TEXTO PAGINA: 39
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de febrero de 2013 488481 e) Aprobar las Bases Administrativas de los procesos de selección correspondientes a Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Directa Pública y Adjudicación Directa Selectiva, incluyendo las provenientes de exoneraciones de procesos de selección, así como de Adjudicaciones de Menor Cuantía y derivadas de la declaratoria de desierto de los procesos de selección indicados; f) Designar a los miembros integrantes de los Comités Especiales Ad Hoc y Comités Especiales Permanentes que tendrán a su cargo la organización, conducción y ejecución de los procesos de selección que convoque la entidad; así como, disponer la modifi cación de la conformación de los mismos, de ser el caso; g) Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales en el caso de bienes y servicios, hasta por el máximo permitido por Ley; h) Aprobar la reducción de prestaciones en el caso de bienes y servicios, hasta por el máximo permitido por Ley; i) Celebrar contratos y adendas de modifi cación derivados de procesos de selección y de las exoneraciones, en el marco de lo dispuesto en la normativa de contratación pública; j) Celebrar contratos complementarios de bienes y servicios en los que el área usuaria sea la Ofi cina de Administración y sus unidades orgánicas; para los demás casos, la Ofi cina de Administración suscribirá dichos contratos, de manera conjunta con los Directores y Jefes de Ofi cina de los órganos, según corresponda; k) Resolver las solicitudes de ampliación del plazo contractual; l) Conocer y resolver los recursos impugnativos referidos a los procesos de selección que la Entidad realice para las contrataciones de bienes, servicios y obras, de acuerdo a lo establecido en la Ley; m) Aprobar las resoluciones de contratos por caso fortuito o fuerza mayor, por el incumplimiento de los mismos cuando sea imputable al contratista, así como en otros supuestos previstos por la Ley; n) Tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y actos vinculados a los procesos de contratación, que tengan que realizarse ante el OSCE y el Tribunal de Contrataciones del Estado, así como gestionar las publicaciones que tengan que realizarse por mandato legal y los pedidos de información y consulta que resulten necesarios realizar ante otras entidades, vinculados a la temática de las contrataciones estatales; 1.2 En materia presupuestal Aprobar las modifi caciones presupuestales en el nivel funcional programático, que correspondan para la contratación de bienes y servicios, quedando subsistente en lo que no se oponga, lo señalado en la Resolución Jefatural Nº 030-2012-JEFATURA/ONP; 1.3 En materia de gestión de recursos humanos, delegar las siguientes facultades: a) Previa solicitud del área usuaria, tramitar, autorizar y resolver acciones de personal respecto a las asignaciones, ceses, rotaciones, encargo de funciones y puestos, reconocimiento de remuneraciones, destaques, y todas aquellas que sean necesarias para una adecuada conducción y dirección del personal, adscrito al Decreto Legislativo Nº 728, con excepción del personal que ocupe un cargo de confi anza y de libre designación y remoción; b) Suscribir contratos, adendas y sus renovaciones, derivados del Decreto Legislativo Nº 728; c) Suscribir Contratos Administrativos de Servicios (CAS), derivados del Decreto Legislativo Nº 1057 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y sus modifi catorias; d) Aceptar las renuncias, cese por fallecimiento, cese defi nitivo por límite de edad, resolución de contrato del personal, con excepción de aquellos que ocupen un cargo de confi anza y de libre designación y remoción; e) Suscribir los convenios interinstitucionales con entidades públicas y/o privadas que involucren las funciones de la Unidad de Recursos Humanos, las que deberán ceñirse a las disposiciones normativas vinculadas al Presupuesto Público para cada año fi scal; 1.4 En materia administrativa a) Aprobar los actos de adquisición, tales como la aceptación de donaciones, a que se refi ere la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; b) Representar a la Institución ante las diferentes entidades públicas, sobre temas de naturaleza laboral, tributaria, municipal, entre otras, a fi n de ejecutar los trámites administrativos que se gestionan ante tales dependencias; c) Constituir el Comité Electoral para la elección de los representantes de los trabajadores ante el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo - CAFAE. Artículo Segundo.- Delegar en el Jefe de la Unidad de Recursos Humanos de la Ofi cina de Administración las facultades para que en representación de la institución, suscriba Convenios y prórrogas de prácticas Preprofesionales y Profesionales que resulten necesarios, así como la ejecución y extinción de los mismos, según lo requiera. Artículo Tercero.- Delegar en el Gerente General y en el Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, las facultades para que en representación de la ONP, suscriban conjuntamente, los Contratos, Adendas y/o convenios que resulten de aplicación de lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria del Decreto Legislativo Nº 817. Artículo Cuarto.- Delegar en el Gerente General las facultades para suscribir convenios en nombre y representación de la ONP. Artículo Quinto.- Déjense sin efecto las Resoluciones Jefaturales Nº 013-2005-JEFATURA/ ONP, Nº 027-2005-JEFATURA/ONP, Nº 014-2007- JEFATURA/ONP, Nº 093-2009-JEFATURA/ONP, y Nº 155-2009-JEFATURA/ONP. Artículo Sexto.- Los funcionarios a los cuales se les ha delegado las facultades y atribuciones indicadas en la presente Resolución, están obligados a dar cuenta en forma trimestral al Gerente General y al Jefe de la Ofi cina de Normalización Previsional respecto de las actuaciones derivadas de la delegación otorgada. Artículo Sétimo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la ONP. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO ARRIETA ELGUERA Ofi cina de Normalización Previsional Jefe 903821-1 SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Autorizan difusión del Proyecto de modificación de las Normas para la Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo RESOLUCIÓN SMV Nº 003-2013-SMV/01 Lima, 22 de febrero de 2013 VISTOS: El Expediente N° 2010016337 y el Memorándum Conjunto N° 494-2013-SMV/06/10 del 20 de febrero de 2013, emitido por la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial y la Ofi cina de Asesoría Jurídica, así como el Proyecto de modifi cación de las Normas para la Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (el Proyecto);