Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2013 (04/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano Miercoles 4 de diciembre de 2013

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la Municipalidad Distrital de Cospan, ha incurrido en las causales de vacancia previstas en el articulo 22, numerales 8, 9 y 10, en concordancia con el articulo 63, de la LOM. CONSIDERANDOS Sobre la causal de vacancia prevista en el articulo 22, numeral 8, de la LOM 1. La causal de vacancia invocada por el recurrente es la de nepotismo, conforme a la ley de la materia, segun lo senala el articulo 22, numeral 8, de la LOM. Por ello, resultan aplicables la Ley N° 26771, que establece la prohibicion de ejercer la facultad de nombramiento y contratacion de personal en el sector publico, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 0212000-PCM, y modificado por Decreto Supremo N° 0172002-PCM (en adelante, el Reglamento). 2. Constituye reiterada jurisprudencia, por parte de este organo colegiado, que la determinacion del acto de nepotismo comporta la realizacion de un examen desarrollado en tres pasos, a saber: a) la verificacion del vinculo conyugal o del parentesco, hasta el MORDAZA grado de consanguinidad o MORDAZA de afinidad, entre el trabajador y la autoridad cuestionada; b) que el familiar MORDAZA sido contratado, nombrado o designado para desempenar una labor o funcion en el ambito municipal; y c) que la autoridad MORDAZA MORDAZA realizado la contratacion, nombramiento o designacion, o ejercido injerencia con la misma finalidad. 3. De la revision de los autos se aprecia lo siguiente: a. El solicitante no precisa que familiares del MORDAZA se encontrarian laborando en la municipalidad, por lo que al no poderse determinar dicho extremo de la solicitud, la apelacion deviene en infundada. b. Respecto de haber incurrido en la causal de nepotismo por haber contratado a sus familiares en el proyecto "Fortalecimiento de capacidades en la produccion de especies forestales-III Etapa", cabe senalar que dicho proyecto es un programa ejecutado por la Municipalidad Provincial de MORDAZA y no por la Municipalidad Distrital de Cospan, conforme aparece de la MORDAZA autenticada de la Resolucion de Gerencia de Desarrollo Ambiental N° 024-2011-GDA-MPC, emitida por la Municipalidad Provincial de MORDAZA, mediante la cual se aprueba el expediente tecnico de fortalecimiento de capacidades en la produccion de especies forestales en la provincia de MORDAZA III Etapa (fojas 44 a 56 de autos), por lo que la planilla de pago de los trabajadores es asumida por la municipalidad provincial, segun MORDAZA que aparece de fojas 14 a 18 del Expediente N° J-2013-00820. De acuerdo con ello, al estar dicho proyecto bajo el ambito de administracion de la Municipalidad Provincial de MORDAZA y no de la Municipalidad Distrital de Cospan, no se configura la causal de vacancia, por lo que deviene en infundada la apelacion en dicho extremo. c. Por hacer funcionar la Oficina Descentralizada de la Municipalidad de Cospan en la MORDAZA de MORDAZA, en la MORDAZA planta de la MORDAZA de su cunada Soveida MORDAZA Ruiz. De acuerdo con la MORDAZA autenticada de la Partida N° 02000859, que obra a fojas 29 de autos, la sociedad conyugal conformada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Soveida MORDAZA MORDAZA (quien seria cunada del alcalde) es propietaria del inmueble ubicado en el lote 11, manzana P, de la urbanizacion MORDAZA MORDAZA Gamez. Sin embargo, conforme a la MORDAZA de la Escritura Publica sobre anticipo de legitima que otorgan MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Soveida MORDAZA MORDAZA, en favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre el departamento ubicado en el MORDAZA piso del inmueble signado como lote 11 de la manzana P, ubicado actualmente en el MORDAZA MORDAZA La MORDAZA MORDAZA N° 276, que corre a fojas 147 y 147 vuelta, de autos, la MORDAZA de las nombradas seria la propietaria de dicho departamento. En concordancia con ello, la Municipalidad Distrital de Cospan y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA suscribieron el contrato de arrendamiento N° 001-2013-MDC sobre dicho inmueble, celebrado el 2 de enero de 2013, que obra de fojas 148 a 150, y los vouchers de pago por el alquiler de dicho inmueble se emiten a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (fojas 72 a 79). Cabe precisar, no obstante, que la causal de nepotismo esta relacionada con la prohibicion de contratar personal,

consanguinidad o MORDAZA de afinidad con las personas que habria contratado. b) El 1 de MORDAZA de 2011, la Municipalidad Distrital de Cospan MORDAZA un contrato de arrendamiento con MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre algunos ambientes del inmueble de su propiedad ubicado en el MORDAZA MORDAZA La MORDAZA MORDAZA N° 276, distrito y provincia de MORDAZA, con la finalidad de que alli funcionen las oficinas de tesoreria y contabilidad del Municipio. El plazo de duracion del contrato fue de diez meses y la MORDAZA conductiva de S/. 1 000,00 (un mil y 00/100 nuevos soles) mensuales. c) Los proyectos "Fortalecimiento de capacidades en la produccion de especies forestales III Etapa" y "Riego por aspersion", ejecutados en el caserio de Culquinmarca, anexo de San MORDAZA, en el distrito de Cospan, estan siendo ejecutados por la Municipalidad Provincial de MORDAZA y no por la Municipalidad Distrital de Cospan, desconociendo quienes trabajan en tales proyectos. d) El proyecto de biodigestores para el sector Atulanche (proyectos para brindar servicios basicos con arrastre hidraulico), en el caserio de Rambran, se realizo mediante licitacion por adjudicacion directa, resultando ganador la empresa Celendinos S.R.L., siendo favorecidos con la ejecucion de dicho proyecto todos los habitantes del lugar y no unicamente sus familiares. e) El terreno ubicado en el lugar denominado La Yunga, en el que funciona el vivero forestal, ha sido hipotecado en favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien lo conduce y usufructua, y ha celebrado un contrato de cooperacion tecnica MORDAZA cuyo costo es gratuito, con la unica condicion de que dicha persona preste su apoyo como guardian permanente para el cuidado de las plantas, pagandole por dicha labor. f) En la gestion anterior se establecio el monto de la remuneracion del MORDAZA en la suma de S/. 4 000,00 (cuatro mil y 00/100 nuevos soles) y la dieta de los regidores en S/. 337,50 (trescientos treinta y siete con 50/100 nuevos soles) por cada sesion; sin embargo, por acuerdo de concejo, se fijo las dietas en una cantidad menor, lo que se elevo en consulta a la Contraloria General de la Republica. g) Respecto de su afiliacion a la organizacion politica Partido Aprista Peruano, senalo que, con fecha 2 de diciembre de 2009, presento, ante dicha organizacion, su solicitud de desafiliacion, a la cual no se le dio el tramite correspondiente, por lo que el 28 de junio de 2010 presento ante el MORDAZA Nacional de Elecciones su solicitud de retiro del padron de afiliados. Indica, ademas, que, mediante Resolucion N° 002-2010-JEEC, de fecha 30 de MORDAZA de 2010, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA declaro infundada la tacha presentada en contra de su candidatura, al haberse acreditado, de manera documentada, que presento su renuncia a dicha organizacion politica. Pronunciamiento del concejo municipal sobre la solicitud de vacancia En la Sesion Extraordinaria N° 007-2013-CM/MDC, del 5 de agosto de 2013, el concejo municipal de la Municipalidad Distrital de Cospan, conformado por seis integrantes, rechazo, por unanimidad de los asistentes (cinco votos), la solicitud de vacancia formulada en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Cospan, por las causales previstas en los numerales 8, 9 y 10 del articulo 22 de la LOM, en concordancia con el articulo 63, de la misma MORDAZA (fojas 16 a 28 de autos). Consideraciones del apelante El 5 de setiembre de 2013, el solicitante de la vacancia interpone recurso de apelacion contra el acuerdo de concejo que rechazo la solicitud de vacancia, contenido en el acta de la Sesion Extraordinaria N° 007-2013-CM/ MDC (fojas 4 a 64, incluido anexos), en el cual senala: - No se han analizado las causales de vacancia, en los terminos senalados en la solicitud de vacancia, dado que no se han analizado todas las causales de vacancia. - Reitera los argumentos expuestos en la solicitud de vacancia. CUESTION EN DISCUSION La materia controvertida en el presente caso consiste en determinar si MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de

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