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El Peruano Miércoles 28 de agosto de 2013 501913 - Javier José Félix Alemán Urteaga, del 06 al 08 de setiembre de 2013, a la ciudad de Madrid, Reino de España. Artículo 2.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por las empresas LC Busre S.A.C. y Helicópteros del Sur S.A., a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto de viáticos. Artículo 3.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuados los viajes, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DÍAS DEL 02 AL 11 DE SETIEMBRE DE 2013 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 298-2013-MTC/12.04 Y Nº 313-2013-MTC/12.04 ORDEN DE INSPECCIÓN Nº INICIO FIN VIÁTICOS (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLE RECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs 2111-2013- MTC/12.04 02-Sep 05-Sep US$ 780.00 LC BUSRE S.A.C. Alemán Urteaga, Javier José Félix Madrid España Chequeo técnico de profi ciencia en simulador de vuelo del equipo DASH-8, a su personal aeronáutico 13971-13972- 13973-13974 2112-2013- MTC/12.04 05-Sep 11-Sep US$ 1,300.00 Helicópteros del Sur S.A. Coda Plascencia, José Dante Tyumen Federación de Rusia Chequeos técnicos Inicial y de profi ciencia en simulador de vuelo del equipo MI-17 a su personal aeronáutico 14275-14276 2113-2013- MTC/12.04 06-Sep 08-Sep US$ 520.00 LC BUSRE S.A.C. Alemán Urteaga, Javier José Félix Madrid España Chequeo técnico de profi ciencia en simulador de vuelo del equipo DASH-8, a su personal aeronáutico 4882-4885- 14186 979873-1 Autorizan ampliación de local a Corporación Lady Manuel S.A.C. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales ubicado en el departamento de Puno RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 3011-2013-MTC/15 Lima, 22 de julio de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios N°s. 074142 y 091728 presentados por la empresa denominada CORPORACIÓN LADY MANUEL SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA – CORPORACIÓN LADY MANUEL S.A.C., y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N° 1693- 2012-MTC/15, de fecha 03 de mayo de 2012, se emitió autorización a la empresa denominada CORPORACIÓN LADY MANUEL SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA – CORPORACIÓN LADY MANUEL S.A.C., con R.U.C. N° 20532825637 y con domicilio en Urb. Villa Hermosa Mz. E Lt. N° 4, del Centro Poblado San Francisco, Distrito de Moquegua, Provincia Mariscal Nieto, Departamento de Moquegua, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, a efectos de impartir los conocimientos teóricos - prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura a los postulantes para obtener una Licencia de Conducir a los postulantes a una licencia de conducir de la Clase A Categorías II y III y Clase B Categoría II-c, así como el curso de Capacitación Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancías, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilización del Infractor y los cursos de reforzamiento para la revalidación de las licencias de conducir de la clase A categorías II y III; Que, mediante Resolución Directoral N° 2751-2012- MTC/15 de fecha 23 de agosto de 2012, se emitió autorización a La Escuela, para impartir cursos de capacitación a quienes aspiran obtener la licencia de conducir Clase A Categoría I; Que, mediante Parte Diario N° 074142 de fecha 03 de junio de 2013, La Escuela, presenta solicitud de ampliación de local para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en el local ubicado en Barrio Santa Bárbara Sector 4, Mza. M, Lote 8, Jr. Sucre N° 503, Distrito de Ilave, Provincia de El Collao, Departamento de Puno; asimismo, La Escuela solicita se tenga en cuenta los documentos presentados con los Partes Diarios N°s. 032137, 049381 y 065428 los cuales contienen la documentación presentada en su oportunidad para postular a la autorización, los mismos que obran como documentos fi nalizados en esta Dirección; Que, mediante Ofi cio N° 4323-2013-MTC/15.03 de fecha 26 de junio de 2013, notifi cado el mismo día, esta administración formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Escuela, requiriéndole la subsanación correspondiente, para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles; Que, mediante Parte Diario N° 091728 de fecha 03 de julio de 2013, La Escuela presenta diversa documentación en respuesta al ofi cio indicado en el párrafo que antecede; Que, el artículo 52º de El Reglamento dispone que para solicitar la ampliación de locales, deberá acompañar a su solicitud, los documentos descritos en los literales c), d), f), g), h), j), k) y l) del artículo 51º del presente reglamento, así como presentar una declaración jurada precisando que cuentan con los bienes, muebles y enseres que constituyen