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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (14/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 14 de abril de 2013 492819 judiciales Yaya Vega, Dionicio Duharte y Valerio Llanos a la medida cautelar de suspensión preventiva. CONSIDERANDO: Primero. Que por los fundamentos expuestos en la resolución de la fecha coincido con la decisión de los integrantes de este Órgano de Gobierno en cuanto a la imposición de medida disciplinaria de destitución a Ofelia García Gonzales, por su actuación como Coordinadora del Centro de Distribución General de la Sede Judicial Puno - Carabaya, Corte Superior de Justicia de Lima. Inscribiéndose la medida disciplinaria impuesta en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido. Segundo. Que, en cuanto a la propuesta de destitución formulada por Jefatura de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial contra Jennipher Magally Yaya Vega, Milagros Carol Dionicio Duharte y Mónica Milagros Valerio Llanos, por sus actuaciones como servidoras del Centro de Distribución General de la Sede Judicial Puno - Carabaya, de la referida Corte Superior de Justicia, mi voto es porque si bien no se justifi ca la imposición de medida disciplinaria de destitución en contra de las mencionadas servidoras; y consecuentemente la propuesta de destitución en su contra debe ser desestimada; si se justifi ca en cambio que se remitan los presentes actuados a la Jefatura de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial para que imponga sanción menor. Tercero. Que, fundamento mi voto en el hecho que si bien es verdad que las servidoras Yaya Vega, Dionicio Duharte y Valerio Llanos, no ostentaban cargos de dirección, y que la resolución que contiene la propuesta de destitución en su contra se sustenta en supuestos no comprobados sobre su participación en el “direccionamiento” de expedientes, que permitan concluir que fueron partícipes de las graves irregularidades materia de investigación; y que en cambio sí justifi can la destitución de Ofelia García Gonzáles, al haber quedado acreditada su responsabilidad en los hechos por su actuación como Coordinadora del Centro de Distribución General de la Sede Judicial Puno - Carabaya, Corte Superior de Justicia de Lima. También lo es que debieron tener mayor celo en el cuidado de sus claves de acceso, conforme lo exigen las Directivas emitidas por la Gerencia General del Poder Judicial, las cuales son personalísimas, siendo que en el caso las citadas servidoras incumplieron los numerales 7.7.1 y 7.1.2 de la Directiva Nº 005-2006-GG-PJ. Por lo que siendo así les atañe nivel de responsabilidad en los hechos investigados, que si bien no se condice con la sanción de destitución, si justifi ca otra de carácter menor, cuya imposición conforme a sus atribuciones corresponde defi nir a la Jefatura de la Ofi cina de Control de la Magistratura. Cuarto. Que, fi nalmente, coincido con el voto de los integrantes de este Órgano de Gobierno, en cuanto a que la resolución número ochenta y cinco expedida por Jefatura de la citada Ofi cina de Control con fecha treinta y uno de mayo de dos mil doce, en el extremo que les impuso medida cautelar de suspensión preventiva, debe ser revocada, y reformándola dejarse sin efecto, teniendo en cuenta que ésta sólo se justifi ca en tanto exista verosimilitud respecto a que la posible sanción disciplinaria a ser impuesta sea la destitución, situación que como es de verse de lo señalado precedentemente, ha perdido fundamento. Por tales fundamentos, MI VOTO es porque el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial resuelva de la siguiente manera: Primero.- Se desestime la propuesta de destitución formulada por la Jefatura de la Ofi cina de Control de la Magistratura contra Jennipher Magally Yaya Vega, Milagros Carol Dionicio Duharte y Mónica Milagros Valerio Llanos, por sus actuaciones como servidoras del Centro de Distribución General de la Sede Judicial Puno - Carabaya, Corte Superior de Justicia de Lima; y, se disponga la remisión de los actuados a la Jefatura de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial para que imponga sanción menor. Segundo.- Revocar la resolución número ochenta y cinco expedida por Jefatura de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial con fecha treinta y uno de mayo de dos mil doce, en el extremo que les impuso medida cautelar de suspensión preventiva. Reformándola, la dejaron sin efecto. Lima, 24 de octubre de 2012 LUIS FELIPE ALMENARA BRYSON Juez Supremo - Consejero 924485-3 ORGANOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje a EE.UU. de Gerente General del BCRP, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 019-2013-BCRP Lima, 26 de marzo de 2013 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido la convocatoria para que el Banco Central de Reserva del Perú participe en las Reuniones Anuales del Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Mundial (BM), que se realizarán en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, entre el 15 y el 22 de abril; El Perú es miembro del Fondo Monetario Internacional y del Banco Mundial y el Banco Central de Reserva del Perú representa al país para los fi nes establecidos en el Convenio Constitutivo del primero de esos organismos multilaterales; Se ha designado al señor Renzo Rossini Miñán como Gobernador Alterno Temporal durante la realización de las Reuniones Anuales del FMI y BM; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 21 de marzo de 2013; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la misión en el exterior del señor Renzo Rossini Miñán, Gerente General, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 15 al 22 de abril y al pago de los gastos no cubiertos por las entidades organizadoras, a fi n de que participe en las reuniones indicadas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 866,30 Viáticos US$ 1540,00 ---------------------- TOTAL US$ 2406,30 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 923698-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Declaran infundada solicitud de vacancia contra alcalde de la Municipalidad Provincial de General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua RESOLUCIÓN Nº 156-2013-JNE Expediente Nº J-2013-00050 GENERAL SÁNCHEZ CERRO - MOQUEGUA Lima, veintiuno de febrero de dos mil trece VISTO en audiencia pública, de fecha 21 de febrero de 2013, el recurso de apelación interpuesto por Ángel Américo