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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (25/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de octubre de 2012 477149 Que, en ese sentido, sobre la base de la reestructuración de la Ofi cina de Gestión de Confl ictos Sociales de la Presidencia del Consejo de Ministros se crea la Ofi cina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad, con el propósito de construir una instancia permanente que orientará el trabajo de prevención y atención de confl ictos sociales en el país; Que, por las consideraciones expuestas, resulta pertinente dictar el acto de administración correspondiente mediante el cual se conforme el Grupo de Trabajo encargado de propiciar el diálogo, una cultura de paz y armonía social, así como fortalecer la gobernabilidad democrática en un contexto de sostenibilidad económica con inclusión social, vinculado a las competencias del Ministerio de la Producción; Con el visado de los Despachos Viceministeriales de Pesquería, de MYPE e Industria, la Secretaría General y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 060-2011-PCM, Decreto Supremo que modifi ca la Resolución Ministerial Nº 380-2006-PCM; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, la Resolución Ministerial N° 343-2012- PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Conformar el Grupo de Trabajo encargado de propiciar el diálogo, una cultura de paz y armonía social, así como fortalecer la gobernabilidad democrática en un contexto de sostenibilidad económica con inclusión social, vinculado a las competencias del Ministerio de la Producción, el mismo que estará integrado de la siguiente manera: - El Director (a) General de la Ofi cina General de Atención al Ciudadano, representante del Despacho Ministerial, quien lo presidirá. - El Director (a) General de Supervisión y Fiscalización, representante del Despacho Viceministerial de Pesquería. - El Director (a) General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo, representante del Despacho Viceministerial de Pesquería. PRODUCE Conforman Grupo de Trabajo encargado de formular lineamientos y estrategias de prevención, gestión y resolución de conflictos sociales vinculados a las competencias del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 448-2012-PRODUCE Lima, 22 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: Que, según la Única Disposición Complementaria y Final del Decreto Supremo N° 060-2011-PCM, los sectores del Poder Ejecutivo que no cuentan en su organización con ofi cinas de gestión de confl ictos sociales estructuradas, implementarán instancias de atención y coordinación para la gestión de confl ictos sociales, dependientes del Despacho Ministerial; Que, mediante Resolución Ministerial N° 234-2012- PRODUCE del 23 de mayo de 2012, se conformó el Grupo de Trabajo que se encargará de coordinar las acciones necesarias para la prevención y atención de los confl ictos sociales vinculados a las funciones y/o competencias del Ministerio de la Producción; Que, mediante Resolución Ministerial 343-2012- PRODUCE, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, efectuado en el marco del proceso de reestructuración facultado por la Septuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley No. 29812, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; Que, resulta de interés nacional propiciar el diálogo para lograr un clima de paz y armonía social en el país, así como fortalecer la gobernabilidad democrática rescatando la relación entre el ciudadano y el Estado; REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL