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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (19/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 29

El Peruano Viernes 19 de abril de 2013 493155 serán considerados como actos diferentes para todos los efectos subsiguientes; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 123-2013-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos, concordado con los artículos 15 y 59 de su Reglamento; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar autorización a favor de Enel Green Power Perú S.A., que se identifi cará con los Expedientes Nº 12315112(01), 12315212(02), 12315312(03), 12315412(04), 12315512(05), 12315612(06), 12315712(07), 12315812(08), 12315912(09), 12316012(10) 12316112 (11), 12316212(12), 12316312(13), 12316412(14), 12316512(15), 12316612(16), 12316712(17), 12316812(18), 12316912(19), 12317012(20), 12317112(21), 12317212(22) y 12317312(23), para desarrollar la actividad de exploración de recursos geotérmicos en la zona denominada Chilata, dividida a su vez en Chilata 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22 y 23, ubicada en el distrito de Carumas, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua. Artículo 2º.- Enel Green Power Perú S.A. deberá efectuar las actividades consignadas en el Cronograma, el cual contempla un plazo de veinticuatro (24) meses para la Fase I, computados a partir de la vigencia de la presente Resolución, y doce (12) meses para la Fase II, computados a partir de la culminación de la Fase I. Artículo 3º.- La titular está obligada a realizar sus actividades cumpliendo con lo establecido en el Título IX, Protección Ambiental, de la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos. Artículo 4º.- En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento de la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos, la presente Resolución Directoral será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (05) días hábiles, contados desde el día siguiente de su notifi cación, y entrará en vigencia desde el día de su publicación, conforme al artículo 15 de la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO TAMAYO PEREYRA Director General Dirección General de Electricidad 925845-1 RELACIONES EXTERIORES Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al “Convenio entre la República del Perú y la República Portuguesa para Evitar la Doble Tributación y Prevenir la Evasión Fiscal en Relación con los Impuestos a la Renta” y su Protocolo RESOLUCIÓN SUPREMA N° 095-2013-RE Lima, 18 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que, el “Convenio entre la República del Perú y la República Portuguesa para Evitar la Doble Tributación y Prevenir la Evasión Fiscal en Relación con los Impuestos a la Renta” y su Protocolo, que constituye parte integrante del mismo, fueron fi rmados el 19 de noviembre de 2012, en la ciudad de Lisboa, República Portuguesa; Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación y posterior ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 56° y 102° inciso 3 de la Constitución Política del Perú y el primer párrafo del artículo 2° de la Ley N° 26647, que disponen la aprobacion legislativa de los tratados celebrados por el Estado peruano; RESUELVE: Artículo 1º.- Remítase al Congreso de la República, la documentación relativa al “Convenio entre la República del Perú y la República Portuguesa para Evitar la Doble Tributación y Prevenir la Evasión Fiscal en Relación con los Impuestos a la Renta” y su Protocolo que constituye parte del mismo, fi rmados el 19 de noviembre de 2012, en la ciudad de Lisboa, República Portuguesa. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 927066-5 SALUD Designan Jefa de Oficina de la Oficina de Gestión de la Calidad del Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado - Hideyo Noguchi” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 209-2013/MINSA Lima, 18 de abril del 2013 Visto, el Expediente Nº 13-021529-002 que contiene el Ofi cio Nº 308-2013-DG/INSM “HD-HN”, remitido por el Director (e) de Instituto Especializado del Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado - Hideyo Noguchi” del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 459- 2012/MINSA, de fecha 7 de junio de 2012, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado - Hideyo Noguchi”, en el cual al cargo de Director de la Oficina de Gestión de la Calidad, se le ha denominado Jefe/ a de Oficina de la Oficina de Gestión de la Calidad, el mismo que se encuentra calificado como cargo de confianza; Que, con Resolución Ministerial N° 180-2013/MINSA, de fecha 9 de abril de 2013, se aceptó la renuncia formulada por el Médico Psiquiatra Santos Gregorio Gonzáles Farfán, en el cargo de Jefe de Ofi cina de la Ofi cina de Gestión de la Calidad, Nivel F-3, del Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado - Hideyo Noguchi” del Ministerio de Salud; Que, mediante el documento de visto, el Director (e) de Instituto Especializado del Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado - Hideyo Noguchi” del Ministerio de Salud, propone a la Médico Cirujano Ana Yolanda Pérez Briones, para ocupar el cargo de Jefa de Ofi cina de la Ofi cina de Gestión de la Calidad del Instituto a su cargo;