitaria ha tomado conocimiento del Expediente y ha dispuesto la emisión de la Resolución con cargo de dar cuenta al Consejo Universitario; Estando a lo solicitado, Ley 29812, Ofi cio Nº 099- 2012-UNSAAC, Resolución Nº CU-224-2006-UNSAAC, Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos emitido por la UNSAAC y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitario, con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario; RESUELVE: Primero.- DECLARAR PROCEDENTE la petición presentada por el Ing. ERASMO VARGAS ELGUERA sobre otorgamiento de Duplicado de Diploma que le confi ere el Título Profesional de Ingeniero de Minas, de la Facultad de Ingeniería Eléctrica, Electrónica, Mecánica y Minas. Segundo.- AUTORIZAR a la Ofi cina de Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA, POR MOTIVO DE PÉRDIDA a favor del Ing. ERASMO VARGAS ELGUERA, confi riéndole el TITULO PROFESIONAL DE INGENIERO DE MINAS, de la Facultad de Ingeniería Eléctrica, Electrónica, Mecánica y Minas, por las razones expuestas en la considerativa de la presente resolución. Tercero.- DEJAR ESTABLECIDO que en el diploma a que se refi ere el numeral primero de la presente resolución, deberá consignar en el margen izquierdo el sello de DUPLICADO. Cuarto.- DISPONER que la Ofi cina de Secretaría General a través del Equipo de Grados y Títulos, remita a la Asamblea Nacional de Rectores un ejemplar de la presente resolución para su registro respectivo. Quinto.- DISPONER que el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, bajo responsabilidad. La Ofi cina de Secretaría General y el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, deberán adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. GERMÁN ZECENARRO MADUEÑO Rector 770620-1