Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2013 (28/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES

489791

7. Como consecuencia de la nulidad declarada en el presente expediente y tomando en consideracion la documentacion presentada directamente al MORDAZA Nacional de Elecciones, este organo colegiado precisa que el Concejo Distrital de Pomalca, MORDAZA de disponer la convocatoria a la sesion extraordinaria en la que, respetando los plazos previstos en el articulo 23 de la LOM (treinta dias habiles), resuelva las solicitudes de declaratoria de vacancia presentadas contra el MORDAZA, proceda de la siguiente manera: a. Requiera a los organos competentes de la entidad MORDAZA informacion sobre las fechas y montos en los que el MORDAZA efectuo el cobro, asi como la devolucion del beneficio indebidamente percibido. Una vez que se cuente con dicha informacion, debera correrse traslado de la misma a los solicitantes y a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para salvaguardar su derecho a la defensa y el MORDAZA de igualdad entre las partes, asi como a todos los integrantes del concejo municipal. b. Requiera a los organos competentes de la municipalidad informacion sustentada en documentos sobre el procedimiento de contratacion de este ultimo, asi como de ejecucion del contrato, incidiendo en el numero de propuestas economicas presentadas, el mecanismo a traves del cual MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA remitio su propuesta economica, los organos encargados de evaluar las propuestas y los informes y conclusiones emitidas por estos, los documentos que sustentasen la efectiva prestacion del servicio contratado por el municipio, asi como el mecanismo utilizado por la municipalidad para realizar el pago. Una vez que se cuente con dicha informacion, debera correrse traslado de la misma a los solicitantes y a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para salvaguardar su derecho a la defensa y el MORDAZA de igualdad entre las partes, asi como a todos los integrantes del concejo municipal. c. Realice, dentro de los parametros establecidos en las normas, las actuaciones probatorias que estime necesarias, para determinar si el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA remitio, desde su cuenta personal y de manera directa, mensajes electronicos, ejercicio injerencia o realizo tramites o actos en representacion formal o material de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ante los organos o funcionarios municipales, encontrandose habilitado para realizar las pericias a las que hubiese lugar. Asimismo, este Supremo Tribunal Electoral establece que, en la referida sesion extraordinaria, cada integrante del concejo municipal emita un pronunciamiento, de manera individualizada, autonoma y diferenciada, sobre cada uno de los dos hechos imputados al MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Navarro. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar NULO el Acuerdo Municipal N° 073-CM-MDP-2012 y todo lo actuado hasta la fecha de MORDAZA de la solicitud de declaratoria de vacancia contra el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 9, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo Segundo.- DEVOLVER los actuados al Concejo Distrital de Pomalca, a efectos de que vuelva a emitir pronunciamiento sobre la solicitud de declaratoria de vacancia, bajo apercibimiento, de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito judicial correspondiente, para que evalue la conducta del integrante de dicho concejo, en caso de omision, rehusamiento o demora de actos funcionales, tipificados en el articulo 377 del Codigo Penal. Se debera tener especial cuidado de realizar las siguientes acciones: 1. Convocar a sesion extraordinaria, en un plazo MORDAZA de cinco dias habiles luego de notificada la presente. En el caso de que el MORDAZA no cumpla con la convocatoria dentro del plazo establecido, el primer regidor o cualquier otro regidor tiene la facultad de convocar a sesion extraordinaria, previa notificacion escrita al MORDAZA, conforme lo establece el articulo 13 de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades. Entre la notificacion de la convocatoria y la sesion extraordinaria debe mediar, cuando menos, un lapso de cinco dias habiles.

2. Asistir obligatoriamente a la sesion de concejo, en virtud de lo dispuesto en el articulo 10, numeral 5, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, por lo que su incumplimiento sera motivo de responsabilidad funcional. 3. Consignar en el acta de la sesion convocada las firmas de todos los asistentes al acto senalado. 4. Remitir la MORDAZA o resolucion que declara consentido el acuerdo adoptado, en el caso de que no MORDAZA sido materia de impugnacion, para proceder al archivo del presente expediente. 5. Elevar el expediente administrativo en original, o copias certificadas de ser el caso, en un plazo MORDAZA de tres dias habiles luego de presentado el recurso de apelacion y cumplir con la remision de la siguiente documentacion: 5.1. Las constancias de notificacion al miembro afectado del concejo y al solicitante de la convocatoria a las sesiones extraordinarias y de los acuerdos adoptados sobre el pedido de vacancia o el recurso de reconsideracion. 5.2. Las actas de las sesiones extraordinarias en las que conste el acuerdo de concejo sobre la vacancia o reconsideracion solicitada. 5.3. El original del comprobante de pago correspondiente a la tasa por recurso de apelacion, equivalente al 3,15% de la Unidad Impositiva Tributaria (S/.116,55). Articulo Tercero.- DISPONER que el Concejo Distrital de Pomalca, a la mayor brevedad, MORDAZA de emitir un MORDAZA pronunciamiento en sesion extraordinaria de concejo municipal, proceda de conformidad con lo dispuesto en el MORDAZA considerando de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General

905962-3

Confirman el Acuerdo de Concejo Nº 098-2012-MPC, que acordo desaprobar el pedido de vacancia presentado contra la alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Canete, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 0066-2013-JNE
Expediente Nº J-2012-01690 CANETE - MORDAZA MORDAZA, veinticuatro de enero de dos mil trece VISTO en audiencia publica del 24 de enero de 2013, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Acuerdo de Concejo Nº 098-2012MPC, que resolvio desaprobar la solicitud de declaratoria de vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Canete, departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 9, en concordancia con el articulo 63 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y oidos los informes orales. ANTECEDENTES Respecto a la solicitud de vacancia Con fecha 23 de octubre de 2012, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito la declaratoria de vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Canete, por la causal establecida en el articulo

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