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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (09/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de noviembre de 2012 478247 marzo de 2012 y del Acta N° 009-I-2012 del 8 de marzo de 2012, retrotrayendo el procedimiento administrativo hasta antes de la emisión de la referida Acta; disponiendo además que la Dirección de Control y Vigilancia Sanitaria se sirva efectuar las acciones destinadas a la pronta atención del procedimiento de certifi cación en Buenas Prácticas de Manufactura solicitada por la recurrente; Que, la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas – DIGEMID en las Notas Informativas Nº 323-2012- DG-DIGEMID-EA/MINSA, N° 348-2012-DG-DIGEMID- EA/MINSA, y N° 421-2012.DIGEMID-DG-DCVS-ECVE/ MINSA, y en los Informes N° 016-2012-DIGEMID-DG- DCVS-ECVE/MINSA y N° 290-2012-DIGEMID-DCVS- ECVE/MINSA, informa sobre las razones que motivaron la declaratoria de nulidad del acta de inspección de Buenas Prácticas de Manufactura, y sustenta los motivos por los cuales se deberá disponer que se efectúe nuevamente la inspección solicitada por la empresa Laboratorios Americanos S.A., para la certifi cación de Buenas Prácticas de Manufactura; Que, en ese sentido, la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, solicita que se expida la Resolución Suprema autorizando el viaje al exterior de las profesionales de la citada Dirección General, para que realicen la certifi cación de Buenas Prácticas de Manufactura del Laboratorio Zhejiang Ruixin Pharmaceutical Co. Ltd., del 12 al 15 de noviembre de 2012, indicando que los gastos que impliquen dicha actividad serán fi nanciados por el pliego 011- Ministerio de Salud; Que, con Memorándum Nº 2847-2012-OGA/MINSA, la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud, informa que el viaje de las Químicas Farmacéuticas Fanny Felipa Vásquez Ramos y Jesusa Poma Inca, a la ciudad Zhejiang, República Popular China, a fi n que realicen la certifi cación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) del Laboratorio Zhejiang Ruixin Pharmaceutical Co. Ltd., cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente a la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, Meta 363 de la Unidad Ejecutora N° 001 – Administración Central del Pliego 011 - Ministerio de Salud, precisando que los pasajes aéreos serán en tarifa económica; Que, la inspección para la certifi cación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) se realizará del 12 al 15 de noviembre de 2012, sin embargo, dado que el Laboratorio Zhejiang Ruixin Pharmaceutical Co. Ltd., se encuentra ubicado en el continente asiático, la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud ha otorgado disponibilidad presupuestal para cuatro días de viáticos y dos días adicionales para gastos de instalación; Que, mediante Informe Nº 168-2012-ECN-ODRH- OGGRH/MINSA, la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, emite opinión favorable respecto de la autorización de viaje de las Químicas Farmacéuticas Fanny Felipa Vásquez Ramos y Jesusa Poma Inca, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas – DIGEMID, para que realicen la certifi cación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) solicitada por Laboratorios Americanos S.A.; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del Artículo 10º de la Ley Nº 29812 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, establece, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos que el requerimiento de excepciones adicionales, a las señaladas en los literales a), b), c) y d) del mismo numeral, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, en tal sentido, teniendo en cuenta lo informado por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud y al haberse declarado la nulidad de la Resolución Directoral N° 037-2012- DIGEMID-DCVS, de fecha 13 de marzo de 2012, y del Acta N° 009-I-2012 del 8 de marzo de 2012, resulta necesario autorizar el viaje de las profesionales de la citada Dirección General, que llevarán a cabo la inspección de certifi cación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) del Laboratorio Zhejiang Ruixin Pharmaceutical Co. Ltd., ubicado en la ciudad de Zhejiang, República Popular China solicitado por Laboratorios Americanos S.A.; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, en la Ley Nº 27619, Ley que Regula los Viajes al Exterior de los Servidores y Funcionarios Públicos, y su modifi catoria, y en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de las Químicas Farmacéuticas Fanny Felipa VASQUEZ RAMOS y Jesusa POMA INCA, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, a la ciudad de Zhejiang, República Popular China, del 9 al 18 de noviembre de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, del Pliego 011 del Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle: - Pasajes tarifa económica: (incluido TUUA c/u $ 6,005.88 para dos personas) $ 12,011.76 - Viáticos x 6 días (c/u $ 1,560.00 para dos personas) $ 3,120.00 ------------ Total $ 15,131.76 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, las profesionales citadas en el artículo 1º de la presente Resolución Suprema deberán presentar un informe detallado dando cuenta de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la actividad a la que acudirán, así como la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneraciones o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 864045-2 Aprueban Documento Técnico: Metodología para la Capacitación de las y los Agentes Comunitarios de Salud - “Guía de la y el Facilitador” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 889-2012/MINSA Lima, 6 de noviembre del 2012 Visto los Expedientes Nºs 12-086967-001, 12-086967- 002 y 11-058022-001, que contienen el Memorándum N° 822-2012-DGPS/MINSA y el Informe Nº 034-OAM- 2012-DPCS-DGPS/MINSA, de la Dirección General de Promoción de la Salud; CONSIDERANDO: Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervención del Sistema Nacional de Salud, con la fi nalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno saludable,