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El Peruano Sábado 27 de julio de 2013 500176 circuito propio o de terceros, donde el postulante pueda realizar sus prácticas de manejo. Que, mediante Parte Diario Nº 066273 de fecha 20 de mayo de 2013, La Escuela en respuesta al Ofi cio antes citado, remite copia del voucher Nº S-0014453-2013, presentado a la Municipalidad Distrital de Los Olivos, mediante el cual se acoge al Silencio Administrativo Positivo, dado que la referida Municipalidad no se ha pronunciado respecto de la autorización para el uso de las vías públicas dentro de su jurisdicción, solicitada por La Escuela; Que, mediante Parte Diario Nº 073098 de fecha 31 de mayo de 2013, La Escuela presenta copia de Constancia de Licencia Nº 00003-2013-MDLO/GR/SGLCAC, expedida por la Sub Gerencia de Licencias y Control de Actividades Comerciales de la Municipalidad de Los Olivos, donde señala: “Que cuenta con Licencia de Funcionamiento con Vigencia Indeterminada, según Ley Nº 28976-2007. Asimismo, indica que con el expediente S0015434-2013, atenderá lo solicitado respecto al uso de las vías públicas”; Que, mediante Parte Diario Nº 075553 de fecha 05 de junio de 2013, La Escuela presenta copia de Notifi cación Administrativa Nº 02860-2013/MDLO/GR/ SGLCAC, expedida por la Municipalidad de Los Olivos, en el que señalan el uso de las vías públicas dentro de su jurisdicción; Que, mediante Parte Diario Nº 078847 de fecha 11 de junio de 2013, La Escuela solicita prórroga de 15 días útiles y mediante Ofi cio Nº 4107-2013-MTC/15.03 de fecha 13 de junio de 2013, se le concede el plazo ampliatorio de 10 días útiles, para subsanar las observaciones contenidas en el Ofi cio Nº 3285-2013-MTC/15.03 de fecha 09 de mayo de 2013; Que, mediante Parte Diario Nº 087187 de fecha 25 de junio de 2013, La Escuela solicita autorización de un circuito cerrado (alterno), ubicado en la Hacienda Tambo Inga, unidad Catastral Nº 10521, Km. 29.50 de la carretera Panamericana Norte, Distrito de Puente Piedra, Provincia y Departamento de Lima; Que, el artículo 52º de El Reglamento dispone que para solicitar la ampliación de locales, deberá acompañar a su solicitud, los documentos descritos en los literales c), d), f), g), h), j), k) y l) del artículo 51º del presente reglamento, así como presentar una declaración jurada precisando que cuentan con los bienes, muebles y enseres que constituyen el equipamiento requerido para el funcionamiento de dicho local como Escuela de Conductores, presentando la relación detallada de su equipamiento; Que, estando con lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, en el Informe Nº 519-2013- MTC/15.03.AA.ec y siendo éste parte integrante de la presente resolución, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre; la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de local en la Provincia Constitucional del Callao, a La Escuela T-APRUEBO S.A.C., para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, por el periodo indicado en su resolución primigenia, con el objetivo de impartir los conocimientos teóricos – prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la clase A categorías I, II, III y clase B categoría II-c; en consecuencia, procédase a su inscripción en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes términos: Denominación de la Escuela : T-APRUEBO S.A.C. Clase de Escuela : Escuela de Conductores Integrales Ubicación del Establecimiento : OFICINAS ADMINISTRATIVAS, AULAS DE ENSEÑANZA, TALLER DE INSTRUCCIÓN TEÓRICO – PRÁCTICO DE MECÁNICA: Av. Bertello Mz. C, Lt. 21, Urb. Los Jazmines, Distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao. CIRCUITO DE MANEJO Av. Industrial Altura Km. 29.50 Panamericana Norte, Distrito de Puente Piedra, Provincia y Departamento de Lima. PROGRAMA DE ESTUDIOS: Cursos generales: a) Enseñanza de las normas del Reglamento Nacional de Tránsito. b) Técnicas de conducción a la defensiva, lo que incluye las habilidades y destrezas necesarias para la conducción de un vehículo correspondiente a la licencia de conducir por la que va a optar el postulante, considerando las distintas condiciones en la que debe operar, tales como: clima, tipo de camino, geografía, entre otros aspectos. c) Funcionamiento y mantenimiento del vehículo motorizado que corresponda a la respectiva clasifi cación de licencia de conducir. d) Sensibilización sobre accidentes de tránsito, que debe de incluir la información estadística sobre accidentalidad, los daños que estos ocasionan y la forma de prevenirlos así como la proyección fílmica o documental de casos sobre accidentes de tránsito y sus secuelas. e) Primeros auxilios y protocolo de actuación en casos de accidente de tránsito. f) Mecánica automotriz básica. g) Normas sobre límites máximos permisibles de emisiones de gases contaminantes en vehículos. Cursos específi cos para realizar el servicio de transporte de personas: a) Urbanidad y trato con el usuario. b) Principios de Salud ocupacional aplicados al transporte. c) Enseñanza de las normas de seguridad y calidad que regulan la prestación del servicio de transporte de personas. d) Enseñanza de las normas sobre clasifi cación vehicular, características y requisitos técnicos vehiculares relativos a los vehículos del servicio de transporte de personas. e) Pesos y dimensiones vehiculares máximos permitidos para vehículos de transporte de personas, tolerancias en el pesaje, bonifi caciones y régimen de infracciones y sanciones por excesos en los pesos y dimensiones vehiculares. f) Mecánica Automotriz avanzada según la categoría del vehículo que corresponda. g) Uso de la tecnología aplicable al transporte de personas. Cursos específi cos para realizar el transporte de mercancías: a) Urbanidad y trato con el público. b) Principios de salud ocupacional aplicados al transporte. c) Enseñanza de las normas que regulan la prestación de los servicios de transporte de mercancías. d) Enseñanza de las normas básicas sobre clasifi cación vehicular; así como características y requisitos técnicos vehiculares relativos a los vehículos del transporte de mercancías. e) Pesos y dimensiones vehiculares máximos permitidos para vehículos de transporte de mercancías, tolerancias en el pesaje, bonifi caciones y régimen de infracciones y sanciones por excesos en los pesos y dimensiones vehiculares. f) Manejo correcto de la carga. g) Mecánica Automotriz avanzada según la categoría del vehículo que corresponda. h) Enseñanza de normas tributarias sobre el uso de la guía de remisión del transportista. i) Uso de tecnología aplicable al transporte de mercancías. Artículo Segundo.- Declarar improcedente en el extremo de la solicitud presentada por la Escuela T- APRUEBO S.A.C., sobre el uso del circuito de manejo en la vía pública, la misma que fue otorgada mediante