Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2013 (03/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, miercoles 3 de MORDAZA de 2013

NORMAS LEGALES

492031

a. Proponer los lineamientos de la Politica Nacional de Desarrollo e Integracion Fronterizos, asi como promover, coordinar y evaluar su cumplimiento. b. Aprobar las estrategias de desarrollo e integracion fronterizos y evaluar su cumplimiento. c. Orientar la armonizacion de los planes nacionales, regionales y locales de desarrollo e integracion fronterizos con los compromisos internacionales del pais. d. Proponer y coordinar con los sectores del Gobierno Nacional, gobierno regional y gobierno local de frontera la identificacion de programas y proyectos de desarrollo e integracion fronterizos. e. Fortalecer la presencia institucional del Estado, formulando propuestas de desarrollo sostenible y de inversion en los espacios de frontera, dando prioridad a las areas criticas de frontera previamente identificadas. f. Proponer a las diferentes instancias de gobierno iniciativas de caracter tecnico y normativo a fin de facilitar propuestas de desarrollo e integracion fronterizos. g. Propiciar los mecanismos de coordinacion interinstitucional que contribuyan a la ejecucion de la Politica Nacional de Desarrollo e Integracion Fronterizos. h. Coordinar con la entidad nacional competente la busqueda y obtencion de MORDAZA de cooperacion tecnica no reembolsable que complemente los recursos nacionales para la ejecucion de la Politica Nacional de Desarrollo e Integracion Fronterizos, de conformidad con la normativa vigente. i. Velar porque el MORDAZA de formulacion de las propuestas que incidan en el desarrollo fronterizo sostenible y en la integracion fronteriza se realice en un MORDAZA de concertacion entre los distintos sectores y niveles de gobierno, contando con la participacion y control de los representantes de la sociedad civil directamente involucrada. j. Coordinar con el sector Defensa los aspectos relacionados con la seguridad y la defensa nacional en el MORDAZA del Sistema de Vigilancia de Fronteras y de los planes especiales de desarrollo en seguridad que impulsa este sector, y en los planes de participacion de las Fuerzas Armadas en el desarrollo economico y social en los espacios de frontera. k. Propiciar el desarrollo complementario de los servicios basicos, de la infraestructura productiva, de las potencialidades, asi como el uso, vigilancia y control de los recursos naturales y culturales de los espacios de frontera contribuyendo al mismo tiempo al fortalecimiento de las relaciones bilaterales y multilaterales fronterizas. l. Propiciar la realizacion de estudios de la problematica fronteriza que se estimen pertinentes y que sirvan de base para formular proyectos y otras propuestas orientadas al desarrollo de las regiones de frontera. m. Proponer las normas necesarias para el cumplimiento de sus fines. n. Determinar los criterios para establecer la conformacion de los Comites Distritales que conforman el SINADIF. o. Aprobar su Plan Anual a ser ejecutado al ano siguiente. p. Evaluar la Politica de Fronteras y su cumplimiento. q. Aprobar los documentos de gestion para la ejecucion de la Politica de Fronteras. r. Proponer las Bases de la Estrategia Nacional de Desarrollo e Integracion Fronterizos, asi como su adecuacion y/o modificacion. s. Definir los criterios para determinar las areas criticas. Articulo 18º.- Facultad especial El CONADIF esta facultado para invitar a sus sesiones, por iniciativa propia o a pedido de sus miembros, a autoridades regionales y locales, asi como a los titulares de entidades publicas y privadas, en especial a representantes de la sociedad civil organizada, cuando se traten asuntos de desarrollo e integracion fronterizos que las involucre. Asimismo, podra establecer los mecanismos de coordinacion que se estimen necesarios para la participacion de la sociedad civil en todas las instancias del SINADIF.

Articulo 19º.- Eleccion y periodo de representacion de los alcaldes que conforman el CONADIF La designacion de los tres alcaldes representantes de las municipalidades provinciales y tres alcaldes representantes de las municipalidades distritales de frontera que integran el CONADIF se realiza, previo MORDAZA de elecciones, segun los criterios que se indican a continuacion: 19.1.-El MORDAZA de elecciones es convocado por la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros, en coordinacion con la Secretaria Ejecutiva del CONADIF, y el apoyo de la Oficina Nacional de Procesos Electorales ­ONPE. 19.2.- Son electores los alcaldes de las municipalidades provinciales y distritales de frontera. 19.3.- El MORDAZA de elecciones se divide en tres procesos para elegir, en cada uno de ellos, a los representantes de las municipalidades ubicadas en las siguientes agrupaciones de fronteras: a. Un MORDAZA provincial y un MORDAZA distrital, para la frontera Peru- Ecuador. b. Un MORDAZA provincial y un MORDAZA distrital, para la frontera Peru - Colombia y Brasil. c. Un MORDAZA provincial y un MORDAZA distrital, para la frontera Peru ­ Bolivia y Chile. 19.4.- Teniendo en cuenta lo previsto en el numeral 19.2, solo podran participar en cada una de las elecciones, los alcaldes de las provincias y distritos que limiten con los paises descritos en las agrupaciones contenidas en el numeral 19.3. 19.5.- En el caso que la provincia o distrito limitrofe tenga su frontera con dos o tres paises vecinos que correspondan a dos agrupaciones de fronteras diferentes, conforme se determina en el numeral 19.3, el MORDAZA de la municipalidad respectiva solo podra participar en la eleccion del representante que corresponda a la agrupacion a la que integre el MORDAZA con la que su provincia o distrito tenga una mayor extension de frontera. 19.6.- El MORDAZA de elecciones es conducido por un comite electoral designado por resolucion de la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros y es integrado por el Secretario de Descentralizacion o su representante, quien lo presidira, un representante de la Secretaria Ejecutiva del CONADIF y un representante de la Oficina Nacional de Procesos Electorales ­ONPE. El comite electoral propone un reglamento de elecciones que se aprueba por resolucion de dicha Secretaria. 19.7.- La eleccion de los representantes de las municipalidades provinciales y distritales de frontera, se realiza en relacion con su cargo como autoridad local y no a titulo personal. En aquellos casos en los que el representante elegido no pueda completar su periodo, por motivo justificado, su reemplazante asumira la representacion por el periodo faltante. 19.8.- La formalizacion de la designacion de los candidatos que hayan resultado ganadores en el MORDAZA de eleccion MORDAZA descrito, se MORDAZA mediante resolucion ministerial del MRE, en su calidad de organo rector. 19.9.- Los alcaldes de las municipalidades provinciales y distritales de frontera, elegidos para integrar el CONADIF ejerceran dicha representacion por un periodo de dos (2) anos, contados a partir de la fecha de la emision de la resolucion que formaliza su designacion, producto del MORDAZA de eleccion. No cabe reeleccion inmediata, debe haber transcurrido un periodo del mandato de la representacion ante el CONADIF, salvo fuerza mayor. 19.10.- El retiro del MORDAZA provincial o distrital de su condicion de miembro, solo procede por razones justificadas, aprobadas por el CONADIF. De ser el caso, la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros llama al MORDAZA de la municipalidad provincial o distrital que sigue en el orden de merito del MORDAZA de eleccion respectivo, como reemplazante, a fin que pueda completar el periodo restante, no siendo de aplicacion la MORDAZA parte del numeral anterior.

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