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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2013 (25/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 56

El Peruano Jueves 25 de julio de 2013 A: b Proyecto: “ M e j o r a m i e n t o Ampliación de la Infraestructura Educativa de la Institución Educativa Nº 00851 - San Francisco de Pajonal, distrito de Calzada, Moyobamba - San Martín”. Código SNIP: 176992 Monto: S/. 89,272.16 Que, resulta necesario precisar que el artículo 77º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General -, señala que las entidades están facultadas para dar estabilidad a la colaboración interinstitucional mediante convenios de colaboración, en los cuales se establecen acuerdos de naturaleza obligatoria para las partes con cláusula expresa de libre adhesión y separación; lo cual concuerda con el principio de efi cacia e integración, desarrollados en los numerales 5 y 14 del artículo 8º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales -, conforme a los cuales los Gobiernos Regionales organizan su gestión en torno a los planes y proyectos de desarrollo regional concertados, al cumplimiento de objetivos y metas explícitos y de público conocimiento, y que la gestión debe orientarse a la formación de acuerdos macrorregionales que permitan el uso más efi ciente de los recursos, con la fi nalidad de alcanzar una economía más competitiva; Que, mediante Informe Legal Nº 024 - 2013-SCR- GRSM/ALE, de fecha 17 de junio del presente año, el Asesor Legal Externo del Consejo Regional de San Martín, opina: i) Que, se autorice vía Acuerdo Regional la transferencia de recursos fi nancieros hasta por la suma de S/. 89,272.16 nuevos soles, a favor de la Municipalidad Distrital de Calzada, para la ejecución del proyecto “Mejoramiento, Ampliación de la Infraestructura Educativa de la Institución Educativa Nº 00851 - San Francisco del Pajonal, Distrito de Calzada -Moyobamba- San Martín“ con código SNIP Nº 176992; ii) Que, se establezca en el Acuerdo de Consejo Regional que el Gobierno Regional de San Martín, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de fi nes, metas en sus dimensiones físicas y fi nancieras; iii) Que, se encargue al ejecutivo la fi rma del Convenio con la Municipalidad Distrital de Calzada, previa a la entrega de los recursos fi nancieros; iv) Que, se comuníquese el Acuerdo de Consejo Regional al Ejecutivo Regional y a las instancias pertinentes, así como disponer su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal de Transparencia del Gobierno Regional de San Martín. Que, de conformidad con lo establecido con el artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modifi cada por las Leyes Nº 27902 y Nº 28013, los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos de interés público, ciudadano o institucional; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Extraordinaria, desarrollada en el Recreo Turístico “La Kumba” - provincia de Picota, llevada a cabo el día miércoles 19 de Junio del 2013, aprobó por unanimidad el siguiente: ACUERDO REGIONAL: Artículo Primero: AUTORIZAR la Transferencia Financiera entre Pliegos Presupuestarios por la suma de S/. 89,272.16, según el Informe Nº 012-2013-GRSM/ GRPyP, de fecha 10 de junio del 2013; teniendo en cuenta el siguiente detalle: DE: PLIEGO: 459 Gobierno Regional de San Martín UNIDAD EJECUTORA: 001 Sede San Martín FTE DE FINANCIAMIENTO: 00 Recursos Ordinarios Monto: S/. 89,272.16 A: Entidad: Municipalidad Distrital de Calzada PROYECTO: “ M e j o r a m i e n t o Ampliación de la Infraestructura Educativa de la Institución Educativa Nº 00851 - San Francisco de Pajonal, distrito de Calzada, Moyobamba - San Martín”. CÓDIGO SNIP: 176992 Monto: S/. 89,272.16 Artículo Segundo: El Gobierno Regional de San Martín, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de fi nes, metas en sus dimensiones físicas y fi nancieras. Artículo Tercero: ENCARGAR al Ejecutivo Regional la fi rma del Convenio con la Municipalidad Distrital de Calzada, previa a la entrega de los recursos fi nancieros. Artículo Cuarto: COMUNICAR al Ejecutivo Regional así como a las instancias pertinentes del presente Acuerdo Regional. Artículo Quinto: ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San Martín realizar los trámites para la publicación del presente Acuerdo Regional, en el diario de mayor circulación de la Región San Martín y en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo Sexto: ENCARGAR a la Secretaría del Consejo Regional la publicación del presente Acuerdo Regional en el Portal Web del Gobierno Regional de San Martín. Artículo Septimo: DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO CH. NOLASCO AGUIRRE Presidente del Consejo Regional de San Martín 965988-1 ACUERDO REGIONAL Nº 031-2013-GRSM/CR Moyobamba, 19 de junio del 2013 El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, en asuntos de su competencia; Que, mediante Ley Nº 29951 – Ley de Presupuesto para el sector público para el año fi scal 2013, se promulga el Presupuesto Institucional para el año fi scal 2013; en el cual se encuentra inmerso en el Pliego 459 Gobierno Regional de San Martín, detallado a nivel categoría del gasto fuente de fi namiento, grupo genérico, actividades y/ o proyectos; encontrándose incluido el PIP “Creación del Mercado Municipal de Picota”, provincia de Picota – San Martín, por la suma de S/. 5´407,903.38; Que, mediante Ofi cio Nº 125-2013-A-MPP-2013, el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Picota remite el Expediente Técnico del Proyecto de Inversión Pública 500022