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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de febrero de 2013 488480 de Estadística e Informática, el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística y tiene entre sus funciones: coordinar y ejecutar la producción de las estadísticas básicas a través de censos, encuestas por muestreo y registros administrativos del Sector Público; Que, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, tiene previsto en su Plan Operativo del presente año, la ejecución de la “Encuesta Permanente de Empleo” - EPE 2013 en las áreas urbanas de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao; Que, la “Encuesta Permanente de Empleo” - EPE 2013, permitirá obtener información estadística mensual de seguimiento del mercado laboral, a través de indicadores de empleo, desempleo y otros referentes a la disponibilidad y utilización de los recursos humanos en el Área Metropolitana de Lima y la Provincia Constitucional del Callao teniendo como población objetivo a las personas de 14 años y más que residen en dicha área; Que, resulta necesario autorizar la ejecución de la mencionada Encuesta que cuenta con los documentos metodológicos, fi cha técnica, manuales de capacitación y las cédulas correspondientes; que requieren ser aprobados para efectos de lo dispuesto por los artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del INEI; Estando a lo propuesto por la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, con la opinión favorable de la Sub Jefatura de Estadística y la visación de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la ejecución de la “Encuesta Permanente de Empleo” - EPE 2013, en las áreas urbanas de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, que estará a cargo de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas. Artículo 2º.- Aprobar las cédulas de la referida Encuesta, las mismas que forman parte de la presente Resolución. Artículo 3º.- Establecer como periodo de ejecución de la Encuesta Permanente de Empleo - EPE 2013, del 02 de enero al 31 de diciembre de 2013, la misma que se efectuará en la modalidad de entrevista directa. Regístrese y Comuníquese. ALEJANDRO VÍLCHEZ DE LOS RÍOS Jefe 904550-1 OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL Delegan diversas funciones y facultades en la Jefatura y en el Jefe de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración, en el Gerente General y en el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica RESOLUCIÓN JEFATURA Nº 010-2013-JEFATURA/ONP Lima, 8 de febrero del 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 25967, modifi cado por la Ley Nº 26323, se crea la Ofi cina de Normalización Previsional – ONP, reestructurada integralmente a través de la Ley Nº 28532, reglamentada por el Decreto Supremo Nº 118-2006-EF, siendo un Organismo Público Técnico Especializado del Sector Economía y Finanzas, que tiene a su cargo la administración del Sistema Nacional de Pensiones a que se refi ere el Decreto Ley Nº 19990, así como el Régimen de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, Decreto Ley Nº 18846 y de otros regímenes previsionales a cargo del Estado, que le sean encargados conforme a Ley; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2008-EF, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la ONP, el mismo que contiene la estructura orgánica y dispone el ordenamiento e identifi cación de los distintos órganos y unidades orgánicas de la Entidad con la delimitación de sus funciones; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley Nº 28532, el Jefe de la ONP puede delegar en el Gerente General o en funcionarios de alto nivel, las funciones que considere necesarias para el mejor funcionamiento de la institución, con excepción de las señaladas en los incisos 1, 4, 5, 9, 10, 12 y 13; Que, en aplicación del principio de desconcentración de los procesos a que se refi ere la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, es pertinente establecer al interior de la ONP, niveles de desconcentración de los procesos decisorios; Que, mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, estableciendo en el artículo 7.1 que el Titular de la entidad puede delegar funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, la Ley de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la entidad; asimismo, establece en el artículo 40.2 que el Titular de la entidad puede delegar la facultad de aprobación de las modifi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial el Peruano; Que, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, y sus modifi catorias, establecen los procedimientos que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los procesos de contrataciones de bienes, servicios y obras, y conforme lo dispone el artículo 5º de la citada Ley, el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que le otorga la mencionada Ley; Que, el artículo 10º del Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, dispone que las entidades públicas pueden realizar actos de administración y gestión de los bienes de propiedad estatal; Que, en atención a las normas señaladas en los considerados precedentes, a la estructura orgánica de la entidad y con la fi nalidad de agilizar los procesos administrativos de la entidad y hacerlos más efi cientes, es conveniente efectuar las delegaciones en diversos órganos y unidades orgánicas de la ONP; En mérito a las consideraciones expuestas, en uso de las facultades conferidas en el artículo 5º de la Ley Nº 28532 y en virtud a la designación efectuada mediante Resolución Suprema Nº 055-2011-EF; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DELEGAR, en la Jefatura de la Ofi cina de Administración, las siguientes funciones: 1.1 En materia de contrataciones, reguladas por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento: a) Aprobar las modifi caciones al Plan Anual de Contrataciones; b) Aprobar los expedientes de contratación, para la realización de los procesos de selección que convoque la entidad así como aquellos provenientes de exoneraciones de procesos de selección, con excepción de los procesos de Adjudicación de Menor Cuantía, cuyos expedientes serán aprobados por el funcionario a cargo de la Unidad de Logística; c) Aprobar los procesos de estandarización; d) Aprobar la cancelación parcial o total de los procesos de selección;