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El Peruano Miércoles 7 de agosto de 2013 500794 Reasentamiento Involuntario (PACRI) para la Liberación del Área de Ampliación y Modernización del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, aprobado mediante Resolución Directoral N° 318-2012-MTC/16. Artículo 6°.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Directoral en el portal institucional www.mtc. gob.pe. de conformidad a lo señalado en la Directiva N° 006-2012-MTC/10, aprobada mediante Resolución Directoral N° 1206-2012-MTC/10 así como en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 7º.- REMITIR copia certifi cada de la presente Resolución Directoral a la CANETA, a la Dirección General de Concesiones en Transportes, a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a la Ofi cina General de Administración y a la Procuraduría Pública del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ITALO ANDRÉS DÍAZ HORNA Director General (e) Dirección General de Asuntos Socio Ambientales 970560-1 Aprueban texto de modificación de la Regulación Aeronáutica del Perú - RAP Nº 109 “Agente Acreditado” RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 374-2013-MTC/12 Lima, 16 de julio de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la entidad encargada de ejercer la Autoridad Aeronáutica Civil del Perú, siendo competente para aprobar y modifi car las Regulaciones Aeronáuticas del Perú – RAP, conforme lo señala el literal c) del artículo 9º de la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, y el artículo 2º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 050- 2001-MTC; Que, el artículo 7º del citado Reglamento señala que la Dirección General de Aeronáutica Civil pondrá en conocimiento público los proyectos sujetos a aprobación o modifi cación de las RAP con una antelación de quince días calendario; Que, en cumplimiento del referido artículo, mediante Resolución Directoral Nº 198-2013-MTC/12, del 10 de mayo de 2013, se aprobó la difusión a través de la página web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del texto del Proyecto de modifi cación de la Regulación Aeronáutica del Perú - RAP N° 109 “Agente Acreditado”; Que, habiendo transcurrido el plazo legal de difusión del proyecto mencionado sin que se hayan formulado sugerencias y comentarios al mismo, resulta necesario expedir el acto que apruebe el texto modifi catorio correspondiente, el cual cuenta con las opiniones favorables de la Dirección de Seguridad Aeronáutica, la Dirección de Certifi caciones y Autorizaciones, la Dirección de Regulación y Promoción; y, la Asesoría Legal, emitidas mediante Memorando Nº 927-2013-MTC/12.04, Memorando N° 449-2013-MTC/12.07, Informe Nº 376- 2013-MTC/12.08 y Memorando Nº 1094-2013-MTC/12. LEG, respectivamente; De conformidad con la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, Ley No. 27261 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 050-2001-MTC; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el texto de modifi cación de la Regulación Aeronáutica del Perú – RAP N° 109 “Agente Acreditado” el cual forma parte integrante de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAMÓN GAMARRA TRUJILLO Director General de Aeronáutica Civil 970561-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN