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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2013 (27/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 34

El Peruano Sábado 27 de julio de 2013 500172 modifi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013/PCM; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Juan Fernando Javier Rojas Samanez, Viceministro de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 30 de julio al 1 de agosto de 2013, para que participe en la XVIII Reunión del Grupo de Alto Nivel de la Alianza del Pacífi co. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0090930: Integración y Negociaciones Económicas Internacionales, debiendo presentar la rendición de cuenta en un plazo no mayor de quince (15) días, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Juan Fernando Javier Rojas Samanez 1,230.00 370.00 3 1,110.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- Encargar al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Claudio Julio De la Puente Ribeyro, Director General de América, con retención de su cargo, las funciones del Viceministro de Relaciones Exteriores y del Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, a partir del 30 de julio de 2013, y mientras dure la ausencia del titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDA RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 968221-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0692/RE Lima, 26 de julio de 2013 CONSIDERANDO: Que, el señor Presidente de la República viajará a la ciudad de Paramaribo, República de Surinam, el 30 de agosto de 2013, para participar en la VII Reunión Ordinaria del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR); Que, con la fi nalidad de coordinar la ejecución de aspectos protocolares y de ceremonial vinculados al recibimiento y participación del señor Presidente de la República y su comitiva en la referida cumbre, es necesario que el Tercer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Omar Salvatierra Robles, funcionario de la Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado, viaje a la ciudad de Paramaribo, República de Surinam, para que participe en las reuniones de Misiones de Avanzada que se realizarán del 1 al 2 de agosto de 2013; Que, por razones de itinerario, el viaje del citado funcionario diplomático se realizará del 31 de julio al 3 de agosto de 2013; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) Nº 4239, del Despacho Viceministerial, de 23 de julio de 2013; y los Memoranda (PRO) Nº PRO0442/2013, de la Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado, de 23 de julio de 2013; y (OPR) Nº OPR0343/2013, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 26 de julio de 2013, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047- 2002/PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 056- 2013/PCM; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Tercer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Omar Salvatierra Robles, funcionario de la Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado, a la ciudad de Paramaribo, República de Surinam, del 31 de julio al 3 de agosto de 2013, para que participe en las reuniones de Misiones de Avanzada, con motivo de la VII Reunión Ordinaria del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR). Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0082625: Acciones de Política Exterior en América, debiendo presentar la rendición de cuentas, en un plazo no mayor de quince (15) días, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Omar Salvatierra Robles 2,950.00 370.00 2 740.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDA RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 968221-4 SALUD Disponen la prepublicación del Proyecto de Modificatoria de los Artículos 131° y 132° literal b), del Reglamento de Ensayos Clínicos en el Perú aprobado por D.S. N° 017-2006- SA, así como la Escala de Multas, en el Portal Institucional del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 472-2013/MINSA Lima, 26 de julio de 2013 Visto, el Expediente N° 13-064767-001 que contiene el Informe N° 106-2013-DG-OGITT-OPE/INS y el Ofi cio N° 990-2013-J-OPE/INS del Instituto Nacional de Salud; CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, señala que la protección de la salud es de interés público y por tanto es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, mediante Decreto Supremo N° 017-2006-SA, se aprobó el Reglamento de Ensayos Clínicos del Perú, el cual norma la ejecución de los ensayos clínicos en el país, quedando sujetas a sus disposiciones las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras que realicen o estén vinculadas con los ensayos clínicos en seres humanos en el territorio nacional;