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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (28/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 40

El Peruano Viernes 28 de junio de 2013 498262 Pública sobre Mejoramiento de Vías, respectivamente, intervenciones especiales que se enmarcan en el supuesto de altos niveles de pobreza señalado en el artículo 7 del Manual de Operaciones, razón por la cual propone el fi nanciamiento del 100% de los citados proyectos; Que, conforme a lo indicado, el PMIB ha identifi cado tres (03) Proyectos de Inversión Pública viables que comprenderán las intervenciones especiales en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, en el distrito de Nuevo Progreso, provincia de Tocache, departamento de San Martin y los distritos de El Tambo, Chilca y Huancayo, provincia de Huancayo, departamento de Junín, al tratarse de territorios afectados por motivaciones sociales y por altos niveles de pobreza, respectivamente, por lo que, es necesario aprobar las intervenciones especiales en los barrios urbano – marginales propuestos por el PMIB, siendo fi nanciadas las intervenciones hasta el 100%, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal del Programa, de conformidad a lo establecido en los artículos 7° y 39° del Manual de Operaciones aprobado por Resolución Ministerial N° 022-2013-VIVIENDA modifi cado por Resolución Ministerial N° 149-2013-VIVIENDA; De conformidad con la Ley N° 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Decreto Supremo N° 004- 2012-VIVIENDA, modifi cado por el Decreto Supremo N° 001-2013-VIVIENDA, que creó el Programa Mejoramiento Integral de Barrios, así como la Resolución Ministerial N° 022-2013-VIVIENDA, modifi cada por Resolución Ministerial Nº 149-2013-VIVIENDA que aprobó el Manual de Operaciones del PMIB; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de las Intervenciones Especiales Autorizar al Programa Mejoramiento Integral de Barrios-PMIB realizar las tres (03) intervenciones especiales a través de los proyectos de inversión pública descritos en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, de acuerdo a las razones expuestas en la parte considerativa. Artículo 2.- Del Financiamiento Los proyectos de inversión pública comprendidos en el Anexo de la presente Resolución serán fi nanciados hasta el 100%, estando sujetos a la disponibilidad presupuestal del PMIB. Artículo 3.- Publicidad Encargar a la Ofi cina General de Estadística e Informática la publicación del Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución en la página web del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 955884-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 151-2013-VIVIENDA Lima, 21 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4° de la Ley N° 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio diseñar, normar y ejecutar la política nacional y acciones del sector en materia de vivienda, urbanismo y saneamiento; Que, por Decreto Supremo N° 004-2012-VIVIENDA, modifi cado por el Decreto Supremo N° 001-2013- VIVIENDA, se creó el Programa Mejoramiento Integral de Barrios, bajo el ámbito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con el propósito de contribuir a mejorar la calidad de vida de la población urbana residente en barrios urbano-marginales, mediante la actuación coordinada y concurrente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, las Municipalidades y la Comunidad Barrial; Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del citado Decreto Supremo establece que por excepción aprobada por Resolución Ministerial se podrá intervenir en otros ámbitos urbanos; asimismo el numeral 3.2 señala que por norma expresa se podrán realizar intervenciones especiales de manera directa en barrios urbano marginales, según requisitos y condiciones que se establezcan en el Manual de Operaciones; Que, con Resolución Ministerial N° 022-2013-VIVIENDA, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Mejoramiento Integral de Barrios-PMIB, modifi cado por la Resolución Ministerial N° 149-2013-VIVIENDA, el cual en su artículo 7°, señala que por excepción aprobada en norma expresa, se podrán realizar intervenciones especiales de manera directa en barrios urbano-marginales ubicados en territorios afectados por fenómenos naturales, motivaciones sociales o caracterizados por altos niveles de pobreza; Que, mediante Informe N° 98-2013-VIVIENDA/VMVU- PMIB, la Dirección Ejecutiva del Programa Mejoramiento Integral de Barrios, propone el fi nanciamiento de un (01) PIP, en el marco de la excepción referida a intervenciones en otros ámbitos urbanos, regulada por el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Supremo N° 004- 2012-VIVIENDA, modifi cado por el Decreto Supremo N° 001-2013-VIVIENDA; Que, asimismo se propone el fi nanciamiento de 66 proyectos de inversión pública ubicados en Barrios Urbanos Marginales–BUM, en los cuales se han podido identifi car niveles de pobreza signifi cativos con grados de marginalidad altos respecto a la disponibilidad de bienes y servicios esenciales, así como un (01) proyecto de inversión pública localizado en la provincia y departamento de Arequipa, declarada en emergencia por el Decreto Supremo N° 019-2013-PCM, por considerar que los daños ocasionados han generado graves pérdidas económicas y daños materiales que ponen en riesgo la transitabilidad y el normal desarrollo de las actividades económicas de la población, lo que se enmarca en la excepción referida a intervenciones especiales regulada en el artículo 7 del Manual de Operaciones; Que, en consecuencia es necesario aprobar las intervenciones propuestas por el PMIB, en el marco de lo establecido en el artículo 3 del Decreto Supremo N° 004- 2012-VIVIENDA, modifi cado por el Decreto Supremo N° 001-2013-VIVIENDA, así como en el artículo 7 del Manual de Operaciones aprobado por la Resolución Ministerial N° 022-2013-VIVIENDA, modifi cada por la Resolución Ministerial N° 149-2013-VIVIENDA; De conformidad con la Ley N° 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Decreto Supremo N° 004- 2012-VIVIENDA, modifi cado por el Decreto Supremo N° 001-2013-VIVIENDA, que creó el Programa Mejoramiento Integral de Barrios y la Resolución Ministerial N° 022-2013- VIVIENDA, modifi cada por Resolución Ministerial Nº 149- 2013-VIVIENDA que aprobó el Manual de Operaciones del Programa Mejoramiento Integral de Barrios-PMIB; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorización de intervención en otros ámbitos urbanos Autorizar al Programa de Mejoramiento Integral de Barrios realizar la intervención en otros ámbitos urbanos a través de un proyecto de inversión pública descrito en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Autorización de las intervenciones Especiales Autorizar al Programa de Mejoramiento Integral de Barrios realizar las intervenciones especiales a través de 67 proyectos de inversión pública descritos en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3.- Publicidad Encargar a la Ofi cina General de Estadística e Informática la publicación del Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución en la página web del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 955885-1