Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2012 (28/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de setiembre de 2012

de Ejecucion Coactiva del Ministerio de Educacion para su recuperacion coactiva efectiva. Setima.- En un plazo MORDAZA de cinco (5) dias habiles contados a partir de la publicacion del presente Reglamento, la Direccion Ejecutiva conformara los Comites Especiales de los Componentes del Programa senalados en el numeral 39.1 del Articulo 39°. 847426-2

un informe tecnico sustentatorio, el cual contendra las recomendaciones a que hubiera lugar y los documentos adicionales que correspondan de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26889, Ley MORDAZA para la Produccion y Sistematizacion Legislativa y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2006-JUS. Articulo 2.- Conformacion La Comision Sectorial a que se hace referencia en el articulo precedente, estara conformada por los siguientes miembros: - Un representante de la Oficina de Becas y Credito Educativo (OBEC), quien la presidira; - Un representante del Programa Nacional de Becas y Credito Educativo (PRONABEC), quien ejercera la Secretaria Tecnica; - Un representante de la Direccion General de Educacion Superior y Tecnico Profesional; - Un representante de la Direccion General de Educacion Basica Regular; - Un representante de la Direccion General de Educacion Basica Alternativa; y - Un representante de la Direccion General de Educacion Basica Especial. Articulo 3.- Designacion de representantes Los organos y dependencia senalados en el articulo precedente designaran a sus representantes, titular y alterno, mediante comunicacion dirigida a la Secretaria Tecnica de la Comision Sectorial, dentro de los dos (02) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 4.- Instalacion y periodo de vigencia La Comision Sectorial debera instalarse en un plazo no mayor de cinco (05) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial. En un plazo MORDAZA de sesenta (60) dias calendario contados a partir de su instalacion la Comision Sectorial debera elevar al Titular de la Entidad el Informe Tecnico, el anteproyecto de Reglamento de la Ley N° 25134, Ley que establece "Becas Integrales" para los hijos de los Ronderos Campesinos y los demas documentos anexos a los que se hace referencia en el articulo 1 de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 5.- De la colaboracion, asesoramiento y apoyo institucional e interinstitucional La Comision Sectorial podra, de considerarlo necesario, solicitar la participacion o la opinion de otros organos y unidades organicas del Ministerio de Educacion. Asimismo, podra convocar a profesionales especializados en la materia y representantes de otras instituciones publicas o privadas, cuya participacion se estime necesaria para el mejor cumplimiento de los fines y objetivos para los cuales se ha constituido, sin que ello genere gastos al Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion 846939-1

Constituyen Comision Sectorial adscrita al Ministerio de Educacion, encargada de elaborar el anteproyecto de Reglamento de la Ley N° 25134, Ley que establece "Becas Integrales" para los hijos de los Ronderos Campesinos
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0367-2012-ED MORDAZA, 26 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 17 de la Constitucion Politica del Peru, la educacion inicial, primaria y secundaria son obligatorias, estableciendose ademas que, con el fin de garantizar la mayor pluralidad de la oferta educativa y a favor de quienes no puedan sufragar su educacion, la ley fija el modo de subvencionar la educacion privada en cualquiera de sus modalidades; Que, mediante Ley N° 25134, se establecen "Becas Integrales" para los hijos de los ronderos campesinos, que destaquen en sus estudios y ocupen los primeros puestos, sea cual fuere el nivel y modalidad de estudios, correspondiendo al Ministerio de Educacion la provision de los recursos suficientes para su otorgamiento, asi como la reglamentacion de dicha norma; Que, en este mismo sentido, la Primera Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley N° 29837, Ley que crea el Programa Nacional de Becas y Credito Educativo, establecio que el Ministerio de Educacion queda encargado de reglamentar la Ley a la que se hace referencia en el considerando precedente; Que, de acuerdo al articulo 35 y al numeral 1 del articulo 36 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, las Comisiones Sectoriales de naturaleza temporal, son creadas con fines especificos para cumplir funciones de fiscalizacion, propuesta o emision de informes tecnicos y se crean formalmente por Resolucion Ministerial del titular a cuyo ambito de competencia corresponden; Que, en atencion a que las becas a las que hace referencia la Ley N° 25134 son integrales y a fin de contar con los informes tecnicos correspondientes que permitan reglamentarla, resulta indispensable articular la participacion de los diversos organos y unidades organicas del Ministerio de Educacion en atencion a la distinta naturaleza tecnica de los niveles educativos involucrados en ellas y a las diversas areas responsables de su ejecucion; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510, y el Decreto Supremo Nº 006-2012-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) del Ministerio de Educacion; SE RESUELVE: Articulo 1.- Constitucion de Comision Sectorial Constituyase una Comision Sectorial adscrita al Ministerio de Educacion, encargada de elaborar el anteproyecto de Reglamento de la Ley N° 25134, Ley que establece "Becas Integrales" para los hijos de los Ronderos Campesinos. Con el fin de cumplir con lo establecido en el parrafo precedente, la Comision Sectorial elaborara

Aceptan renuncia y encargan funciones de Jefe de la Oficina de Promocion de la Etica de la Oficina General de Etica Publica y Transparencia dependiente del Viceministerio de Gestion Institucional
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0368-2012-ED MORDAZA, 26 de setiembre de 2012

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