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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (21/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 40

El Peruano Viernes 21 de junio de 2013 497638 Vitarte, a partir del día 21 de junio al 05 de julio del presente año. Artículo Décimo Sexto.- REASIGNAR a la señora doctora OLGA TERESA DOMÍNGUEZ JARA, Juez Titular del 3° Juzgado de Paz Letrado de Barranco - Mirafl ores, como Juez Provisional del 3° Juzgado Especializado de Familia con Competencia Penal, a partir del día veintiuno de junio del presente año. Artículo Décimo Sétimo.- REASIGNAR a la señora doctora LAURA ERMILA ELENA LUCHO D’ISIDORO, como Juez Provisional del 20° Juzgado Especializado de Familia, a partir del día veintiuno de junio del presente año. Artículo Décimo Octavo.- REASIGNAR al señor doctor RENE HOLGUÍN HUAMANÍ, como Juez Supernumerario del 47° Juzgado Especializado en lo Penal, a partir del día veintiuno de junio del presente año. Artículo Décimo Noveno.- REASIGNAR a la señora doctora MARÍA ELENA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ, Juez Titular del Primer Juzgado de Paz Letrado de Pueblo Libre, como Juez Provisional del 1° Juzgado Especializado en lo Penal, a partir del día veintiuno de junio del presente año. Artículo Vigésimo.- DESIGNAR a la señora doctora LUISA ROSSANA CANO FREITAS, como Juez Supernumeraria del 6° Juzgado Constitucional, a partir del día veintiuno de junio del presente año. Artículo Vigésimo Primero.- REASIGNAR a la señora doctora MARCELA ARRIOLA GUILLÉN, como Juez Supernumeraria del 4° Juzgado de Paz Letrado de Ate Vitarte, a partir del día veintiuno de junio del presente año. Artículo Vigésimo Segundo.- REASIGNAR al señor doctor WILBERT GARCÍA VIOLETA, como Juez Supernumerario del 2° Juzgado de Paz Letrado de La Molina - Cieneguilla, a partir del día veintiuno de junio del presente año. Artículo Décimo Tercero.- DESIGNAR a la señora doctora CLARA ELIZABETH MILLONES PALACIO, como Juez Supernumeraria del 3° Juzgado de Paz Letrado de Lima, a partir del día veintiuno de junio del presente año. Artículo Vigésimo Cuarto.- DISPONER que los señores Magistrados Titulares de Juzgados Especializados que no han sido considerados promocionados como jueces Superiores Provisionales en la presente resolución deberán retornar a sus correspondientes Juzgados de origen. Artículo Vigésimo Quinto.- DISPONER que BAJO RESPONSABILIDAD los ex – Magistrados reemplazados por designación de los Jueces Titulares nombrados por el Consejo Nacional de la Magistratura y que no se encuentran reasignados para asumir el Despacho de algún otro órgano jurisdiccional, deberán presentar el inventario de los expedientes correspondientes a cada uno de los Despachos conferidos, así como deberán proceder a la ENTREGA INMEDIATA de las credenciales de Magistrados otorgadas para el ejercicio de sus funciones, las mismas que deberán ser devueltas ante la Secretaría de la Presidencia de la Corte de Lima. Artículo Vigésimo Sexto.- DISPONER que la Ofi cina de Administración Distrital verifi que el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, en los extremos referidos al retorno de los ex –magistrados, que a la fecha ostentan la condición de servidores en este Distrito Judicial, al cargo jurisdiccional o administrativo de origen, en el día y bajo responsabilidad. Artículo Vigésimo Sétimo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura, Ofi cina de Personal, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima, Ofi cina de Administración Distrital y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS Presidente Corte Superior de Justicia de Lima 953411-2 ORGANOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES Establecen denominación correcta de carrera profesional de Derecho en la Universidad Privada Peruano Alemana y precisan vacantes que corresponden a cada carrera profesional RESOLUCIÓN Nº 295-2013-CONAFU Lima, 8 de Mayo de 2013 “UNIVERSIDAD PRIVADA PERUANO ALEMANA” VISTOS: La Resolución N°405-2012-CONAFU de fecha 25 de julio de 2012, la Resolución Nº 361-2010- CONAFU de fecha 01 de setiembre de 2010, la Resolución Nº 419-2011-CONAFU de fecha 15 de agosto de 2011, la Carta s/n recibida con fecha 13 de diciembre de 2012, el Informe Legal N°105-2013-CONAFU-CJ de fecha 20 de febrero de 2013, el Ofi cio N°0426-2013-CONAFU- CDAA de 02 de mayo de 2013 y el Acuerdo Nº 350-2013- CONAFU de la Sesión Ordinaria del Pleno del CONAFU del día 08 de mayo de 2013, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional; Que, conforme al Reglamento del CONAFU, aprobado mediante Resolución Nº 387-2009 de fecha 12 de agosto de 2009, (en adelante Reglamento), en su artículo 9° establece que: “El Proyecto de Desarrollo Institucional consolida los resultados del estudio en los aspectos técnicos, económicos, fi nancieros, administrativos, con el fi n de instalar, poner en marcha y desarrollar una universidad (…); Que, mediante Resolución N°405-2012-CONAFU de fecha 25 de julio de 2012 se otorga la Autorización de Funcionamiento Provisional a la Universidad Privada Peruano Alemana. Que, mediante Resolución Nº 361-2010-CONAFU de fecha 01 de setiembre de 2010, se resolvió en su Artículo Primero: “ADMITIR A TRÁMITE la solicitud de Autorización de Funcionamiento Provisional del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Privada Peruano Alemana S.A.C, presentado por el señor Mario Peláez Bardales, Director General de la Organización Educativa Instituto Peruano Alemán, Promotor del Proyecto de la Universidad Privada Peruano Alemana S.A.C, con las Carreras Profesionales: 1) Derecho, 2) Ingeniería Mecánica, 3) Contabilidad y Finanzas, 4) Ingeniería de Sistemas y Telemática y 5) Enfermería, cada una con (40) vacantes por ciclo académico”; Que, mediante Resolución Nº 419-2011-CONAFU de fecha 15 de agosto de 2011, se resolvió en su Artículo Primero: “APROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Privada Peruano Alemana S.A.C, presentado por el señor Mario Peláez Bardales, Director General de la Organización educativa Instituto Peruano Alemán, con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Derecho, 2) Ingeniería Mecánica, 3) Contabilidad y Finanzas, 4) Ingeniería de Sistemas y Telemática y 5) Enfermería; bajo el Régimen Legal del Decreto Legislativo N°882”;