Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2012 (25/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de octubre de 2012

- El Director (a) General Estudios Economicos, Evaluacion y Competitividad Territorial, representante del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria. - El Director Ejecutivo de la Oficina de Defensa Nacional, representante de la Secretaria General, quien actuara como Secretario Tecnico. - El Coordinador Parlamentario. Articulo 2.- Los miembros a que se refiere el articulo 1° de la presente Resolucion, podran designar representantes alternos mediante comunicacion dirigida a la Secretaria Tecnica del Grupo de Trabajo. Articulo 3.- El Grupo de Trabajo a que se refiere el articulo 1° de la presente Resolucion tendra las siguientes funciones: a) Formular lineamientos y estrategias de prevencion, gestion y resolucion de conflictos sociales. b) Implementar mecanismos para la prevencion y resolucion de conflictos sociales. c) Plantear mecanismos de gestion de la informacion para los conflictos sociales. d) Proponer espacios de dialogo con la participacion de autoridades y actores sociales, a fin de propiciar una cultura de paz. e) Ejecutar acciones de orientacion, coordinacion y enlace para lograr una oportuna y eficiente atencion y resolucion de conflictos sociales. f) Otras funciones que le MORDAZA encomendadas por el Despacho Ministerial. Articulo 4.- El Grupo de Trabajo debera instalarse en el plazo MORDAZA de cinco (5) dias habiles, contados a partir de la notificacion de la presente Resolucion. Articulo 5.- El Grupo de Trabajo debera presentar al Despacho Ministerial el Plan de Accion en un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario, contados a partir de la instalacion del mismo. Articulo 6.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial N° 234-2012-PRODUCE. Articulo 7.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion (www.produce. gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TRIVENO CHAN JAN Ministra de la Produccion

857272-1

Modifican fecha de autorizacion de investigacion cientifica con extraccion de muestras de especimenes hidrobiologicos sin valor comercial, a que se refiere la R.M. Nº 438-2012PRODUCE
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 453-2012-PRODUCE
MORDAZA, 23 de octubre de 2012 VISTOS: los escritos de Registros Nº 00070424-2012 y 00070427-2012 del 28 de agosto de 2012 y Nº 000838612012 del 18 de octubre de 2012; mediante los cuales el Instituto de Oceanografia de la Universidad de Hamburgo, representado en el Peru por el Senor Embajador Joachim MORDAZA Schmillen de la Embajada de la Republica Federal de Alemania, solicito la autorizacion para efectuar investigacion cientifica en aguas jurisdiccionales peruanas, el Informe Tecnico Nº 14-2012-PRODUCE/DGP-Diropa y el Informe Nº 09-2012-PRODUCE/OGAJ-ngaldos. CONSIDERANDO: Que, el articulo 3º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que el Estado fomenta la mas amplia participacion de personas naturales o juridicas peruanas en la actividad pesquera y propicia, asimismo, la inversion extranjera con la sujecion a las disposiciones pertinentes de la legislacion peruana. A tales efectos, el Estado promueve las inversiones privadas mediante la adopcion de medidas

que contribuyan a alentar la investigacion, conservacion, extraccion, cultivo, procesamiento y comercializacion de los recursos pesqueros; Que, el articulo 25º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que el Ministerio de Pesqueria (hoy Ministerio de Produccion), mediante Resolucion Ministerial por plazo determinado, podra autorizar a instituciones especializadas extranjeras, la realizacion de actividades de investigacion cientifica o tecnologica en aguas jurisdiccionales peruanas. Para tal efecto, el permiso de pesca a favor de la institucion extranjera estara condicionado a la obtencion del permiso de navegacion conferido por la autoridad maritima, siempre que las investigaciones se ejecuten con la obligatoria participacion del personal que designe el Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE; asi como, proporcionar al Ministerio de la Produccion la informacion completa relativa a la investigacion realizada, en el plazo que establezca la correspondiente Resolucion Ministerial; Que, el articulo 27º de la Ley Nº 26839, Ley sobre la conservacion y aprovechamiento sostenible de la diversidad biologica, establece que los derechos otorgados sobre recursos biologicos no otorgan derechos sobre los recursos geneticos contenidos en los mismos; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 438-2012PRODUCE publicada el 18 de octubre de 2012 se autorizo al Instituto de Oceanografia de la Universidad de Hamburgo, representado en el Peru por el Senor Embajador Joachim MORDAZA Schmillen de la Embajada de la Republica Federal de Alemania, a realizar investigacion cientifica con extraccion de muestras de especimenes hidrobiologicos sin valor comercial, en aguas jurisdiccionales peruanas, como parte de la investigacion oceanografica que se realizara en aguas del MORDAZA Este Tropical; con el empleo del buque de investigacion METEOR de bandera de la Republica Federal de Alemania, con la participacion de personal cientifico del Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, en el periodo comprendido entre el 28 de noviembre de 2012 hasta el 10 de marzo de 2013; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores solicita ampliar el permiso concedido en la Resolucion Ministerial Nº 438-2012-PRODUCE, dado que el primer trayecto de la MORDAZA M90 inicia el 28 de octubre hasta el 28 de noviembre del 2012, habiendose consignado por error en su Oficio (DSL-AMA) Nº 2-12-A/35 como fecha de inicio el 28 de noviembre de 2012; Que, la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero en su Informe Nº 14-2012-PRODUCE/DGPDiropa, de la Direccion de Ordenamiento Pesquero y Acuicola, de fecha 22 de octubre de 2012, informa que el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio (DSLAMA) Nº 2-12-A/45 del 18 de octubre de 2012 rectifica la fecha de inicio consignada en su Oficio (DSL-AMA) Nº 212-A/35, siendo la nueva fecha de inicio el 28 de octubre de 2012, la cual se encuentra sustentada en el documento Ref. Nº 104/2012 DS que forma parte de la documentacion presentada; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Pesqueria, de la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero y, la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, el Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, la Ley Nº 26839, Ley sobre la Conservacion y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biologica y el Procedimiento Nº 12 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por el Decreto Supremo Nº 0082009-PRODUCE, modificado por Resolucion Ministerial Nº 097-2011-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la fecha de autorizacion de investigacion cientifica con extraccion de muestras de especimenes hidrobiologicos sin valor comercial, autorizada en la Resolucion Ministerial Nº 438-2012-PRODUCE, la cual se efectuara a partir del 28 de octubre de 2012 hasta el 10 de marzo de 2013, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Instituto de Oceanografia de la Universidad de Hamburgo, representado en el Peru por el Senor Embajador Joachim MORDAZA Schmillen de la Embajada de la Republica Federal de Alemania, durante la investigacion autorizada en el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 438-2012-PRODUCE, debera observar estrictamente lo establecido en el articulo 27º de la Ley

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