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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (09/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de noviembre de 2012 478238 Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA Artículo 1.- Aprobación de !a Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional Aprobar la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional que consta de la Introducción, tres (03) capítulos y dos (02) anexos que forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de noviembre del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores POLÍTICA NACIONAL DE COOPERACIÓN TÉCNICA INTERNACIONAL INDICE Introducción I. Marco General II. Alcance, Objetivo, Resultados y Estrategias III. Prioridades Anexo 1: Defi niciones Anexo 2: Compromisos Introducción 1. El principal desafío compartido por todas las naciones del mundo es superar la pobreza y la desigualdad en términos de un desarrollo sostenible. Con este objetivo se asumieron los compromisos considerados en la Declaración del Milenio, constituyendo la Cooperación Internacional un mecanismo valioso para su consecución. 2. En respuesta al actual contexto y a los desafíos defi nidos por la agenda nacional e internacional, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI1, en su calidad de ente rector de la Cooperación Internacional No Reembolsable - CINR, responsable del Sistema Nacional Descentralizado de Cooperación Internacional No Reembolsable – SINDCINR2 y promotor de la efi cacia y la transparencia de la Cooperación Técnica Internacional en el Perú, elabora la presente Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional-PNCTI. 3. En el Perú, la Cooperación Internacional representa el 2% del presupuesto anual del país y el 0,5% del PBI nacional; en consecuencia, debe ser entendida como un aporte complementario a los esfuerzos nacionales para el desarrollo. En este sentido, la importancia de la Cooperación Internacional no está enfocada en un aspecto cuantitativo, sino en su aporte cualitativo, es decir, en la calidad de las intervenciones ejecutadas con su apoyo y en el impacto de éstas. 4. El Perú ha logrado avances signifi cativos en materia de crecimiento económico y reducción de la pobreza, al punto de ser considerado desde el 2008 como país de renta media alta, sin embargo, aún presenta brechas signifi cativas. Asimismo, los problemas de extrema pobreza, inequidades, exclusión y discriminación social, ausencia de oportunidades, bajos niveles de inversión en el desarrollo científi co/tecnológico, falta de protección del medio ambiente, la alta concentración del ingreso, entre otros, siguen presentes trabando las posibilidades reales de alcanzar el desarrollo, lo cual se refl eja en los índices de pobreza a nivel rural: 54,2% de pobreza y 23,3% de pobreza extrema3. En tal sentido, la Cooperación Internacional puede desempeñar un rol importante para contribuir con el desarrollo con inclusión social planteado por el actual gobierno. 5. La Cooperación Internacional, entendida como un acto recíproco de política internacional, demanda el compromiso del país cooperante, que consiste en reconocer el liderazgo del país socio para establecer lineamientos, prioridades y procedimientos, así como suministrar cooperación en este marco. En el mismo sentido, el compromiso del país socio es asegurar la efi cacia en el uso de los recursos recibidos, adoptando procedimientos efi cientes, promoviendo la transparencia del proceso de cooperación e identifi cando sus prioridades nacionales de modo claro y concertado. 6. El Perú está fortaleciendo su accionar en materia de Cooperación Internacional para el Desarrollo, al compartir con otras naciones sus experiencias y capacidades en aquellos temas y áreas en las que tiene ventajas comparativas, constituyéndose no sólo en país demandante sino también en país ofertante de cooperación. En este sentido, mediante recursos propios, la APCI viene fortaleciendo la modalidad de cooperación horizontal llamada Cooperación Sur–Sur y también la cooperación de tercer país, conocida como Cooperación Triangular, modalidad importante esta última que el Perú reconoce e impulsa. 7. La CINR es un instrumento de la política internacional que tiene como objetivo contribuir a mejorar el bienestar de vida y constituye un medio válido para resguardar el respeto universal a los derechos humanos, promover el crecimiento social, cultural, científi co, económico y comercial, fomentar la estabilidad política, asegurar la sostenibilidad del medio ambiente y fortalecer la justicia y paz. 8. La visión de responsabilidad compartida en el desarrollo ha sido puesta de manifi esto y asumida por parte importante de la comunidad internacional en diversos acuerdos y compromisos internacionales, tales como la Declaración del Milenio4, el Consenso de Monterrey5, la Declaración de Roma sobre Armonización6, la Declaración de París sobre la Efi cacia de la Ayuda al Desarrollo7, el Programa de Acción de Accra8 y, recientemente, la Alianza de Busan para la Cooperación Efi caz al Desarrollo9. Dichos acuerdos han ido adoptando una idea en común: para que la Cooperación Internacional tenga éxito no basta con aumentar el volumen de los recursos disponibles sino que es necesario incrementar, paralelamente, la efi cacia de la Cooperación, con el compromiso de lograr resultados sostenibles de desarrollo. 9. En el marco de lo planteado en Busan se destaca una nueva arquitectura de la Cooperación para el Desarrollo caracterizada por un mayor número de actores estatales y no estatales, así como por una cooperación entre países en diferentes fases de desarrollo, entre los que fi guran países de renta media y en donde son cada vez más reconocidas las oportunidades que ofrecen los diversos enfoques de la cooperación, tales como la 1 Creada a través de la Ley de Creación de la APCI y sus modifi catorias - Ley N° 27692. 2 El SINDCINR fue creada mediante la ley Nº 28875 y publicada el 15 de agosto de 2006. Este sistema lo integran las unidades orgánicas y/o dependencias encargadas de la CINR en el Poder Legislativo, Poder Judicial, organismos constitucionales autónomos, ministerios, organismos públicos descentralizados, gobiernos regionales y gobiernos locales, conservando su dependencia administrativa cada institución. También, integran el Sistema las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo Nacional - ONGD y las Entidades e Instituciones de Cooperación Internacional - ENIEX. 3 INEI 2010 4 Aprobado el 8 de septiembre de 2000 en Nueva York por los Jefes de Estado y de Gobierno de los países de las Naciones Unidas. 5 Aprobado el 22 de marzo de 2002 en la ciudad de Monterrey (México) por los Jefes de Estado y de Gobierno de los países de las Naciones Unidas. 6 Firmada y aprobada en el Foro de Roma el 25 de febrero de 2003 con la participación de instituciones multilaterales y bilaterales de desarrollo, instituciones fi nancieras, y países asociados. 7 Aprobada el 2 de marzo de 2005 por autoridades de más de 90 países y jefes y funcionarios de 27 organismos de asistencia al desarrollo. El Perú se adhirió a la Declaración el 9 de junio de 2006. 8 Aprobado el 4 de setiembre de 2008 en la ciudad de Accra (Ghana) producto del III Foro de Alto Nivel sobre Efi cacia de la Ayuda. 9 Aprobado el 1 de diciembre de 2011 en la ciudad de Busan (Corea del Sur) producto del IV Foro de Alto Nivel sobre Efi cacia de la Ayuda.