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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de octubre de 2012 477151 Nº 26839 - Ley sobre la Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y publicarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción 858269-1 RELACIONES EXTERIORES Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al “Acuerdo Comercial entre el Perú y Colombia, por una Parte, y la Unión Europea y sus Estados Miembros, por otra” RESOLUCIÓN SUPREMA N° 222-2012-RE Lima, 24 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: Que, el “Acuerdo Comercial entre el Perú y Colombia, por una Parte, y la Unión Europea y sus Estados Miembros, por otra” fue suscrito el 26 de junio de 2012, en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica; Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 56 y 102 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley N° 26647, que disponen la aprobación de los Tratados celebrados por el Estado peruano; RESUELVE: Artículo 1°.- Remítase al Congreso de la República, la documentación relativa al “Acuerdo Comercial entre el Perú y Colombia, por una Parte, y la Unión Europea y sus Estados Miembros, por otra” suscrito el 26 de junio de 2012, en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 858316-4 Autorizan viaje del Viceministro de Relaciones Exteriores para participar en la VI Reunión del Mecanismo de Consulta y Coordinación Bilateral Perú - Canadá RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1101/RE-2012 Lima, 23 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: Que, del 29 al 30 de octubre de 2012 se realizará en la ciudad de Ottawa, Canadá, la VI Reunión del Mecanismo de Consulta y Coordinación Bilateral Perú-Canadá, a nivel de Vicecancilleres, que fuera creado el 25 de marzo de 1998, con el objeto de fortalecer la amistad y cooperación entre ambos países e incrementar y ampliar el ámbito de la relación bilateral; Que, este foro de diálogo político bilateral es de realización periódica, habiéndose llevado a cabo la V Reunión en la ciudad de Lima, el 08 de febrero de 2011; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) Nº 5052, del Despacho Viceministerial, de 15 de octubre de 2012; y el Memorándum (OPR) Nº OPR0688/2012, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 22 de octubre de 2012, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Rafael Eduardo Beraún Araníbar, Viceministro de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Ottawa, Canadá, del 29 al 30 de octubre de 2012, para que participe en la VI Reunión del Mecanismo de Consulta y Coordinación Bilateral Perú-Canadá. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 01281: Promoción, Ejecución y Evaluación de las Acciones de Política Exterior, debiendo presentar la rendición de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ José Rafael Eduardo Beraún Araníbar 1,989.90 220.00 2 + 1 660.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar ante el Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 858011-1 SALUD Autorizan viaje de profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, a la República Popular China, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 030-2012-SA Lima, 24 de octubre del 2012 CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 29459 – Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, establece que la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM) es la entidad responsable de proponer políticas, y dentro de su ámbito, normar, regular, evaluar, ejecutar, controlar, supervisar, vigilar, auditar, certifi car y acreditar