Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2013 (10/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano Sabado 10 de agosto de 2013

500973
Articulo 6º.- Distribuir la presente resolucion a: Rectorado, VRACAD, VRADM, OADM, OPLAP, UPTO, UAP, Contabilidad, Abastecimiento, Tesoreria, ACP, Legajo, OAJ, OCI, OII, OIyC y Archivo, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA QUINTEROS MORDAZA Rector de la UNSM-T MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 972048-1

Visto, el Acuerdo de Consejo Universitario, sobre aprobacion de viaje a la Republica Federal de Brasil. CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional de San MORDAZA ­ Tarapoto es una institucion descentralizada, autonoma con personeria juridica de derecho publico interno; creada por Ley Nº 22803 y ratificada por Ley Nº 23261; se rige por la Constitucion Politica del Estado, la Ley Universitaria, su Estatuto y Reglamento General; dedicada al estudio, investigacion, extension y proyeccion social, tiene como fin formar profesionales humanistas, cientificos y con excelencia academica competitiva; Que, en Sesion Extraordinaria de Consejo Universitario de fecha 12 de MORDAZA del 2013, se aprobo la autorizacion de viaje del Senor Rector de la UNSM-T Dr. MORDAZA Quinteros MORDAZA - Presidente de la UNAMAZ y al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario Tecnico de la UNAMAZ ­ Peru con destino a Belem Capital del Estado Brasileno de Do Para de la Republica Federal de Brasil a partir del 29 de MORDAZA hasta el 04 de agosto del 2013; Que, por intermedio del Memorando Nº 215-2013UNSM/R se asigno viaticos nacionales de dos (02) dias y pasajes aereos nacionales en la ruta Tarapoto ­ MORDAZA ­ Tarapoto por el viaje a la MORDAZA de Belem Do Para de la Republica Federal de Brasil, al senor Rector y Presidente de UNAMAZ y al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario Tecnico de la UNAMAZ ­ Peru, quienes asistiran a la reunion de trabajo en la Universidad Federal Rural MORDAZA y a la UNAMAZ; Asi mismo Encargar el Despacho Rectoral al Ing. M.Sc. MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Vicerrector Administrativo de la UNSM-T a partir del 29 de MORDAZA del 2013 y mientras dure la ausencia del titular; Estando al D.S. Nº 005-90-PCM Ley 28927, Ley 27619. D.S. 047-2002-PCM, Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, acuerdo adoptado en Sesion Extraordinaria de Consejo Universitario de fecha 12 de MORDAZA del 2013 y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 23733 y sus modificatorias, el Estatuto y Reglamento vigente de la UNSM-T; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, el viaje en Comision de Servicios al exterior a partir del 29 de MORDAZA al 04 de agosto del 2013, al Ing. M.Sc. MORDAZA Quinteros MORDAZA ­ Rector de la Universidad Nacional de San MORDAZA ­ Tarapoto - Presidente de la UNAMAZ Continental y al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Secretario Tecnico de la UNAMAZ, con destino a Belem Capital del Estado Brasileno de Do Para de la Republica Federal de Brasil, para asistir a una reunion de trabajo en la Universidad Federal Rural MORDAZA de Do Para y en la Secretaria Ejecutiva de UNAMAZ. Articulo 2º.- Otorgar, al Dr. MORDAZA Quinteros MORDAZA y al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la asignacion de dos (02) dias de viaticos nacionales y pasajes aereos nacionales con Itinerario Tarapoto ­ MORDAZA ­ Tarapoto y otorgar viaticos internacionales de Cinco (05) dias como tambien pasajes aereos internacionales con itinerario MORDAZA ­ MORDAZA Do Para ­ MORDAZA y el pago de TUUA Nacional e Internacional de acuerdo al siguiente detalle: VIATICOS NACIONALES 02 DIAS VIATICOS INTERNACIONALES 05 DIAS $ 200.00 x dia a C/U TUUA INTERNACIONAL $ 40.00 a C/U Articulo 3º.- Disponer que la Unidad de Abastecimiento proceda a la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial "El Peruano" o en el diario de mayor circulacion de la Region San MORDAZA de conformidad con lo establecido en el Art. 3º de la Ley 27619. Articulo 4º.- La Oficina de Administracion debera adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Articulo 5º.- Encargar, el Despacho Rectoral de la Universidad Nacional de San MORDAZA ­ Tarapoto, al Ing. M.Sc. MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Vicerrector Administrativo de la UNSM-T, a partir del 27 de MORDAZA del 2013 y mientras dure la ausencia del titular

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Renuevan inscripcion de LP Consultoria & Estudio en Comunicacion, Marketing y Publicidad S.A.C. en el Registro Electoral de Encuestadoras
RESOLUCION Nº 623-2013-JNE Expediente Nº J-2013-00715 REGISTRO ELECTORAL DE ENCUESTADORAS MORDAZA, veintiseis de junio de dos mil trece. VISTA la solicitud de renovacion de inscripcion en el Registro Electoral de Encuestadoras de LP Consultoria & Estudio en Comunicacion, Marketing y Publicidad S.A.C. ANTECEDENTES Mediante escrito de fecha 10 de junio de 2013, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, gerente general de LP Consultoria & Estudio en Comunicacion, Marketing y Publicidad S.A.C., solicito la renovacion de inscripcion de su representada en el Registro Electoral de Encuestadoras. Sobre el particular, cabe senalar que, por medio de la Resolucion Nº 589-2010-JNE, del 19 de MORDAZA de 2010, se inscribio a LP Consultoria & Estudio en Comunicacion, Marketing y Publicidad S.A.C. en el Registro Electoral de Encuestadoras, con Partida Registral Nº 195-REE/JNE. CONSIDERANDOS 1. De acuerdo con los articulos 178.1 y 178.3 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 5.g de la Ley Nº 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, este organo constitucional tiene la funcion de fiscalizar la legalidad del MORDAZA electoral y velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones politicas y demas disposiciones referidas a materia electoral. Asimismo, de conformidad con el articulo 18 de la Ley Nº 27369, Ley que modifica la Ley Organica de Elecciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones mantiene el Registro Electoral de Encuestadoras, regula los requisitos y procedimientos de inscripcion y, del mismo modo, establece que solo podran publicarse encuestas realizadas por personas naturales o juridicas que cuenten con inscripcion vigente en el referido registro. 2. En ese sentido, mediante la Resolucion Nº 50112010-JNE, se aprobo el Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras (en adelante, el Reglamento), en el cual se establecen el procedimiento y los requisitos de inscripcion de las personas juridicas o naturales que pretendan realizar encuestas y proyecciones sobre intencion de MORDAZA, asi como lo referente a la publicacion, difusion y al procedimiento de sancion por la infraccion de estas normas. El articulo 7 del Reglamento establece los requisitos para la renovacion de inscripcion, dentro de los cuales se debe presentar MORDAZA actualizada de la ficha registral expedida por la Superintendencia Nacional de

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