Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2012 (28/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

475483

Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley N° 29320 concordado con la Cuarta Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo N° 004-2009VIVIENDA, establece como requisito de inscripcion de los actos de disposicion efectuados por Comunidades Campesinas, la acreditacion mediante MORDAZA emitida por el ente competente que en dichos actos no se incluyan areas ocupadas por Posesiones Informales; Que, la Resolucion Directoral Nº 107-2011COFOPRI/DE de fecha 10 de junio de 2011, aprobo las caracteristicas y el contenido de los formatos "Certificado Negativo de MORDAZA Catastrada" y "Constancia Negativa de Existencia de Posesiones Informales en Territorios de Comunidades Campesinas", asi como sus sellos respectivos, habiendose dejado sin efecto los anteriores formatos aprobados por las Resoluciones Directorales N° 013-2009-COFOPRI/DE y N° 159-2009-COFOPRI/ DE, respectivamente; Que, mediante el documento del Visto, la Direccion de Normalizacion y Desarrollo, ha remitido los nuevos proyectos de formato de "Certificado Negativo de MORDAZA Catastrada" y "Constancia de Inexistencia de Posesiones Informales en predios sujetos a Actos de Disposicion efectuados por Comunidades Campesinas", los cuales han sido consensuados con la Direccion de Catastro, Direccion de Formalizacion Integral y la Oficina de Asesoria Juridica; Que, en ese orden, en el documento del Visto se sustenta que la aprobacion de un MORDAZA formato de "Certificado Negativo de MORDAZA Catastrada" guarda concordancia con el articulo 46° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, modificado por el articulo 1º de la Resolucion N° 146-2012-SUNARPSN, publicada el 13 de junio de 2012, la cual establece que la elaboracion y suscripcion del plano perimetrico en coordenadas oficiales y su respectivo cuadro de datos tecnicos y memoria descriptiva para efectos de la inscripcion del acto registral de independizacion de un predio rural, recae sobre el verificador inscrito en el Indice de Verificadores de la SUNARP; por lo que, este es responsable del plano perimetrico, sus coordenadas y la informacion tecnica catastral; en ese sentido, la labor de COFOPRI unicamente consiste en senalar que el plano presentado por el administrado se ubica en MORDAZA No Catastrada, conforme a la informacion de la base grafica del catastro de la Entidad, para efectos de la emision del citado certificado, siendo que dicha certificacion no genera, modifica ni evalua documento alguno o informacion relativa a la propiedad u otros derechos o limitaciones que pudieran existir, y menos aun, constituye una visacion o evaluacion fisica del predio; Que, asimismo, en el documento del Visto se fundamenta que la aprobacion de un MORDAZA formato de "Constancia de Inexistencia de Posesiones Informales en predios sujetos a Actos de Disposicion efectuados por Comunidades Campesinas" radica en la necesidad de precisar que dicho documento se expide para efectos de los actos de disposicion efectuados por las Comunidades Campesinas respecto de partes materiales de sus tierras o cuando se trata de division y particion de cuotas ideales, en cuyo caso COFOPRI unicamente deja MORDAZA que sobre el area contenida en el plano presentado no existen posesiones informales a que hace referencia el numeral 1 del articulo 5º de la Ley Nº 28687, y, adicionalmente, no implica evaluacion de la correspondencia entre los titulos con la informacion de los datos tecnicos contenidos en el plano presentado, cuya calificacion corresponde al Registro de Predios; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar los formatos en mencion, dejandose sin efecto, a partir de la fecha, los formatos vigentes; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 803 y sus modificatorias, el Decreto Legislativo Nº 1089, Ley N° 29320, Decreto Supremo N° 032-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo N° 004-2009VIVIENDA y Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA; Con el visado de la Secretaria General y las Direcciones de Catastro, Formalizacion Integral, Normalizacion y Desarrollo, y la Oficina de Asesoria Juridica;

Articulo Primero.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha, las caracteristicas y contenido de los formatos de "Certificado Negativo de MORDAZA Catastrada" y "Constancia Negativa de Existencia de Posesiones Informales en Territorios de Comunidades Campesinas", asi como sus sellos respectivos, aprobados por la Resolucion Directoral N° 107-2011-COFOPRI/DE. Articulo Segundo.- Aprobar las caracteristicas y el contenido del MORDAZA formato de "Certificado Negativo de MORDAZA Catastrada", que como Anexo A, forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Aprobar las caracteristicas y el contenido del MORDAZA formato de "Constancia de Inexistencia de Posesiones Informales en predios sujetos a Actos de Disposicion efectuados por Comunidades Campesinas", que como Anexo B, forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- Publicar el texto de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, y los anexos en el MORDAZA Institucional (www.cofopri.gob.pe) y en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Articulo Quinto.- Notificar la presente Resolucion a los organos estructurados del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI. Registrese, comuniquese y publiquese. AIS TARABAY YAYA Director Ejecutivo 847327-1

Modifican la Resolucion N° 072-2011-COFOPRI/DE

Directoral

RESOLUCION DIRECTORAL N° 168-2012-COFOPRI/DE MORDAZA, 27 de septiembre de 2012 VISTO: El Informe N° 063-2012-COFOPRI/OPP de fecha 13 de MORDAZA de 2012, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Metodologia de Simplificacion Administrativa, aprobada mediante Decreto Supremo N° 007-2011-PCM, con Resolucion Directoral N° 072-2011-COFOPRI/DE de fecha 20 de MORDAZA de 2011, se conformo el Comite de Direccion del MORDAZA de Simplificacion como instancia politica responsable de la puesta en marcha del MORDAZA de simplificacion del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI; Que, asimismo, en el MORDAZA articulo de la referida Resolucion Directoral se conformo el Equipo de Mejora Continua del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, responsable de gestionar el MORDAZA de simplificacion administrativa segun lo senalado en la Metodologia de Simplificacion Administrativa, a que se hace referencia en el considerando precedente; Que, de acuerdo a lo senalado en el documento de Visto y considerando que algunos de los integrantes del Comite de Direccion del MORDAZA de Simplificacion, MORDAZA citado, han dejado de prestar servicios en la Entidad, corresponde modificar el articulo 1° de la Resolucion Directoral N° 072-2011-COFOPRI/DE, efectuando la referida conformacion citando unicamente los cargos funcionales que lo conformaran; De conformidad con lo establecido en los Decretos Supremos N° 025-2007-VIVIENDA y N° 007-2011-PCM y la Resolucion Directoral N° 072-2011-COFOPRI/DE; Con el visado de la Secretaria General y la Oficina de Asesoria Juridica;

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