Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2013 (25/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Jueves 25 de MORDAZA de 2013

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La actuacion oficiosa del MORDAZA Electoral Especial de Tacna En virtud de los principios de impulso de oficio y de colaboracion entre las entidades publicas, el MORDAZA Electoral Especial de Tacna solicito informacion a la Policia Nacional del Peru y al Ministerio Publico, recibiendose la siguiente documentacion: a. Oficio Nº 309-13-REGPOLSUR/DIRTE-TAC./Sec., del 9 de MORDAZA de 2013, remitido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ridoutt, MORDAZA de la Direccion Territorial de Tacna de la Policia Nacional del Peru, a MORDAZA MORDAZA Bermejo MORDAZA, presidente del MORDAZA Electoral Especial de Tacna, que manifiesta que el 7 de MORDAZA de 2013, a las once horas y quince minutos, se suscito un incidente en la parte posterior del local de votacion entre la regidora MORDAZA Calizaya MORDAZA de Calizaya y el reportero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, produciendose un intercambio de palabras que no llego a la agresion mutua. b. Informe Nº 002-2013-2DO.DIDT/FPMC-TARATA, del 9 de MORDAZA de 2013, elaborado por MORDAZA Edme MORDAZA MORDAZA, fiscal provincial del MORDAZA despacho de investigacion y decision temprana de Tarata, que manifiesta que: i) las mesas de sufragio fueron instaladas con absoluta normalidad; ii) el coordinador distrital de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales informa que, presuntamente, los regidores del Concejo Distrital de Tarucachi estarian ubicados en grupos en los kilometros 77,5 y 78,3 de la carretera Tacna - Tarata, para interceptar a los electores, ofreciendoles dinero para influenciar en el sentido de su voto; sin embargo, habiendose constituido el citado fiscal provincial, no verifico tal informacion; y iii) el MORDAZA electoral concluyo sin mayor novedad. Posicion del MORDAZA Electoral Especial de Tacna Mediante la Resolucion Nº 001-2013-JEE TACNA, del 16 de MORDAZA de 2013, el MORDAZA Electoral Especial de Tacna declaro improcedente el pedido formulado por MORDAZA MORDAZA Calizaya, personero legal titular de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Calizaya, promotor de la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales del distrito de Tarucachi, provincia de Tarata, departamento de Tacna, en virtud de los siguientes argumentos: a. En el plazo de tres dias naturales computados a partir de la fecha de la eleccion, el MORDAZA Electoral Especial no recibio ningun pedido de nulidad de la consulta popular de revocatoria del mandato popular de las autoridades municipales del distrito de Tarucachi, sustentado en la causal prevista en el articulo 363, inciso b, de la Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones (en adelante LOE). b. Conforme lo dispone el articulo 316 de la LOE, la proclamacion de resultados solicitada por MORDAZA MORDAZA Calizaya, constituye un acto que no le compete al MORDAZA Electoral Especial. c. No se ha acreditado la existencia de ilicito penal alguno el 7 de MORDAZA de 2013, en el MORDAZA del MORDAZA de consulta popular de revocatoria. Consideraciones del apelante Con fecha 19 de MORDAZA de 2013, MORDAZA MORDAZA Calizaya interpone recurso de apelacion contra la Resolucion Nº 001-2013-JEE TACNA, alegando lo siguiente: a. El MORDAZA Electoral Especial de Tacna no ha aplicado, de oficio, el articulo 36 de la LEM, a pesar que resultaba aplicable al presente caso. b. El MORDAZA Electoral Especial debio de aplicar lo dispuesto en el articulo 23 de la LEM y proclamar a la opcion que obtuve la votacion mas alta, esto es, la opcion Si. c. Debe tomarse en consideracion que los integrantes del concejo municipal no solo no acudieron a votar, sino que han impulsado el ausentismo. d. El MORDAZA Electoral Especial no ha solicitado informacion al coordinador de fiscalizacion sobre las incidencias reportadas en el distrito de Tarucachi. e. El MORDAZA Electoral Especial no ha motivado adecuada y suficientemente su resolucion.

Confirman resolucion que declaro improcedente pedido de proclamacion de resultados de consulta popular en el distrito de Tarucachi, provincia de Tarata y dispone se proceda a convocar a nuevas autoridades municipales
RESOLUCION Nº 709-2013-JNE Expediente Nº J-2013-00911 JEE TACNA 00038-2013-019 TARUCACHI - TARATA - TACNA MORDAZA, veinticuatro de MORDAZA de dos mil trece VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA Calizaya, personero legal titular de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Calizaya, promotor del MORDAZA de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales del distrito de Tarucachi, provincia de Tarata, departamento de Tacna, realizado el 7 de MORDAZA de 2013, en contra de la Resolucion Nº 001-2013-JEE TACNA, del 16 de MORDAZA de 2013, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Tacna, que declaro improcedente su pedido de proclamacion de resultados de la referida consulta popular y se proceda a convocar a las nuevas autoridades municipales. ANTECEDENTES La solicitud de nulidad del MORDAZA electoral Con fecha 10 de MORDAZA de 2013, MORDAZA MORDAZA Calizaya, personero legal titular de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Calizaya, promotor de la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales del distrito de Tarucachi, provincia de Tarata, departamento de Tacna, solicita que se proclamen los resultados obtenidos en el MORDAZA de consulta popular en cuestion, realizado el 7 de MORDAZA de 2013, al haber ganado la opcion Si, por lo que procede convocar a las nuevas autoridades municipales. Su pedido se sustenta, fundamentalmente, en los siguientes argumentos: a. Tomando en cuenta que el distrito de Tarucachi cuenta con una poblacion electoral de 647 electores y en la consulta popular solo participaron 202 electores, aparentemente, en aplicacion de lo establecido en el articulo 36 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante LEM), el MORDAZA debe ser declarado nulo. b. Han sido el MORDAZA en sus funciones y los regidores quienes han propiciado el ausentismo de los electores. c. Las autoridades municipales sometidas a consulta festejaron el ausentismo de los electores. d. El MORDAZA Nacional de Elecciones, en la Resolucion Nº 650-2012-JNE, ya ha convalidado un MORDAZA electoral cuando el ausentismo que generaba la incursion en un supuesto de nulidad del mismo habia sido provocado por la autoridad municipal que se encontraba en el ejercicio del cargo y que se veria beneficiada con la declaratoria de nulidad del proceso. Con la finalidad de acreditar sus afirmaciones, el solicitante proporciona, entre otras, la siguiente documentacion: a. Memorial suscrito por diecisiete ciudadanos en la que se indica que el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Calizaya impidio el sufragio en la consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales, ya que le pago dinero a los electores para que no acudan a votar. b. Acta de fiscalizacion, elaborada el 7 de MORDAZA de 2013, a las once horas y cincuenta y dos minutos, en la que consigna que un elector denuncio que el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Calizaya habia visitado los domicilios de los electores pagando S/. 100,00 (cien y 00/100 Nuevos Soles) y S/. 50,00 (cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) para que estos no vayan a votar.

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