Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2012 (05/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de setiembre de 2012

Para rectificar las declaraciones de los periodos senalados en el parrafo precedente se debera utilizar el formulario preimpreso N.° 196. La MORDAZA de los formularios preimpresos N.° 119 "Regimen General", N.° 118 "Regimen Especial de Renta" y N.° 196 debera realizarse unicamente en las sucursales o agencias del Banco de la Nacion. Articulo 4°.- USO DE FORMULARIO VIRTUAL EN LUGAR DE FORMULARIO PREIMPRESO N.° 116 "TRABAJADORES INDEPENDIENTES" A partir del 1 de octubre de 2012, no podra utilizarse el formulario preimpreso N.° 116 "Trabajadores independientes" para la declaracion y pago del Impuesto a la Renta cuarta categoria ­ cuenta propia, salvo lo dispuesto en el articulo 5° de la presente Resolucion. A partir de dicha fecha, el concepto MORDAZA mencionado se declarara y pagara unicamente a traves del Formulario Virtual N.° 616 ­ PDT Trabajadores independientes, o de ser el caso, del Formulario Virtual N.° 616 ­ Simplificado Trabajadores Independientes, incluidas sus declaraciones rectificatorias. Articulo 5°.- USO DE FORMULARIO PREIMPRESO N.° 116 "TRABAJADORES INDEPENDIENTES" Se debera seguir utilizando el formulario preimpreso a que se refiere el articulo 4° de la presente Resolucion solo para efectuar las declaraciones pago correspondientes a periodos anteriores a enero de 1999. Las declaraciones rectificatorias deberan efectuarse en el formulario preimpreso N.° 196. La MORDAZA de los formularios preimpresos N.° 116 "Trabajadores Independientes" y N.° 196 debera realizarse unicamente en las sucursales o agencias del Banco de la Nacion. Articulo 6°.- DEL FORMULARIO PREIMPRESO N.° 402 "RETENCIONES Y CONTRIBUCIONES SOBRE REMUNERACIONES" A partir del 1 de octubre de 2012, no podra utilizarse el Formulario N.° 402 "Retenciones y Contribuciones sobre remuneraciones" para la inscripcion de los empleadores en el Registro de Entidades Empleadoras y de los trabajadores en el Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes, la declaracion de la Contribucion al Seguro Social de Salud (EsSalud) correspondiente a las remuneraciones de los trabajadores de las entidades empleadoras y de la prima por el concepto de "+Vida Seguro de Accidentes". A partir de dicha fecha la declaracion y/o pago de los conceptos MORDAZA mencionados se efectuara segun lo establecido en el articulo 7° de la presente Resolucion. Articulo 7°.- USO DE FORMULARIO VIRTUAL EN LUGAR DE FORMULARIO PREIMPRESO N.° 402 "RETENCIONES Y CONTRIBUCIONES SOBRE REMUNERACIONES" A partir del 1 de octubre de 2012, la declaracion y/o pago de los conceptos a que se refiere el articulo 6° de la presente Resolucion se efectuara: a) Por los periodos anteriores a enero de 2008 a traves de PDT Remuneraciones, Formulario Virtual N.° 600, incluidas sus rectificatorias. El PDT MORDAZA mencionado tambien sera utilizado para la declaracion y/o pago del Impuesto Extraordinario de Solidaridad respecto de las remuneraciones correspondientes a los trabajadores, incluidas sus rectificatorias. b) Por los periodos enero 2008 hasta el periodo octubre 2011 solo a traves del PDT Planilla Electronica, Formulario Virtual N.° 0601, incluidas sus declaraciones sustitutorias o rectificatorias. c) Por los periodos de noviembre 2011 hasta el periodo setiembre 2012 a traves del PDT Planilla Electronica, Formulario Virtual N.° 0601 o del PDT Planilla Electronica ­ PLAME, Formulario Virtual N.° 0601. d) A partir del periodo octubre 2012 solo a traves del PDT Planilla Electronica ­ PLAME, Formulario Virtual N.° 0601. Asimismo para la inscripcion de los empleadores en el Registro de Entidades Empleadoras y de los trabajadores y sus derechohabientes en el Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante el EsSalud se utilizara el Registro de Informacion Laboral (T-REGISTRO) mediante los siguientes formularios:

- Para el registro del empleador el Formulario Virtual N.° 1603 ­ Informacion del Empleador. - Para el registro del trabajador el Formulario Virtual N.° 1604 ­ Informacion del Trabajador, Pensionista, Personal en formacion ­ modalidad formativa laboral y otros y Personal de Terceros. - Para el registro del derechohabiente el Formulario Virtual N.° 1602 Informacion del derechohabiente. Articulo 8°.- USO DE FORMULARIO VIRTUAL EN LUGAR DE FORMULARIO PREIMPRESO N.° 1076 "TRABAJADORES DEL HOGAR" A partir del 1 de octubre de 2012, no podra utilizarse el formulario preimpreso N.° 1076 "Trabajadores del Hogar" para la declaracion y pago de las contribuciones al EsSalud, a la ONP bajo el Regimen del Decreto Ley N.° 19990 y las primas por concepto de EsSalud MORDAZA (actualmente "+Vida Seguro de Accidentes"), salvo lo dispuesto en el articulo 9°. A partir de dicha fecha, los conceptos MORDAZA mencionados se declararan y pagaran unicamente a traves del Sistema Pago Facil o, de ser el caso, a traves del Formulario Virtual N.° 1676 Trabajadores del Hogar, incluidas las declaraciones rectificatorias. Articulo 9°.- USO DE FORMULARIO PREIMPRESO N.° 1076 "TRABAJADORES DEL HOGAR" Se debera seguir utilizando el formulario preimpreso N.° 1076 "Trabajadores del Hogar" unicamente para efectuar las declaraciones pago correspondientes a periodos anteriores a enero de 1999, incluidas sus declaraciones rectificatorias; asimismo, debera ser utilizado para rectificar declaraciones presentadas con este formulario por periodos posteriores a enero de 2009 en los casos senalados en el numeral 4.1 del articulo 4° de la Resolucion de Superintendencia N.° 245-2008/SUNAT. La MORDAZA del formulario preimpreso N.° 1076 debera realizarse unicamente en las sucursales o agencias del Banco de la Nacion.

DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL
Unica.- VIGENCIA La presente resolucion entrara en vigencia a partir del 1 de octubre de 2012.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DEROGATORIAS
Primera.DE LAS RESOLUCIONES DE SUPERINTENDENCIA N.° 090-2010/SUNAT Y N.° 0912010/SUNAT Derogase a partir de la entrada en vigencia de la presente MORDAZA, las Resoluciones de Superintendencia N.° 090-2010/SUNAT y N.° 091-2010/SUNAT. Segunda.- DEL FORMULARIO PREIMPRESO N.° 402 "RETENCIONES Y CONTRIBUCIONES SOBRE REMUNERACIONES" Dejese sin efecto a partir del 1 de octubre de 2012 el formulario preimpreso N.° 402 "Retenciones y contribuciones sobre remuneraciones". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria

836259-1

Aprueban Clasificador de Cargos considerados como Empleados de Confianza y Cargos Directivos de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - SUNAT
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 204-2012/SUNAT
MORDAZA, 4 de setiembre de 2012

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