Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2013 (08/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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SE RESUELVE: Articulo 1.- Delegacion de facultades Delegar en el Jefe de la Unidad Ejecutora 003: "Fomento al Consumo Humano Directo ­ A Comer Pescado", las siguientes facultades y atribuciones correspondientes a la Unidad Ejecutora 003 del Pliego 038 Ministerio de la Produccion: 1.1 En materia de Contrataciones del Estado: a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones de la Unidad Ejecutora 003. Ademas, aprobar las modificaciones del Plan Anual de Contrataciones, previo informe presupuestal favorable de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Produccion. b) Aprobar las bases de los procesos de seleccion que convoque la Unidad Ejecutora 003, provenientes de exoneraciones. c) Aprobar el MORDAZA de estandarizacion de bienes, de acuerdo a lo prescrito por el articulo 11 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF y sus modificatorias. d) Resolver los recursos de apelacion que interpongan los postores contra los actos dictados durante el desarrollo del MORDAZA de seleccion, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos MORDAZA de la celebracion del contrato, en los procesos de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva y Adjudicacion de Menor Cuantia. e) Aprobar los expedientes de contratacion, en el MORDAZA de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. f) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comites especiales de los procesos de seleccion de Licitacion Publica, Concurso Publico, Adjudicacion Directa y Adjudicacion de Menor Cuantia. En este ultimo caso, podra designar un Comite Especial Ad Hoc o Permanente, cuando lo considere conveniente. Asimismo, podra aprobar la recomposicion de los mismos. g) Aprobar previo al otorgamiento de la buena pro, las propuestas de los postores que superen el valor referencial en los procesos de seleccion para la ejecucion de obras, hasta el limite MORDAZA del diez por ciento (10%) del mismo, siempre que se cuente con la asignacion suficiente de recursos, de acuerdo a lo prescrito por el articulo 33 de la Ley de Contrataciones del Estado y el articulo 76 de su reglamento. h) Aprobar la cancelacion parcial o total de los procesos de seleccion, por causal debidamente motivada y bajo los lineamientos dispuestos por el Decreto Legislativo N° 1017, modificado por Ley Nº 29873, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 184-2008-EF y sus modificatorias. i) Aprobar la resolucion de contratos suscritos para la adquisicion de bienes, contratacion de servicios y ejecucion de obras, con excepcion de las provenientes de exoneraciones. j) Autorizar, salvo en el caso de obras, la ejecucion de prestaciones adicionales o la reduccion de las mismas, respecto a los contratos suscritos por la Unidad Ejecutora 003, asi como las contrataciones complementarias, hasta por los montos maximos previstos en la legislacion vigente. k) Resolver las solicitudes de ampliacion del plazo contractual. l) Suscribir y tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sancion y actos vinculados a los procesos de adquisicion y contratacion, que tengan que realizarse ante el OSCE y el Tribunal de Contrataciones del Estado, asi como gestionar las publicaciones que tengan que realizarse por mandato legal y los pedidos de informacion y consulta que resulten necesarios realizar ante otras entidades, vinculados a la tematica de las contrataciones estatales. 1.2 En materia de Gestion Administrativa: a) Aprobar los requerimientos de contratacion del personal sujeto al regimen especial de Contratacion Administrativa de Servicios, formulados por la Unidad Ejecutora 003 y suscribir los contratos correspondientes.

El Peruano Sabado 8 de junio de 2013

Articulo 2.- De la observancia de los requisitos legales La presente delegacion de facultades, comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no exime de la obligacion de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Articulo 3.- De la vigencia Las delegaciones autorizadas mediante la presente Resolucion Ministerial tendran vigencia durante el Ejercicio Fiscal 2013. Articulo 4.- De la publicacion Publicar la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion (www.produce.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TRIVENO CHAN JAN Ministra de la Produccion 947508-2

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Designan Gerentes de las Unidades Gerenciales de Administracion y de Planificacion, Presupuesto, Monitoreo y Evaluacion del Programa "Jovenes a la Obra"
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 011-2013-MTPE/3 MORDAZA, 6 de junio de 2013 VISTOS: El Oficio N° 331-2013-MTPE/3/24.2 del Director Ejecutivo (e) del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jovenes a la Obra" y el Proveido N° 1399-2013MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Promocion del Empleo y Capacitacion Laboral; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 013-2011-TR, modificado por Decreto Supremo Nº 004-2012-TR, se crea el Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jovenes a la Obra" que tiene por finalidad la insercion de los jovenes de 15 a 29 anos de edad, de escasos recursos economicos y/o en situacion de vulnerabilidad, de las familias mas pobres de la poblacion rural y MORDAZA, a traves de su capacitacion y fomento en el acceso al MORDAZA de trabajo formal; Que, el articulo 18° del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jovenes a la Obra", aprobado por Resolucion Ministerial N° 179-2012-TR, establece entre otros, que la Unidad Gerencial de Administracion esta a cargo de un Gerente, quien es designado por Resolucion Viceministerial del Viceministerio de Promocion del Empleo y Capacitacion Laboral; Que, se encuentra vacante el cargo de Gerente de la Unidad Gerencial de Administracion del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jovenes a la Obra"; por lo que resulta necesario designar al funcionario que desempenara el referido cargo; Con la visacion del Jefe de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo previsto en el numeral 3) del articulo 26° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; el literal b) del articulo 10° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2010-TR y en el articulo 18° del Manual de

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