Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2012 (05/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

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VISTO: El Informe Nº 027-2012/4C3100 emitido por la Division de Organizacion y Procesos de la Gerencia de Planeamiento, Control de Gestion y Convenios de la Intendencia Nacional de Estudios Tributarios y Planeamiento, que sustenta la aprobacion del Clasificador de Cargos considerados como empleados de confianza y cargos directivos de la SUNAT; CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 029-2012-EF, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF de la SUNAT, el cual establece su estructura organica, asi como sus funciones generales y especificas, y de cada uno de sus organos y unidades organicas; Que el articulo 9° de los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de las Entidades de la Administracion Publica, aprobados por el Decreto Supremo Nº 0432004-PCM, senala que los cargos contenidos en dicho documento de gestion son clasificados y aprobados por la propia Entidad; Que el Clasificador de Cargos es un documento de gestion interna que contempla los cargos que requiere una Entidad acorde con sus funciones, su descripcion, calificacion y requisitos minimos para su desempeno; y sirve de base para formular el CAP; Que en ese sentido, mediante el Informe Nº 0272012-SUNAT/4C3100 la Division de Organizacion y Procesos propone aprobar un Clasificador de Cargos considerados como empleados de confianza y cargos directivos de la SUNAT acorde con su estructura organica y con la clasificacion prevista en el articulo 4° de la Ley Nº 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico; asimismo, dicho instrumento de gestion detalla, para cada MORDAZA de cargo, su clasificacion, actividades genericas y requisitos minimos; Que, asimismo, de acuerdo con el Informe Nº 0272012-SUNAT/4C3100 resulta necesario determinar en la

Entidad los cargos clasificados como Servidor Publico Directivo Superior de libre designacion y remocion, para lo cual se ha tenido en cuenta la naturaleza de sus funciones y el porcentaje MORDAZA de su asignacion, conforme lo establece el inciso a) del numeral 3° del articulo 4° de la Ley Nº 28175; De conformidad con lo establecido por el articulo 9° del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, el numeral 4 de la Septima Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT; y en uso de las atribuciones conferidas por los incisos r) y u) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002PCM y modificado por Decreto Supremo Nº 029-2012-EF; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el Clasificador de Cargos considerados como Empleados de Confianza y Cargos Directivos de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - SUNAT, segun el detalle del Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Determinar como cargos clasificados de Servidor Publico - Directivo Superior de libre designacion y remocion, los senalados en el Anexo 2 de la presente Resolucion. Articulo 3°.La presente Resolucion de Superintendencia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo 4º.- Publicar la presente Resolucion de Superintendencia en el Diario Oficial el Peruano y su Anexo en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional (www.sunat.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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