Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2012 (08/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, sabado 8 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

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4. Por ello, el traslado de la queja procura que el Reniec brinde una atencion aun oportuna al recurrente y, a traves de este medio, canalizar su finalidad, esto es, un adecuado control de la legalidad del MORDAZA donde se exigen plazos cortos e informacion oportuna. Analisis del caso en concreto 5. De los actuados se aprecia que el 30 de MORDAZA de 2012 el recurrente solicito ante el Reniec la nulidad de la verificacion de firmas de adherentes para la consulta popular de revocatoria en el distrito de Andoas. A la fecha de MORDAZA del escrito de queja, el 9 de MORDAZA de 2012, el citado organo del Sistema Electoral no habia emitido pronunciamiento sobre el citado cuestionamiento. 6. Sobre el particular, este Supremo Tribunal Electoral considera necesario reiterar lo senalado en el acuerdo de fecha 28 de MORDAZA de 2012, en el sentido de que los procedimientos vinculados a los procesos de revocatorias de autoridades a cargo de los entes electorales administrativos (ONPE y Reniec), deben ser resueltos por estos dentro de plazos razonables y celeres, conforme lo exige la propia naturaleza del MORDAZA electoral, como se ha expuesto, ademas, en los considerandos 3 y 4 del presente pronunciamiento. Asi, este organo colegiado estima que los plazos que vienen siendo aplicados por el Reniec para resolver las controversias a su cargo, que en muchos de ellos exceden los treinta dias habiles, no resultan los mas adecuados para garantizar el estricto cumplimiento del cronograma electoral o que los posibles afectados o interesados cuenten con informacion oportuna; MORDAZA, si el MORDAZA de consulta popular de revocatorias se llevara a cabo el 30 de setiembre de 2012. 7. Bajo tal contexto, corresponde al Reniec la resolucion de la presente queja por defectos en la tramitacion, en tanto que esta se encuentra vinculada al cuestionamiento interpuesto por el recurrente con relacion al procedimiento de verificacion de firmas a cargo del citado organismo electoral. En esa medida, contra lo resuelto por la referida entidad, o cuando se MORDAZA vulnerado el derecho al debido procedimiento administrativo, los ciudadanos podran acudir ante este Supremo Tribunal Electoral. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- PRECISAR que la queja presentada por MORDAZA MORDAZA Dahua, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Andoas, provincia de Datem del Maranon, departamento de MORDAZA, por defectos en la tramitacion de la impugnacion en el procedimiento de verificacion de firmas en el MORDAZA de revocatoria de autoridades en su comuna, debe ser resuelta por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- REQUERIR al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a que, en lo sucesivo, cumpla con resolver con celeridad los escritos que cuestionan procedimientos a su cargo, segun los parametros establecidos en el Acuerdo del MORDAZA Nacional de Elecciones, de fecha 28 de MORDAZA de 2012 y en los considerandos expuestos en el presente pronunciamiento. SS. SIVINA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 838217-2

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Aceptan donacion efectuada para la ejecucion del proyecto "Fortaleciendo la documentacion de ninas, ninos y adolescentes de poblaciones nativas y campesinas"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 223-2012/JNAC/RENIEC MORDAZA, 7 de Setiembre de 2012 VISTOS: El Memorando Nº 000896-2012/GRIAS/ RENIEC (27AGO2012) de la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social, el Memorando Nº 0000262012/GPP/SGP/RENIEC (03SEP2012) de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, el Informe Nº 000155-2012/GPP/SGPL/ RENIEC (03SEP2012) de la Sub Gerencia de Planificacion de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, la Hoja de Elevacion Nº 000166-2012/GPP/RENIEC (04SEP2012) de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto y el Informe Nº 001575-2012/GAJ/RENIEC (05SEP2012) de la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 29812 se aprobo el Presupuesto del Sector Publico correspondiente al Ano Fiscal 2012, que entre otros, incluye el del Pliego 033: Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC); Que con fecha 4 de MORDAZA de 2012, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil suscribio un Convenio MORDAZA de Cooperacion con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia UNICEF (Peru), cuyo objetivo es promover de manera conjunta la ejecucion de acciones orientadas a la promocion del derecho a la identidad y a garantizar el acceso a los documentos de identificacion de ninas, ninos y adolescentes de comunidades amazonicas y andinas; Que de la Clausula Tercera del referido convenio se desprende que, UNICEF, de conformidad con sus normas, reglamentos, politicas y procedimientos, y sujeto a la disponibilidad de recursos humanos y financieros dentro de los lineamientos del Plan de Accion del Programa MORDAZA entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo 2012-2016, se compromete, entre otros, a brindar apoyo financiero para el desarrollo de las acciones enmarcadas en el acotado convenio, en funcion con los planes de trabajo elaborados junto con RENIEC; Que con Memorando Nº 000896-2012/GRIAS/RENIEC (27AGO2012), la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social comunica la conformidad de UNICEF respecto a los documentos de gestion del proyecto denominado "FORTALECIENDO LA DOCUMENTACION DE NINAS, NINOS Y ADOLESCENTES DE POBLACIONES NATIVAS Y CAMPESINAS", que fueron trabajados en forma conjunta por los equipos tecnicos de MORDAZA instituciones; Que a traves de la Hoja de Elevacion Nº 000166-2012/ GPP/RENIEC la Gerencia de Planificacion y Presupuesto senala que, el citado proyecto es concordante con los objetivos de la Institucion orientados a atender a los sectores de pobreza y vulnerabilidad de nuestro MORDAZA y cuenta con un aporte economico del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) de US$ 91,597.33 que sera ejecutado en el ano 2012, debiendo aceptarse la donacion segun lo senalado por la Sub Gerencia de Presupuesto; Que el articulo 69º de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto dispone que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, publicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperacion tecnica no reembolsable, seran

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