Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2013 (27/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Sabado 27 de MORDAZA de 2013

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y Mecanismo de Compensacion entre Usuarios Regulados"; Que, finalmente se han expedido los Informes Nº 0334-2013-GART y N° 332-2013-GART de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, los cuales complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Articulo 3º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444; De conformidad con lo establecido en la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, Ley N° 27332; en el Reglamento General del OSINERGMIN, Decreto Supremo N° 0542001-PCM; en la Ley de Concesiones Electricas, Decreto Ley N° 25844 y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; en la Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica, Ley N° 28832; en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444; asi como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de OSINERGMIN en su Sesion Nº 21-2013; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modifiquese el numeral 7 de la MORDAZA "Precios a Nivel Generacion y Mecanismo de Compensacion entre Usuarios Regulados", aprobado mediante Resolucion OSINERGMIN N° 180-2007-OS/CD, y modificatorias, conforme al siguiente texto: "7. MORDAZA DE INFORMACION 7.1 Los Distribuidores presentaran a OSINERGMIN la informacion que se senala en los Formatos de las tablas 1, 2, 3 y 4 respectivamente, segun se describen en el Anexo del numeral 8. 7.2 La informacion de las tablas 1, 2, 3 y 4 sera reportada a OSINERGMIN a mas tardar el ultimo dia de cada mes, posterior a la fecha que corresponda la informacion, tanto en medio digital e impreso. Cuando se reporte en medio digital sera a traves de la Plataforma Web ubicada en la pagina Web de OSINERGMIN (www2.osinerg.gob.pe/PNG/Remision). Dicha plataforma cuenta con las funcionalidades necesarias para el ingreso y la validacion de los datos, asimismo el sistema permitira el ingreso masivo de la informacion de acuerdo a lo indicado en la direccion www2.osinerg.gob.pe/ Formularios. Cuando se reporte en medio impreso sera mediante las actas de conformidad de remision de la informacion generada por la Plataforma Web, las mismas que deberan ser entregadas a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria de OSINERGMIN ubicada en Av. Canada N° 1460 - San MORDAZA, MORDAZA u Oficinas descentralizadas de OSINERGMIN en provincias. 7.3 Una MORDAZA de los contratos debe ser alcanzada de acuerdo a lo indicado en la MORDAZA de licitaciones." Articulo 2°.- Sustituyase los Anexos 1, y 2 del numeral 8 de la MORDAZA "Precios a Nivel Generacion y Mecanismo de Compensacion entre Usuarios Regulados", aprobado mediante Resolucion OSINERGMIN N° 180-2007-OS/ CD, por los siguientes: "8. ANEXOS ANEXO 1 ESPECIFICACION DE LA INFORMACION REQUERIDA Estructura de las tablas de datos usados para la carga masiva en el aplicativo Web que OSINERGMIN ha puesto a disposicion de las empresas suministradoras. 1. INFORMACION DE COMPRA DE ENERGIA Y POTENCIA (Tabla 1: Informacion de Compra de Energia y Potencia) Se refiere a la informacion de la compra de Energia y Potencia que se dan entre las empresas. La Tabla 1 esta conformada por los siguientes campos: 1) Mes Reportado. Corresponde a la fecha en la cual se hace la compra de Energia y Potencia. Se expresa de la siguiente forma: "AAAAMM".

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Modifican numeral y Anexos de la MORDAZA "Precios a Nivel Generacion y Mecanismo de Compensacion entre Usuarios Regulados", aprobada mediante Resolucion OSINERGMIN N° 180-2007-OS/CD
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 161-2013-OS/CD MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO Que, el Articulo 29º de la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica, creo el Precio a Nivel Generacion para los consumidores finales de electricidad localizados en el Peru que son sujetos a regulacion de precios por la energia o potencia que consumen. Dicho Precio a Nivel Generacion es calculado como el promedio ponderado de los Contratos sin Licitacion y los Contratos resultantes de Licitaciones; Que, el citado Articulo 29º, dispone el establecimiento de un mecanismo de compensacion entre Usuarios Regulados del MORDAZA, con la finalidad que el Precio a Nivel Generacion sea unico, excepto por las perdidas y la congestion de los sistemas de transmision; Que, el "Reglamento del Mecanismo de Compensacion entre los Usuarios Regulados del SEIN", aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2007-EM, dispone que OSINERGMIN apruebe los procedimientos necesarios para calcular el Precio a Nivel Generacion y determine el programa de transferencias entre empresas aportantes y receptoras del mecanismo de compensacion; Que, en ese sentido, mediante Resolucion OSINERGMIN N° 180-2007-OS/CD, y modificatorias, se aprobo la MORDAZA "Precios a Nivel Generacion y Mecanismo de Compensacion entre Usuarios Regulados" (en adelante "PROCEDIMIENTO"); Que, los criterios establecidos en los Contratos de Suministro de Energia de largo plazo, resultantes de los procesos de Licitacion, que vienen entrando en vigencia a partir del 01 de enero de 2013, hacen necesario considerar el incentivo de las licitaciones anticipadas de acuerdo con lo indicado en el Articulo 10° del Reglamento de Licitaciones del Suministro de Electricidad, aprobado mediante Decreto supremo N° 052-2007-EM. Asimismo, resulta conveniente tomar en cuenta la actualizacion de precios con frecuencia trimestral e incluir los factores nodales establecidos por el Comite de Operacion Economica del Sistema ("COES"); Que, se considera necesario realizar cambios en la plataforma Web de envio de informacion, con la finalidad de contemplar los cambios explicados en los considerandos anteriores, asi como realizar mejoras en la remision de informacion establecida en el PROCEDIMIENTO; Que, mediante la Resolucion OSINERGMIN N° 0782013-OS/CD publicada el 31 de MORDAZA del 2013, se dispuso la publicacion de proyecto de resolucion que modifica la MORDAZA "Precios a Nivel Generacion y Mecanismo de Compensacion entre Usuarios Regulados", habiendose recibido las opiniones y sugerencias de las empresas Hidrandina S.A. y Luz del Sur S.A.A. y efectuado el analisis respectivo en el Informe Nº 0334-2013-GART, acogiendose aquello que contribuye al logro de los objetivos de la norma; Que, en consecuencia, luego de efectuado el analisis, resulta procedente disponer la aprobacion de las modificaciones a la MORDAZA "Precios a Nivel Generacion

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