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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (08/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 25

El Peruano Sábado 8 de junio de 2013 496803 y Presupuesto, de Administración, y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 056-2013- PCM, Decreto Supremo que modifi ca los artículos 5 y 6 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM,que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; la Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, la Resolución Ministerial Nº 296-2009-PRODUCE, que aprueba la Directiva Nº 007-2009-PRODUCE - Directiva de Procedimientos para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor JAIME HUMBERTO MENDO AGUILAR, Asesor II del Despacho Ministerial del Ministerio de la Producción, a la ciudad de Veracruz, Estados Unidos Mexicanos, del 09 al 15 de junio de 2013, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor VICTOR HUGO PARRA PUENTE, Director General de la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero del Despacho Viceministerial de Pesquería del Ministerio de la Producción, a la ciudad de Veracruz, Estados Unidos Mexicanos, del 09 al 13 de junio de 2013, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal del Ministerio de la Producción, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos US $ 5,218.12 Viáticos US $ 3,780.00 TOTAL US $ 8,998.12 Artículo 4.- Encargar las funciones de la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero a la señora MARIA DEL CARMEN ABREGÚ BÁEZ, Directora General de la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Indirecto, en adición a sus funciones, en tanto dure la ausencia de su titular. Artículo 5.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionario señalados en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial, deberán presentar al Titular del Sector, con copia a las Ofi cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Recursos Humanos, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 6.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y derechos de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción 947508-1 Delegan diversas facultades y atribuciones al Jefe de la Unidad Ejecutora 003: “Fomento al Consumo Humano Directo - A Comer Pescado” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 193-2013-PRODUCE Lima, 6 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1047, se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, la misma que determina y regula el ámbito de competencia, las funciones y la estructura orgánica básica del Ministerio de la Producción; Que, el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado puedan delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el artículo 6 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE, dispone que el Ministro de la Producción es la máxima autoridad política del Sector Producción y quien ejerce las funciones de titular del pliego presupuestal del Ministerio; mientras que el literal c) del artículo 7 de la citada norma, señala que el Ministro puede desconcentrar y/o delegar a los empleados públicos de su Ministerio, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función; Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que el Titular de una Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado; Que, mediante Ley N° 29951, se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, estableciéndose en ésta las normas para el proceso presupuestario que deben observar los organismos del Sector Público durante el Ejercicio Fiscal 2013; Que, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo N° 1017 modifi cada por Ley Nº 29873, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF y sus modifi catorias, establecen las reglas y parámetros legales que deberán considerar las entidades del Sector Público, a efectos de tramitar los procesos de contrataciones de bienes, servicios y obras; Que, asimismo el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1017, prescribe que el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que le otorga la Ley de Contrataciones del Estado; Que, el artículo 6 de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, establece que una unidad ejecutora constituye el nivel descentralizado u operativo en las entidades y organismos del Sector Público, con el cual se vinculan e interactúan los órganos rectores de la Administración Financiera del Sector Público; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2012- PRODUCE se crea en el ámbito del Sector Producción el Programa Nacional “A Comer Pescado”, con el objeto de contribuir al fomento de mercados para el desarrollo de la actividad pesquera de consumo humano directo; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 141-2013- PRODUCE se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora 003: “Fomento al Consumo Humano Directo – A Comer Pescado”, en el Pliego 038: Ministerio de la Producción; Que, con el propósito de agilizar la gestión administrativa de la Unidad Ejecutora 003, resulta conveniente delegar aquellas facultades que permitan emitir e implementar los actos o actuaciones que no sean privativas del Ministro, conforme a la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Con la visación de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, el Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado modifi cado por Ley Nº 29873, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF y sus modifi catorias; el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 343-2012- PRODUCE;