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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (07/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 29

El Peruano Miércoles 7 de agosto de 2013 500795 ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA Autorizan viaje de representante de PROINVERSIÓN a Costa Rica y Panamá, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 115-2013 Lima, 25 de julio de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28660 se determinó la naturaleza jurídica de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN como Organismo Público adscrito al sector Economía y Finanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera, constituyendo un pliego presupuestal; Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a través de PROMPERÚ, ha organizado el evento denominado “EXPO PERÚ 2013 Centroamérica”, que se desarrollará entre los días 12 al 14 de agosto de 2013 en la ciudad de San José, República de Costa Rica, y entre los días 14 al 16 de agosto del presente año en Ciudad de Panamá, República de Panamá; Que, el referido evento tiene como objetivo el contribuir a la difusión de la imagen del Perú como un destino atractivo para las inversiones y difundir la oferta peruana exportable, impulsar la solución de los obstáculos al comercio existente, atraer la inversión extranjera, y consolidar la presencia del Perú en los mercados priorizados; Que, la realización de este evento ha generado un importante espacio de contacto con inversionistas interesados en las oportunidades de invertir en el Perú, representando una oportunidad para posicionar al Perú como plaza de inversión y, siendo que entre las funciones de esta Institución se encuentra el promover la incorporación de la inversión privada en servicios públicos y obras de infraestructura, así como en activos, proyectos y empresas del Estado, se constituye en una importante ocasión para dar a conocer los procesos de promoción de la inversión privada en marcha, encargados a PROINVERSIÓN, por lo que se ha previsto la realización de reuniones con Ministros de Estado de las Repúblicas de Panamá y Costa Rica; Que, en función a lo expresado en los considerandos precedentes, en el Informe Técnico N° 09-2013-DSI del 23 de julio de 2013, la Dirección de Servicios al Inversionista señala que será el señor Héctor Rene Anselmo Rodríguez Piazze, Director de Promoción de Inversiones, quien acuda a este evento en representación de PROINVERSIÓN; Que, la participación del mencionado funcionario en el referido evento, se enmarca dentro de las acciones de promoción de la inversión privada consideradas de importancia para el Perú; Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, salvo aquellos que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los cuales se autorizan mediante Resolución del Titular de la Entidad, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar el viaje en mención, en virtud de lo cual PROINVERSIÓN asumirá, con cargo a su presupuesto, los montos que ocasione la asistencia del referido funcionario a dicho evento; De conformidad con lo dispuesto en la Directiva N° 003-2013-PROINVERSIÓN, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje en comisión de servicios del señor Héctor Rene Anselmo Rodríguez Piazze, Director de Promoción de Inversiones en representación de PROINVERSIÓN, a la ciudad de San José, República de Costa Rica, y a la Ciudad de Panamá, República de Panamá, entre los días 11 y 16 de agosto de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos de pasajes aéreos y viáticos que irrogue la presente autorización de viaje, durante la permanencia en la ciudad de San José, República de Costa Rica, y en la Ciudad de Panamá, República de Panamá, serán con cargo al presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos : US$ 1014.00 Viáticos : US$ 1890.00 Artículo 3º.- La persona a que se refi ere el artículo primero precedente, en el plazo de quince (15) días calendario contados a partir de su retorno al país, deberá presentar un Informe a la Dirección Ejecutiva de PROINVERSIÓN, en el cual se describirán las actividades desarrolladas en el viaje que por la presente Resolución se aprueba. Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER ILLESCAS MUCHA Director Ejecutivo PROINVERSIÓN 970415-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Exceptúan por el período de un año a Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A., de la obligación de inscripción en el Registro de Hidrocarburos, para la operación de los Grifos Flotantes denominados “Andoas”, “Huasaga” y “Aguas Calientes” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 164-2013-OS/CD Lima, 25 de julio de 2013 VISTO: El Memorando Nº 1702-2013-GFHL/DPD de la Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por el literal c) del artículo 3º de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los