Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2013 (19/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano Viernes 19 de MORDAZA de 2013

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de los seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- En relacion al Peru, la publicidad y la venta de servicios de transporte aereo que realice AERO EXPRESS DEL ECUADOR TRANS AM CIA LTDA., se efectuara de conformidad a lo establecido en el articulo 197 del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil. El incumplimiento de este articulo sera evaluado en la forma que establece el art. Nº 197º de Reglamento de la Ley. Articulo 4º.- AERO EXPRESS DEL ECUADOR TRANS AM CIA LTDA., debera presentar los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 5º.- El ejercicio y utilizacion de este Permiso de Operacion implica por parte de AERO EXPRESS DEL ECUADOR TRANS AM CIA LTDA.: a) Su renuncia a todo derecho para invocar cualquier reclamo o inmunidad diplomatica derivada de cuestiones de soberania y de otro origen, frente a reclamaciones surgidas como consecuencia de operaciones realizadas bajo este permiso. b) Su expreso sometimiento a la jurisdiccion peruana. Articulo 6º.- AERO EXPRESS DEL ECUADOR TRANS AM CIA LTDA., queda obligada con el Gobierno del Peru para que este pueda emplear en su servicio aeronaves, elementos, material y personal peruano de que disponga dicha empresa en los casos de conflictos internacionales, desordenes internos y calamidades publicas. El Gobierno del Peru abonara los gastos ocasionados de conformidad con la legislacion vigente y la practica internacional. Articulo 7º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion se mantendra mientras la beneficiaria no pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o financiera, exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; demas normas vigentes; y, cumpla las obligaciones a que se contrae la presente Resolucion. Articulo 8º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 9º.- AERO EXPRESS DEL ECUADOR TRANS AM CIA LTDA., debera constituir la garantia global que establece el Articulo 93º de la Ley Nº 27261 ­ Ley de Aeronautica Civil, por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio que solicita, en las condiciones y monto establecidas en los Articulos 199º y siguientes del Reglamento. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 10º.- AERO EXPRESS DEL ECUADOR TRANS AM CIA LTDA. queda obligada a cumplir dentro de los plazos senalados con las disposiciones que respecto a ruido y medio ambiente emita la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 11º.- AERO EXPRESS DEL ECUADOR TRANS AM CIA LTDA. debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 12º.- El Permiso de Operacion que por la presente Resolucion Directoral se otorga a AERO EXPRESS DEL ECUADOR TRANS AM CIA LTDA., queda sujeto a la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; las Regulaciones Aeronauticas del Peru; y, demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General; y podra ser revocado total o parcialmente en caso que el Gobierno de Ecuador, no otorgue a las lineas aereas peruanas derechos aerocomerciales reciprocos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 911254-1

ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA
FE DE ERRATAS ACUERDO PROINVERSION Nº 516-6-2013-DE Mediante Oficio Nº 116-2013/PROINVERSION/SG, la Agencia de Promocion de la Inversion Privada solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo Proinversion Nº 5166-2013-DE, publicado en la edicion del dia 16 de MORDAZA de 2013. DICE: Visto el el Informe Legal N° 84-2013/OAJ, se acuerda: 1. Incluir la Tercera Disposicion Complementaria Final del Reglamento para la Contratacion de Servicios y Adquisicion de Bienes de PROINVERSION, en los siguientes terminos: (...) 2. Autorizase a PROINVERSION a suscribir los referidos contratos con Organismos Multilaterales Financieros en los cuales el Peru es MORDAZA miembro, pudiendo utilizar para ello los modelos contractuales y terminos de referencia que son utilizados por estos." 3. Delegar en el Director Ejecutivo las acciones que MORDAZA requeridas para su pronta implementacion. 4. Gestionar la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. (...) DEBE DECIR: Visto el Informe Legal N° 84-2013/OAJ, se acuerda: 1. Incluir la Tercera Disposicion Complementaria Final del Reglamento para la Contratacion de Servicios y Adquisicion de Bienes de PROINVERSION, en los siguientes terminos: (...) Autorizase a PROINVERSION a suscribir los referidos contratos con Organismos Multilaterales Financieros en los cuales el Peru es MORDAZA miembro, pudiendo utilizar para ello los modelos contractuales y terminos de referencia que son utilizados por estos." 2. Delegar en el Director Ejecutivo las acciones que MORDAZA requeridas para su pronta implementacion. 3. Gestionar la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. (...) 926038-1

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