Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2012 (28/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

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Aviacion Comercial: Transporte Aereo Especial - Turistico, de acuerdo a las caracteristicas senaladas en la presente Resolucion, por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. El presente Permiso de Operacion tiene caracter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aereas la empresa NORTH AMERICAN FLOAT PLANE SERVICE S.A.C. debera contar con el Certificado de Explotador correspondiente, asi como sus Especificaciones Tecnicas de Operacion, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentacion y de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil, debiendo acreditar en dicho MORDAZA su capacidad legal, tecnica y economico-financiera. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviacion Comercial: Transporte Aereo Especial Turistico AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: - Cessna Caravan 208 - Cessna Grand Caravan 208B - MORDAZA PA-31 - Beechcraft B-200 - Beechcraft 1900 - Twin Otter DHC-6 ZONAS DE OPERACION: CIRCUITOS TURISTICOS - Nasca - Sobrevuelos de las Lineas de Nasca Nasca - MORDAZA - Sobrevuelo de las Lineas de Nasca - Pisco. - Las Dunas - Sobrevuelo de las Lineas de Nasca Las Dunas BASE DE OPERACION: - Aerodromo de Nasca / MORDAZA Reiche Neuman. - Aerodromo de Las Dunas. - Aeropuerto Internacional de Pisco. Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a la compania NORTH AMERICAN FLOAT PLANE SERVICE S.A.C. deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matricula vigentes, expedidos -de ser el caso- por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil; y, de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- La compania NORTH AMERICAN FLOAT PLANE SERVICE S.A.C. esta obligada a presentar a la Direccion General de Aeronautica Civil, los informes y datos estadisticos que correspondan a su actividad, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 4º.- La compania NORTH AMERICAN FLOAT PLANE SERVICE S.A.C. esta obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener la informacion sobre el trafico aereo que realizan sus aeronaves. Articulo 5º.- La compania NORTH AMERICAN FLOAT PLANE SERVICE S.A.C. empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud expedido o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 6º.- La compania NORTH AMERICAN FLOAT PLANE SERVICE S.A.C. podra hacer uso de las instalaciones de los aeropuertos y/o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios y explotadores; y cuando corresponda, previa obtencion de las autorizaciones gubernamentales especiales que exija la legislacion nacional vigente.

Articulo 7º.- Las aeronaves de la compania NORTH AMERICAN FLOAT PLANE SERVICE S.A.C. podran operar en los aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas, longitudes de pista y resistencia, asi como otras caracteristicas derivadas de dichos helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos, se encuentran comprendidos en sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente, asi como en sus respectivas Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 8º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion o pierda alguna de las capacidades exigidas por la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil, o su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador y Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 9°.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 10º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion queda condicionada al cumplimiento de la obligacion por parte de la compania NORTH AMERICAN FLOAT PLANE SERVICE S.A.C., de otorgar la garantia global que senala el Articulo 93º de la Ley N° 27261, en los terminos y condiciones que establece su Reglamento y dentro del plazo que senala el Articulo 201° de dicho dispositivo. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 11º.- La compania NORTH AMERICAN FLOAT PLANE SERVICE S.A.C. debera presentar cada ano el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de MORDAZA proyectado para el ano siguiente. Articulo 12º.- La compania NORTH AMERICAN FLOAT PLANE SERVICE S.A.C. debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 13º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil, Ley N° 27261, el Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 844548-1

Autorizan a la Escuela de Conductores Sistemas Brevet Empresa Individual de Responsabilidad Limitada ECOSBREVET E.I.R.L. el cambio de ubicacion de local situado en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL N° 3254-2012-MTC/15 MORDAZA, 27 de agosto de 2012 VISTO: El Parte Diario N° 086576, presentado por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES SISTEMAS BREVET EMPRESAINDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - ECOSBREVET E.I.R.L., y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 110-2012MTC/15 de fecha 09 de enero de 2012, se autorizo a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES SISTEMAS BREVET EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - ECOSBREVET E.I.R.L., con RUC N° 20490542460 y domicilio en Jr. 28 de MORDAZA

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