Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2012 (28/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

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Gobierno Peruano a los organismos internacionales de los cuales el Peru es miembro; Que, es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago anual de la membresia al PAC, con cargo al presupuesto del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual (INDECOPI); De conformidad con lo establecido en el articulo 67°, numeral 67.3, de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) a efectuar el pago de AUD$ 3,105.00 (TRES MIL CIENTO CINCO DOLARES AUSTRALIANOS) a la Cooperacion de Acreditacion del MORDAZA (PAC) correspondiente a la membresia anual del ano 2012. Articulo 2°.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente, seran financiados con cargo al presupuesto del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual (INDECOPI). Articulo 3°.- La equivalencia en moneda nacional sera establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros Encargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 847424-12

Ministerial Nº 314-2006-TR del 5 de setiembre de 2006, se dispuso que los convenios colectivos u otros instrumentos que resuelvan negociaciones colectivas a nivel de MORDAZA de actividad o de gremio, registrados a partir de la fecha de publicacion de la referida resolucion ante la Autoridad Administrativa de Trabajo, son publicados en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su presentacion; Que, mediante oficio de vistos, el Director General de Trabajo (e), remite a la Alta Direccion, para su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, el Acta Final de la Negociacion Colectiva en Construccion Civil 20122013, suscrito en trato directo, el 16 de agosto de 2012, entre la Camara Peruana de la Construccion ­ CAPECO y la Federacion de Trabajadores en Construccion Civil del Peru ­ FTCCP; Que, en atencion a las consideraciones expuestas, corresponde emitir el acto administrativo que de cumplimiento a lo expuesto precedentemente; Con las visaciones de la Viceministra de Trabajo y del Jefe de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y la Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Disponer la publicacion del Acta Final de la Negociacion Colectiva en Construccion Civil 2012 ­ 2013, suscrita en trato directo el 16 de agosto de 2012, entre la Camara Peruana de la Construccion ­ CAPECO y la Federacion de Trabajadores en Construccion Civil del Peru ­ FTCCP que se adjunta en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolucion; igualmente, el presente convenio colectivo se publica en la pagina web del MORDAZA del Ministerio del Trabajo y Promocion del Empleo www.trabajo. gob.pe, en la misma fecha de su publicacion, siendo responsable de dicha accion el Jefe de la Oficina General de Estadistica y Tecnologias de la Informacion y Comunicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo CONVENCION COLECTIVA DE TRABAJO ACTA FINAL DE NEGOCIACION COLECTIVA EN CONSTRUCCION CIVIL 2012-2013 Expediente Nº 42494-2012-MTPE/1/20.21. En MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de agosto del ano dos mil doce, siendo las 11:15 horas se reunieron en local Institucional de la Camara Peruana de la Construccion ­ CAPECO, sito en Via Principal 155, Edificio Real III Of. 402, Centro Empresarial Real, San MORDAZA, de una parte en representacion de la Camara Peruana de la Construccion - CAPECO; los senores MORDAZA MORDAZA Dibos identificado con DNI Nº 08253987, MORDAZA MORDAZA MORDAZA con DNI Nº 08352261 y MORDAZA Paz MORDAZA con DNI Nº 06765105; de la otra parte los Senores integrantes de la Comision Negociadora de la Federacion de Trabajadores en Construccion Civil del Peru - FTCCP, los senores; MORDAZA MORDAZA MORDAZA con DNI Nº 08044524 Secretario General, MORDAZA MORDAZA MORDAZA con DNI Nº 17826805 Secretario de Organizacion, Wilder MORDAZA MORDAZA con DNI Nº 18104542 Secretario de Defensa, MORDAZA MORDAZA MORDAZA con DNI Nº 08900768 Secretario General del Sindicato de MORDAZA, MORDAZA Ynti MORDAZA con DNI Nº 08359753 Secretario General del Sindicato de Los Balnearios del Sur, MORDAZA MORDAZA MORDAZA con DNI Nº 21136573 Secretario General de la Seccional Regional MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA con

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Disponen publicar el Acta Final de la Negociacion Colectiva en Construccion Civil 2012-2013, suscrita entre la CAPECO y la FTCCP
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 233-2012-TR MORDAZA, 26 de setiembre de 2012 VISTOS: El Oficio N° 543-2012-MTPE/1/20.21 del 10 de setiembre de 2012, de la Sub Directora de Negociaciones Colectivas (e); el Oficio N° 1464-2012/MTPE/1/20 del 12 de setiembre de 2012, de la Directora Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de MORDAZA Metropolitana (e); y el Oficio N° 745-2012-MTPE/2/14 del 17 de setiembre de 2012, del Director General de Trabajo (e); y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 290-2005TR del 5 de octubre de 2005, modificada por Resolucion

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