Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2013 (10/01/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

485899

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Disponen publicacion de precedente de observancia obligatoria aprobado en sesion extraordinaria del Centesimo MORDAZA Pleno del Tribunal Registral de la SUNARP
RESOLUCION DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL REGISTRAL N° 009-2013-SUNARP/PT MORDAZA, 7 de enero de 2013. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 28 del Resolucion Suprema N° 135-2002-JUS, que aprueba el Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, el Tribunal Registral es el Organo de MORDAZA Instancia Administrativa con competencia nacional conformado por MORDAZA descentralizadas e itinerantes; Que, de conformidad con lo previsto en el literal c) del articulo 64 del Reglamento de Organizaciones y Funciones de la SUNARP aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 139-2002-JUS, es funcion del Tribunal Registral aprobar precedentes de observancia obligatoria en los Plenos Registrales que para el efecto se convoquen; Que, en la sesion extraordinaria del Centesimo MORDAZA Pleno del Tribunal Registral, modalidad no presencial, realizado el dia 04 de enero de 2013, se aprobo un (01) precedente de observancia obligatoria; Que, el articulo 32 del Reglamento del Tribunal Registral, aprobado por Resolucion de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos Nº 263-2005-SUNARP/SN del 18 de octubre de 2005, prescribe que "los acuerdos del Pleno Registral que aprueben precedentes de observancia obligatoria estableceran las interpretaciones a seguirse de manera obligatoria por las instancias registrales, en el ambito nacional, mientras no MORDAZA expresamente modificados o dejados sin efecto mediante otro acuerdo de Pleno Registral, por mandato judicial firme o MORDAZA modificatoria posterior"; Que, de conformidad con el articulo 33 del Reglamento del Tribunal Registral y el articulo 158 del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado mediante Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 126-2012-SUNARP-SN del 18 de MORDAZA de 2012, "Los precedentes de observancia obligatoria aprobados en Pleno Registral deben publicarse en el diario oficial "El Peruano", mediante Resolucion del Presidente del Tribunal Registral, siendo de obligatorio cumplimiento a partir del dia siguiente de su publicacion en dicho diario. Adicionalmente, dichos precedentes, conjuntamente con las resoluciones en las que se adopto el criterio, se publicaran en la pagina web de la SUNARP"; Estando a la facultad conferida por el articulo 7 numerales 8) y 9) del Reglamento del Tribunal Registral. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la publicacion del precedente de observancia obligatoria aprobado en la sesion extraordinaria del Centesimo MORDAZA Pleno del Tribunal Registral de la SUNARP, realizado el dia 04 de enero de 2013, siendo el texto del precedente el siguiente: 1. PAGO DE DERECHOS EN LEVANTAMIENTO DE EMBARGO POR TERCERIA "El levantamiento de embargo es un acto valorado a efectos de liquidar los derechos registrales, aun cuando el sustento de la resolucion que ordena el levantamiento sea el haberse declarado fundada una terceria excluyente de propiedad". Criterio adoptado en la Resolucion N° 651-2011SUNARP-TR-T del 14/12/2011.

Articulo Segundo.- El precedente MORDAZA indicado sera de obligatorio cumplimiento a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALAMO MORDAZA Presidente del Tribunal Registral 886579-1

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Autorizan viaje de magistrados a MORDAZA para participar en la Primera Cumbre Judicial de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribenos y la Union Europea
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 002-2013-P-CE-PJ MORDAZA, 7 de enero de 2013 VISTA: La carta cursada por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica de Chile. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante el mencionado documento se cursa invitacion al senor Presidente de este Poder del Estado para que, conjuntamente con un Juez Supremo Titular, participe en la Primera Cumbre Judicial de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribenos y la Union Europea (CELAC-UE), que se llevara a cabo los dias 10 y 11 de enero del ano en curso, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, en el MORDAZA de la Reunion Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de la CELAC-UE. Segundo. Que, al respecto, el senor Presidente del Poder Judicial por razones de servicio institucional, ha designado a los doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jueces Titulares de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para que participen en el mencionado evento. Tercero. Que resulta de particular interes para el Poder Judicial realizar todas las acciones que tengan por objetivo propiciar la cooperacion con instituciones judiciales, mas aun cuando el tema central del mencionado certamen es "Principios Comunes en Materia de Cooperacion Judicial Internacional", por lo que es necesaria la participacion de los Jueces Supremos designados; correspondiendo al Poder Judicial asumir los gastos no cubiertos por la institucion organizadora. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus facultades delegadas mediante Resolucion Administrativa N° 003-2009-CE-PJ, de fecha 9 de enero de 2009. RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje de los doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jueces Titulares de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, del 9 al 12 de enero del ano en curso, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, para que participen en la Primera Cumbre Judicial de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribenos y la Union Europea (CELAC-UE). Concediendoseles licencia con goce de haber del 9 al 11 de los corrientes. Articulo Segundo.- Los gastos de assist card, viaticos y gastos de instalacion, estaran a cargo de la Unidad

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.