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El Peruano Viernes 21 de junio de 2013 497633 SUNARP, organismo descentralizado autónomo del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos, cuyo objetivo principal es dictar las políticas y normas técnico- administrativas de los Registros Públicos; Que, la Zona Registral NºXI- Sede Ica, Órgano Desconcentrado de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos tiene ámbito geográfi co y competencia registral en el departamento de Ica; Que, de acuerdo con la política de descentralización impulsada por el Gobierno Central, esta Superintendencia ha considerado prioritario facilitar el acceso a los servicios registrales de la población de menores recursos y sectores más alejados de la ciudad; de tal manera que se ha considerado la apertura de una Ofi cina Receptora en el distrito de Pueblo Nuevo, provincia de Chincha, ubicada en el departamento de Ica; Que, de acuerdo al Ofi cio de Visto, la Zona Registral Nº XI- Sede Ica, solicita se declare la apertura de la Ofi cina Receptora de Pueblo Nuevo; De conformidad al Acuerdo adoptado en Sesión de Directorio Nº 290, del 05 de febrero de 2013, se delegó en el Superintendente Nacional la facultad de aprobar la creación de Ofi cinas Receptoras de la SUNARP; y al literal v) del artículo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- AUTORIZAR la creación, apertura y funcionamiento de la Ofi cina Receptora de Pueblo Nuevo, en el distrito de Pueblo Nuevo, provincia de Chincha, departamento de Ica, bajo la jurisdicción de la Zona Registral Nº XI- Sede Ica. La Ofi cina Receptora, como unidad de ejecución de la Zona Registral, se encargará de prestar los servicios de recepción de títulos y servicios de publicidad registral, además de los servicios que la Zona Registral considera oportuno implementar. El detalle de los servicios a prestar será determinado por Resolución emitida por el Jefe Zonal. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIO SOLARI ZERPA Superintendente Nacional de los Registros Públicos 952894-2 RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 148-2013-SUNARP/SN Lima, 20 de junio de 2013 VISTOS, el Oficio Nº 168-2013-SUNARP-ZRNºVII/ JEF, de fecha 03 de junio de 2013, mediante el cual la Jefatura de la Zona Registral Nº VII- Sede Huaraz, solicita la aprobación de la creación de la Oficina Receptora de Sihuas, y el Informe Nº 398-2013- SUNARP/GPD, de fecha 18 de junio de 2013, sobre el particular; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26366 se creó la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos- SUNARP, organismo descentralizado autónomo del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos, cuyo objetivo principal es dictar las políticas y normas técnico- administrativas de los Registros Públicos; Que, la Zona Registral NºVII- Sede Huaraz, Órgano Desconcentrado de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos tiene ámbito geográfi co y competencia registral en el departamento de Ancash; Que, de acuerdo con la política de descentralización impulsada por el Gobierno Central, esta Superintendencia ha considerado prioritario facilitar el acceso a los servicios registrales de la población de menores recursos y sectores más alejados de la ciudad; de tal manera que se ha considerado la apertura de una Ofi cina Receptora en el distrito de Sihuas, provincia del mismo nombre, ubicada en el departamento de Ancash; Que, de acuerdo al Ofi cio de Visto, la Zona Registral Nº VII- Sede Huaraz, solicita se declare la apertura de la Ofi cina Receptora de Sihuas; De conformidad al Acuerdo adoptado en Sesión de Directorio Nº 290, del 05 de febrero de 2013, se delegó en el Superintendente Nacional la facultad de aprobar la creación de Ofi cinas Receptoras de la SUNARP; y al literal v) del artículo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- AUTORIZAR la creación, apertura y funcionamiento de la Ofi cina Receptora de Sihuas, en el distrito de Sihuas, provincia de Sihuas, departamento de Ancash, bajo la jurisdicción de la Zona Registral Nº VII- Sede Huaraz. La Ofi cina Receptora, como unidad de ejecución de la Zona Registral, se encargará de prestar los servicios de recepción de títulos y servicios de publicidad registral, además de los servicios que la Zona Registral considera oportuno implementar. El detalle de los servicios a prestar será determinado por Resolución emitida por el Jefe Zonal. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIO SOLARI ZERPA Superintendente Nacional de los Registros Públicos 953308-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aceptan renuncia de Juez Especializado Titular del Segundo Juzgado de Familia de Maynas, Corte Superior de Justicia de Loreto RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 062-2013-P-CE-PJ Lima, 19 de junio de 2013 VISTO: El Ofi cio N° 987-2013-PJ/CSJLO-P cursado por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto, que remite la solicitud de renuncia presentada por la doctora Jenny Pomalaza Casabona, Juez Superior Provisional del referido Distrito Judicial, con certifi cación de fi rma ante Notario Público de Maynas. CONSIDERANDO: Primero. Que la doctora Jenny Pomalaza Casabona formula renuncia al cargo de Juez Especializado Titular del Segundo Juzgado de Familia de Maynas, Corte Superior de Justicia de Loreto, con efectividad al 20 de junio del año en curso, nombrada por el Consejo Nacional de la Magistratura mediante Resolución Administrativa N° 040-2008-CNM, de fecha 19 de febrero de 2008; quien viene desempeñándose como Juez Superior Provisional del mencionado Distrito Judicial. Segundo. Que el cargo de Juez termina, entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conforme lo establece el artículo 107°, numeral 3), de la Ley de la Carrera Judicial. Tercero. Que, sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, es menester precisar que la aceptación de la renuncia formulada por la recurrente no implica en modo alguno eximirla de responsabilidad por cualquier