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El Peruano Sábado 27 de julio de 2013 500168 Con la opinión favorable del Director General de Electrifi cación Rural y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia a título gratuito de los bienes que conforman el Proyecto “Sistema Eléctrico Rural Chachapoyas III Etapa”, provincias de Bongara, Chachapoyas y Luya, departamento de Amazonas, a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. – Electronorte S.A de acuerdo a lo señalado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Poner en conocimiento de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. – Electronorte S.A. y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE, lo dispuesto en el artículo primero de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 967403-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 298-2013-MEM/DM Lima, 25 de julio de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-2007-EM del 05 de mayo del 2007, se dispuso la fusión del Proyecto de Mejoramiento de la Electrifi cación Rural, mediante la aplicación de Fondos Concursables - Proyecto FONER con la Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas, creándose la Dirección General de Electrifi cación Rural, la misma que ha entrado en funciones el 01 de enero de 2008; Que, previa Licitación Pública N° LP-0008-2009-MEM/ DGER, la Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas (en adelante DGER/MEM), y de la otra parte el Consorcio Coracora, suscribieron el 02 de octubre de 2009, el Contrato N° 033-2009-EM/DGER, para la Ejecución de la Obra “Electrifi cación Rural (Grupo 4-4) que comprenden las obras: 1) Sistema Eléctrico Rural Coracora III Etapa y 2) Sistema Eléctrico Rural Lircay – Acobamba III Etapa, ubicados en los departamentos de Ayacucho, Arequipa y Huancavelica, por un monto ascendente a S/. 2 979 278,30 (Dos Millones Novecientos Setenta y Nueve Mil Doscientos Setenta y Ocho con 30/100 Nuevos Soles) incluido impuestos y un plazo de ejecución de doscientos diez (210) días calendario; Que, mediante Resolución Directoral N° 206-2011- EM/DGER de fecha 04 de octubre de 2011, se aprobó la Liquidación Final del Contrato N° 033-2009-MEM/DGER, suscrito entre la Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas y el Contratista Consorcio Coracora, para la Ejecución de la Obra “Electrifi cación Rural (Grupo 4-4), ubicada en los departamentos de Ayacucho, Arequipa y Huancavelica”, la misma que determinó un monto fi nal del contrato ascendente a S/. 2 880 788, 36 (Dos Millones Ochocientos Ochenta Mil Setecientos Ochenta y Ocho con 36/100 Nuevos Soles) incluido impuestos. La Liquidación Final del Proyecto comprende entre otros, la camioneta Pick Up, marca Toyota, placa PIG-426, año de fabricación 2000, modelo Hilux 4x4 C/D, doble cabina, color Gris Metálico, con N° de motor 3L4972230; Que, mediante Resolución Directoral N° 217-2013-EM/ DGER de fecha 19 de junio de 2013, se aprobó la Liquidación Final del Proyecto “Sistema Eléctrico Rural Coracora III Etapa”, ubicado en las provincias de Lucanas, Parinacochas, Paucar del Sara Sara y la Unión, de los departamentos de Ayacucho y Arequipa, estableciendo un monto fi nal a la fecha de la transferencia ascendente a S/. 2 781 667,55 (Dos Millones Setecientos Ochenta y Un Mil Seiscientos Sesenta y Siete con 55/100 Nuevos Soles) incluido impuestos; Que, el Artículo 5° de la Ley N° 28749 - Ley General de Electrifi cación Rural, establece que el Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección Dirección Ejecutiva de Proyectos, actualmente Dirección General de Electrifi cación Rural, es competente en materia de electrifi cación rural, coordinando con los gobiernos nacionales y locales, empresas concesionarias de distribución eléctrica y de electrifi cación rural, y demás entidades y programas del Gobierno Nacional, relacionadas con la ejecución de obras de electrifi cación rural y su administración, operación o mantenimiento; Que, asimismo el Artículo 18° de la Ley acotada en el párrafo precedente, concordante con el Artículo 53° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-EM, establece que el Ministerio de Energía y Minas transferirá a título gratuito los Sistemas Eléctricos Rurales que haya ejecutado o ejecute, preferentemente a las empresas concesionarias de distribución eléctrica de propiedad estatal o a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. - ADINELSA; Que, el Especialista en Liquidaciones y Transferencias de la Dirección de Proyectos de la DGER/MEM, mediante Informe Nº 090-2013-MEM/DGER/DPR-JER de fecha 20 de junio de 2013, señaló que la transferencia de los bienes fi nanciados por la DGER/MEM que conforman el Proyecto Sistema Eléctrico Rural Coracora III Etapa”, provincias de Lucanas, Parinacochas, Paucar del Sara Sara y La Unión, departamentos de Ayacucho y Arequipa, se efectuará a título gratuito a favor de la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. – ADINELSA, por la suma de S/. 2 781 667,55 (Dos Millones Setecientos Ochenta y Un Mil Seiscientos Sesenta y Siete y 55/100 Nuevos Soles) incluido impuestos; Que, la Jefatura de Energías Renovables, a través del Memorándum N° 179-2013-MEM/DGER/DPR-JER de fecha 21 de junio de 2013, remite a la Jefatura de Administración y Finanzas el Expediente de Transferencia del Proyecto, solicitando que se efectué la respectiva conciliación contable, emitiéndose posteriormente el Memorándum N° 383-2013-MEM/DGER-JAF de fecha 24 de junio de 2013, indicándose que se ha efectuado la conciliación contable requerida; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28749 - Ley General de Electrifi cación Rural, Decreto Supremo N° 025-2007-EM y sus modifi catorias que aprueba el Reglamento de la Ley de Electrifi cación Rural, la Ley N° 29151- Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales su modifi catoria y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 007- 2008-VIVIENDA, el Decreto Ley N° 25962, que aprueba la Ley Orgánica del Sector Energía y Minas, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y sus modifi catorias; y la Directiva N° 005-2008-EM/DGER, sobre las Normas y Procedimientos para la Transferencia de Proyectos ejecutados por la DGER/MEM; Con la opinión favorable del Director General de Electrifi cación Rural y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la transferencia a título gratuito de los bienes que conforman el Proyecto Sistema Eléctrico Rural Coracora III Etapa, ubicado en los departamentos de Ayacucho y Arequipa, fi nanciados por la Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas, a favor de la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. – ADINELSA, que comprende entre otros, la camioneta Pick Up, marca Toyota, placa PIG-426, año de fabricación 2000, modelo Hilux 4x4 C/D, doble cabina, color Gris Metálico, con N° de motor 3L4972230. Artículo 2°.- Poner en conocimiento de la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. - ADINELSA y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 967402-1 Aprueban transferencia a título gratuito a favor de Electro Oriente S.A. de bienes que conforman proyectos de sistemas eléctricos rurales en los departamentos de San Martín y Loreto RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 297-2013-MEM/DM Lima, 25 de julio 2013