Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2013 (25/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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RESUELVE Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo Nº 006-2013/MDC, que rechazo su solicitud de vacancia contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA y regidor, respectivamente, de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, provincia y departamento de MORDAZA, por las causales previstas en los articulos 11 y 22, numeral 9, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo Segundo.- REMITIR MORDAZA de los actuados a la Contraloria General de la Republica para su conocimiento, evaluacion y fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 954230-1

El Peruano Martes 25 de junio de 2013

Declaran nulo lo actuado en procedimiento de vacancia seguido contra MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Cahuapanas, provincia de Datem del Maranon, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 566-2013-JNE Expediente J-2013-408 CAHUAPANAS - DATEM DEL MARANON - MORDAZA MORDAZA, trece de junio de dos mil trece VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA Puancha contra el acuerdo adoptado en la Sesion Extraordinaria Nº 10-2013, del 11 de marzo de 2013, que declaro improcedente su solicitud de vacancia presentada en contra de MORDAZA MORDAZA Tangoa, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Cahuapanas, provincia de Datem del Maranon, y departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 4, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, teniendo a la vista el Expediente Nº J-2013-155, y oidos los informes orales. ANTECEDENTES Solicitud de vacancia Con fecha 4 de febrero de 2013, MORDAZA MORDAZA Puancha, solicito ante el MORDAZA Nacional de Elecciones la vacancia de MORDAZA MORDAZA Tangoa, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Cahuapanas (fojas 1 al 9 del Expediente Nº J2013-155), por haber incurrido en la causal contemplada en el articulo 22, numeral 4, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipales (en adelante LOM), esto es, por haberse ausentado de la jurisdiccion municipal por mas de treinta dias consecutivos sin autorizacion municipal. Dicha solicitud origino el Expediente de traslado Nº J-2013-155. Alega como fundamentos de su solicitud de vacancia, los siguientes hechos: a) Desde los meses de junio y MORDAZA de 2012, la poblacion del distrito de Cahuapanas viene reclamando la ausencia injustificada del municipio por parte del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tangoa; por ello es que, en calidad de presidente del frente de defensa del citado distrito, realizo las investigaciones correspondientes.

b) En merito a dichas investigaciones, verifico que, en efecto, el MORDAZA distrital habia abandonado totalmente el municipio distrital sin conocimiento ni autorizacion del concejo municipal, llegando a tomar conocimiento que el MORDAZA distrital se encuentra viviendo en la MORDAZA de Yurimaguas. c) A fin de acreditar el abandono injustificado es que solicito al juez de paz letrado del distrito, asi como al gobernador (al ser las unicas autoridades del distrito), que procedieran a realizar las constataciones respecto a la presencia fisica del MORDAZA en la entidad edil. d) Dichas autoridades realizaron constataciones diarias, desde el 1 de agosto de 2012 al 26 de setiembre del mismo ano (fojas 12 al 68 del Expediente de traslado Nº J-2013155), en las que se puede verificar la ausencia del MORDAZA de la jurisdiccion sin la autorizacion del concejo municipal. e) Agrega que el 30 de setiembre de 2012 se llevo a cabo el MORDAZA de consulta popular de revocatoria, siendo una de las autoridades sometidas a dicha consulta el MORDAZA distrital, lo que motivo que recien el dia 27 de setiembre dicha autoridad se apersonara al municipio distrital, luego de lo cual volvio a abandonar dicho municipio, tal como se puede verificar en las constataciones del 1 de octubre de 2012 al 30 de noviembre del mismo ano (fojas 80 a 140 del Expediente de traslado Nº J-2013-155). f) La ausencia del MORDAZA distrital ha perjudicado el normal desenvolvimiento de la comuna MORDAZA, toda vez que la MORDAZA sesion extraordinaria se realizo el 16 de MORDAZA de 2012, sin que hasta la fecha se MORDAZA llevado a cabo sesiones ordinarias o extraordinarias. g) Finaliza senalando que el MORDAZA distrital viene siendo investigado por la Fiscalia Provincial Corporativa Especializada en delitos de corrupcion de MORDAZA, por los delitos de peculado, colusion y concusion en agravio del Estado. Pronunciamiento Cahuapanas del Concejo Distrital de

En la Sesion Extraordinaria Nº 10-2013, del 11 de marzo de 2013 (fojas 13 a 16), los miembros del concejo distrital declararon, por unanimidad, improcedente la solicitud de vacancia presentada por MORDAZA MORDAZA Puancha. Dicha decision fue notificada al recurrente el 13 de marzo del mismo ano (foja 12). Respecto al recurso de apelacion Dentro del plazo de ley, MORDAZA MORDAZA Puancha interpuso, con fecha 27 de marzo de 2013 (foja 2 a 6), recurso de apelacion en contra de la decision del concejo municipal de declarar improcedente su solicitud de vacancia. En el citado medio impugnatorio el solicitante alega lo siguiente: a) El acta de la Sesion Extraordinaria Nº 10-2013, firmada por el pleno del concejo distrital consigna que esta fue celebrada en el salon de actos de la entidad edil; sin embargo, ello no fue asi, ya que dicha sesion extraordinaria en ningun momento se llevo a cabo, tal como lo afirman tres trabajadores de la municipalidad distrital en sus respectivas declaraciones juradas (fojas 7 a 9). b) Es evidente el actuar delictuoso y simulado de los miembros del concejo distrital, quienes han incurrido en el delito contra la fe publica, contemplado en el articulo 438 del Codigo Penal. c) En la supuesta sesion extraordinaria, realizada el 11 de marzo de 2013, el primer regidor MORDAZA MORDAZA Tamabi, manifesto que era falso que el MORDAZA distrital se MORDAZA ausentado de la jurisdiccion municipal en las fechas senaladas por el solicitante de la vacancia, ya que, en esas fechas, se realizaron sesiones de concejo en Palmiche y en MORDAZA MORDAZA de Cahuapanas, por lo que solicito al secretario general que de cuenta de dichas sesiones. El secretario general afirmo que durante el mes de agosto se realizaron dos sesiones ordinarias, en el mes de setiembre dos sesiones ordinarias, en el mes de octubres dos sesiones extraordinarias y dos ordinarias, y en el mes de noviembre dos sesiones extraordinarias y dos ordinarias; sin embargo, no se adjunto ningun documento que acredite la realizacion de tales sesiones, por lo que solicita que el concejo incorpore al expediente tales documentos.

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