NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (28/09/2012)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de setiembre de 2012 475475 Inversiones – DGPI del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANDRÉS VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 847039-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de miembro de la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación del Ministerio a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 039-2012-MTC Lima, 27 de setiembre de 2012 VISTOS: Los Memoranda Nº 1513-2012-MTC/04 y Nº 1514- 2012-MTC/04 emitidos por la Secretaría General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y los Informes Nº 016-2012-MTC/01.01 y Nº 017-2012- MTC/01.01 emitidos por el Presidente de la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 303 del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, y el artículo 92 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación, investiga los accidentes e incidentes de aeronaves civiles que se producen en el territorio nacional; Que, mediante Informe Nº 016-2012-MTC/01.01, el Presidente de la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación, requiere la participación del señor Patrik Alberto Frykberg Peralta, especialista en aeronavegabilidad y miembro de la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación, en la Planta Nº 01 de Bell Helicopter, en la ciudad de Fort Worth, Texas, Estados Unidos de América, del 01 al 05 de octubre de 2012; Que, de acuerdo a lo señalado por la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación, con fecha 23 de agosto de 2012, el helicóptero Bell 212 de matrícula OB-1912-P, operado por la empresa Servicios Aéreos de Los Andes, se accidentó a 18 millas náuticas al este de la localidad de Malvinas, en el Departamento de Cusco, con 5 personas a bordo; Que, asimismo, dicha Comisión ha informado que de acuerdo a lo recomendado en su Anexo Técnico y en el Anexo 13 de OACI, se procedió a enviar diversas piezas y muestras a las instalaciones del laboratorio del fabricante, Bell Helicopter, para llevar a cabo pruebas y ensayos que contribuyan a la investigación; Que, por lo expuesto, la asistencia a la Planta Nº 01 de Bell Helicopter, tiene como objetivo realizar las pruebas y ensayos a las piezas y muestras enviadas, de la aeronave de matrícula OB-1912-P, las cuales han sido programas para llevarse a cabo con la asistencia de representantes de la NTSB (National Transportation Safety Board), FAA (Federal Aviation Administration), Servicios Aéreos de Los Andes (la empresa operadora del helicóptero) y de Bell Helicopter (fabricante del helicóptero); Que, en tal sentido y dada la importancia del citado evento para los objetivos y metas sectoriales, resulta conveniente autorizar la participación del señor Patrik Alberto Frykberg Peralta, miembro de la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, asumiendo el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, y a lo informado por la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Patrik Alberto Frykberg Peralta, miembro de la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Fort Worth, Texas, Estados Unidos de América, del 30 de setiembre al 06 de octubre de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (incluida la Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto) US$ 3,412.75 Viáticos US$ 1,320.00 Artículo 3º.- Dentro de los siete (07) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el profesional mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución Suprema, deberá presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje; el mencionado profesional deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje; así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 5º.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 847424-11 Modifican la R.VM. Nº 096-2004-MTC/03 que aprueba planes de canalización y asignación de frecuencias del servicio de radiodifusión sonora en FM del departamento de Huánuco RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 324-2012-MTC/03 Lima, 19 de setiembre del 2012