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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2013 (25/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 59

El Peruano Jueves 25 de julio de 2013 dispone establecer un sistema de responsabilidad compartida y de manejo integral de los residuos sólidos, desde la generación hasta su disposición fi nal, a fi n de evitar situaciones de riesgo e impactos negativos a la salud humana y el ambiente, sin perjuicio de las medidas técnicamente necesarias para el manejo adecuado de los residuos sólidos peligrosos. Este sistema comprenderá, entre otros, la responsabilidad extendida de las empresas que producen, importan y comercializan, bienes de consumo masivo y que consecuentemente, contribuyen a la generación de residuos en una cantidad importante o con características de peligrosidad; Que, el numeral 1) del artículo 10º de la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Sólidos, modifi cado por el Decreto Legislativo Nº 1065; establece que las Municipalidades están obligadas a: Planifi car la gestión integral de los residuos sólidos en el ámbito de su jurisdicción, compatibilizando los planes de manejo de residuos sólidos de sus distritos y centros poblados menores, con las políticas de desarrollo local y regional, así como con sus respectivos Planes de Acondicionamiento Territorial y de Desarrollo Urbano. Donde los Estudios de caracterización de los residuos Sólidos, son documentos sustentarios de base para su perfeccionamiento; Que, mediante el artículo cuarto de la Ordenanza Municipal Nº 277-MDA, que aprueba Plan de Manejo de Residuos Sólidos Municipales de la Municipalidad Distrital de Ate del Distrito de Ate, modifi cada por la Ordenanza Nº 295-MDA, se dispone la adecuación del Plan, mediante acciones de modifi cación que requiera el Plan de Manejo de Residuos Sólidos, acto administrativo autorizado expresamente al señor Alcalde por Decreto de Alcaldía; como en el presente caso, para arreglarla a las normas especializadas dispuestas por el Órgano Rector, concordante con lo prescrito en las Disposiciones Complementarias, Modifi catorias y Derogatorias de la Ordenanza Municipal Nº 295-MDA, que autoriza incorporar nuevos anexos del Plan de Manejo de los Residuos Sólidos del Distrito de Ate, y demás disposiciones que permitan la mejor aplicación de las Ordenanzas antes señaladas; Que, mediante Informe Nº 282 -2013-MDA/GSAC/ SGLPO, la Sub Gerencia de Limpieza Pública y Ornato, remite los acuerdos del Taller de Gestión Ambiental Participativa de la Comisión Ambiental Municipal (CAM-ATE), que emite opinión previa favorable para la aprobación del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Ate, documento actualizado en sus aspectos de forma, consolidación de anexos incorporados y de redacción ajustados al índice contenido en las Guías correspondientes y a las recomendaciones aprobadas por el Ministerio del Ambiente, conforme a lo dispuesto por el D.S. Nº 002-2013-EF, en cumplimiento de la Plan de Incentivos para la Mejora y Modernización de la Gestión Municipal, en observancia de las ordenanzas anteriormente mencionadas; Que, mediante Proveído Nº 1341-2013-MDA/GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del Artículo 20º, Artículo y 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Adecuación del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Ate. Adecúase el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Ate a las recomendaciones dispuestas por el D.S. Nº 002-2013-EF, en los siguientes campos: Índice, Titulo II del Plan de Manejo, Titulo III Conclusiones y Recomendaciones, Titulo IV Bibliografía y Titulo V: Anexos; conforme al Anexo Nº 06 de la Guía para formulación de Planes de Manejo de Residuos Sólidos elaboración del Plan de Manejo del MINAM. Artículo Segundo.- Incorpórese el Anexo Nº 04 en el Plan de Manejo de los Residuos Sólidos del Distrito de Ate, aprobado por la Ordenanza Nº 276 modifi cada por el Ordenanza Nº 295. Disponer la incorporación en el Anexo Nº 04, en el Plan de Manejo de los Residuos Sólidos del Distrito de Ate, los siguientes campos: A. INDICE B. II. PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS 2.2. Objetivos 2.2.1 Objetivo General 2.2.2 Objetivo Específi co 2.3 Visión del Plan 2.4. Líneas de acción y metas III. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 3.1. Conclusiones 3.2. Recomendaciones IV. BIBLIOGRAFÍA V. ANEXOS Anexo, cuyo texto en su integridad forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- PUBLICIDAD DEL PLAN El Anexo 04 del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Ate, que se incorpora en el Artículo primero del presente Decreto de Alcaldía, así como el Texto del Documento actualizo aprobado por la Ordenanza Nº 276 modifi cada por la Ordenanza Nº 295 y el presente Decreto de Alcaldía, serán publicados en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe), para su conocimiento y difusión. Artículo Cuarto.- Disposición normativa Modifi catoria y/o Derogatoria Modifíquese en todo o en parte y/o deroguese y déjese sin efecto legal alguno, toda norma dada por los diversos órganos de la Municipalidad Distrital de Ate que se oponga en parte o en su integridad a lo Dispuesto por el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Quinto.- Vigencia El presente Decreto de Alcaldía entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Sexto.- Implementación y cumplimiento Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios a la Ciudad, Sub Gerencia de Limpieza Pública y Ornato, y demás Unidades Orgánicas Competentes, el cumplimiento de la presente disposición municipal, disponiendo las acciones que correspondan. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 966588-1 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Aprueban el Reglamento de la Comisión Ambiental Municipal del Distrito de Carabayllo (CAM-CARABAYLLO) DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-2013/MDC Carabayllo, 3 de mayo del 2013 VISTO: El Informe Nº 051-2012-SGMA-GSCMA/MDC del Sub Gerente de Medio Ambiente que remite el Reglamento de la Comisión Ambiental Municipal del Distrito de Carabayllo (CAM), señalando que en atención a la Ordenanza Municipal Nº 196-A/MDC que crea la Comisión Ambiental Municipal, en cumplimiento del mandato imperativo, competencia municipal establecida 500025