Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2013 (27/07/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano Sabado 27 de MORDAZA de 2013

500173
Vista la solicitud de PERUVIAN AIR LINE S.A. sobre Modificacion de Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral N° 359-2012MTC/12 del 16 de noviembre del 2012, se otorgo a PERUVIAN AIR LINE S.A. Permiso de Operacion para prestar Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) anos, hasta el 02 de diciembre del 2016; Que, con documentos de Registro Nº 2013-013848 del 06 de marzo del 2013 y N° 047906 del 17 de MORDAZA del 2013, PERUVIAN AIR LINE S.A. requiere Modificacion de Permiso de Operacion para prestar Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, a fin de incrementar rutas y frecuencias; Que, segun los terminos del Memorando N° 592-2013MTC/12.LEG, Memorando Nº 036-2013-MTC/12.POA, Memorando Nº 143-2013-MTC/12.07.CER e Informe Nº 196-2013-MTC/12.07, emitidos por las areas competentes de la Direccion General de Aeronautica Civil y que forman parte de la presente Resolucion Directoral, conforme a lo dispuesto en el articulo 6° numeral 2) de la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera pertinente atender, en lo que corresponde, lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento y demas disposiciones legales vigentes; Que, PERUVIAN AIR LINE S.A., cuenta con el Certificado de Explotador de Servicios Aereos Nº 073 y sus Especificaciones de Operacion respectivas; Que, de acuerdo a los terminos del Memorando N° 0362013-MTC/12.POA, el punto TACNA aun no se encuentra en MORDAZA como uno de los puntos a ser operados, conforme al MORDAZA bilateral vigente con Chile; Que, en aplicacion del articulo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC, demas disposiciones legales vigentes y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar - en los extremos pertinentes - el Articulo 1° de la Resolucion Directoral Nº 3592012-MTC/12, que otorgo a PERUVIAN AIR LINE S.A. Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, en los siguientes terminos: RUTAS, FRECUENCIAS AEROCOMERCIALES: Y DERECHOS

Que, los avances cientificos y tecnologicos, crean la necesidad de establecer lineamientos normativos que permitan la calificacion de los proyectos de investigacion a nivel nacional, con la finalidad de garantizar el derecho a la MORDAZA, a la integridad y al bienestar del MORDAZA, asi como a la calidad de la investigacion; Que, el articulo 33° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, dispone que el Instituto Nacional de Salud (INS), como Organismo Publico del Ministerio de Salud, tiene como mision desarrollar y difundir la investigacion y la tecnologia en los MORDAZA de la salud ocupacional y proteccion del ambiente centrado en la salud de las personas, la salud publica y el control de las enfermedades transmisibles, la alimentacion y nutricion para la salud de la poblacion, los productos biologicos relacionados con la salud de las personas, la investigacion, el conocimiento y difusion de aspectos interculturales para mejorar la salud de la poblacion, y el control de calidad de medicamentos, insumos, drogas y otros; Que, mediante los documentos del visto, el Instituto Nacional de Salud, remite la propuesta de modificacion de los articulos 131° y 132° literal b), del Reglamento de Ensayos Clinicos en el Peru aprobado por Decreto Supremo N° 017-2006-SA, asi como la Escala de Multas; Que, resulta conveniente poner a disposicion de la ciudadania en general el mencionado proyecto normativo, con la finalidad de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones que pudieran contribuir al mejoramiento del mismo; Que, el numeral 3, del articulo 13° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, dispone que los proyectos de reglamento se publican en el MORDAZA electronico respectivo y por no menos de cinco (5) dias calendario, para recibir aportes de la ciudadania, cuando asi lo requiera la Ley; Con las visaciones del Jefe del Instituto Nacional de Salud, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud y la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones efectue la prepublicacion del Proyecto de Modificatoria de los Articulos 131° y 132° literal b), del Reglamento de Ensayos Clinicos en el Peru aprobado por Decreto Supremo N° 017-2006-SA, asi como la Escala de Multas, en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Salud, en la direccion electronica http://www.minsa.gob.pe/transparencia/ dge_normas.asp y el enlace de documentos en consulta http://www.minsa.gob.pe/portada/docconsulta.asp, a efecto de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades publicas o privadas, y de la ciudadania en general, durante el plazo de veinte (20) dias, a traves de los correos webmaster@ minsa.gob.pe y postmaster@ins.gob.pe. Articulo 2°.- Dejar sin efecto el articulo 131°, de la prepublicacion efectuada mediante Resolucion Ministerial N° 384-2013/MINSA del 5 de MORDAZA de 2013. Articulo 3°.- Encargar al Instituto Nacional de Salud, la recepcion, procesamiento y sistematizacion de las sugerencias y comentarios que se presenten, a fin de elaborar el proyecto correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud

968161-2

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Modifican articulo de la R.D. Nº 359-2012MTC/12, que otorgo a Peruvian Air Line S.A. permiso de operacion de servicio de transporte aereo internacional regular de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 259-2013-MTC/12
MORDAZA, 18 de junio de 2013

1. MORDAZA, de conformidad con el "Memorandum de Entendimiento entre las Autoridades Aeronauticas Civiles de la Republica del Peru y la Republica de Chile" del 07 de MORDAZA de 2011, ratificada mediante Resolucion Ministerial Nº 412-2011-MTC/02, se concede: CON DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA Y CUARTA MORDAZA DEL AIRE: - MORDAZA ­ IQUIQUE Y VV., siete (07) frecuencias semanales. - MORDAZA ­ MORDAZA Y VV., siete (07) frecuencias semanales. 2. ECUADOR, de conformidad con la Decision 582 de la Comision de la Comunidad MORDAZA de Naciones, se concede: CON DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA Y CUARTA MORDAZA DEL AIRE: - MORDAZA Y/O MORDAZA ­ GUAYAQUIL Y VV., siete (07) frecuencias semanales.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.