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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de marzo de 2013 491031 Nº CAMPOS DEFINIDOS CONDICIÓN DE EMISIÓN (1) REQUISITO MÍNIMO (2) REPRESENTACIÓN IMPRESA - INFORMACIÓN MÍNIMA DEL RESUMEN VALIDACIÓN (3) DESCRIPCIÓN 12 Cantidad de unidades por ítem X X X Campo lleno. Este dato no será requisito mínimo cuando la cantidad es uno (1). 13 Descripción detallada del servicio prestado, bien vendido o cedido en uso, indicando las características.(3) X X X Campo lleno. Las características comprenden, entre otras, la marca del bien así como el número de serie y/o número de motor, si se trata de un bien identifi cable, de corresponder, salvo que no fuera posible su consignación al momento de la emisión de la factura electrónica. Tratándose de la venta de medicamentos e insumos materia del benefi cio a que se refi ere el inciso p) del artículo 2º de la Ley del IGV, incorporado por la Ley Nº 27450 y modifi cado por la Ley Nº 28553, se consignará (n) la(s) denominación(es) y la(s) partida(s) arancelaria(s) correspondiente(s) en cuyo caso la factura electrónica no podrá incluir bienes que no sean materia de dicho benefi cio. Si el emisor electrónico lleva por lo menos un Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas, al amparo de las normas del Impuesto a la Renta, podrá consignar en reemplazo de la descripción detallada, la descripción requerida por el Reglamento de Comprobantes de Pago para las facturas en la medida que añada el código que las normas que regulan el llevado de libros y registros denominan como código de existencia. 14 Valor unitario por ítem X X Campo lleno. 15 Precio de venta unitario por ítem y código X X X El código es el indicado en el catálogo Nº 16 del Anexo Nº 8. Incluye IGV. 16 Afectación al IGV por ítem X X Según catálogo Nº 7 del Anexo Nº 8. 17 Sistema de ISC por ítem X Sólo de corresponder, de acuerdo al catálogo Nº 8 del Anexo Nº 8. RESUMEN DEL IMPORTE TOTAL DE LA FACTURA ELECTRÓNICA 18 Total valor de venta - operaciones gravadas X X X Deberá existir información en por lo menos una de las casillas 18, 19 o 20. Sumatoria de valor de venta por ítem menos descuentos si los hubiere, de las operaciones gravadas con el IGV. En la representación impresa se podrá consignar la denominación “Op. gravada”. 19 Total valor de venta - operaciones inafectas X X X Deberá existir información en por lo menos una de las casillas 18, 19 o 20. Sumatoria de valor de venta por ítem menos descuentos si los hubiere, de las operaciones inafectas con el IGV. En este rubro están incluidas las exportaciones. En la representación impresa se podrá consignar la denominación “Op. inafecta”. 20 Total valor de venta - operaciones exoneradas X X X Deberá existir información en por lo menos una de las casillas 18, 19 o 20. Sumatoria de valor de venta por ítem menos descuentos si los hubiere, de las operaciones exoneradas con el IGV. En la representación impresa se podrá consignar la denominación “Op. exonerada”. 21 Valor de venta por ítem X X Campo lleno. 22 Sumatoria IGV X X Solo de corresponder. En la representación impresa se podrá consignar “ IGV”. 23 Sumatoria ISC X X Solo de corresponder. En la representación impresa se podrá consignar “ ISC”. 24 Sumatoria otros tributos X X Solo de corresponder. Monto total de tributo distinto al IGV o ISC, comprendido en la factura electrónica. En la representación impresa se podrá consignar “ Otros tributos”. 25 Sumatoria otros cargos X X Solo de corresponder. Total de cargos de la factura que no forman parte del valor de venta. En la representación impresa se podrá consignar “ Otros cargos”. 26 Total descuentos X X Solo de corresponder. 27 Importe total de la venta, cesión en uso o del servicio prestado X X X Campo lleno. Importe total de la factura electrónica. En la representación impresa se podrá consignar “IMPORTE TOTAL”. 28 Tipo de moneda en la cual se emite la factura electrónica X X X Según catálogo Nº 2 del Anexo Nº 8. En la representación impresa se podrá consignar el signo de la moneda o su descripción . INFORMACIÓN ADICIONAL 29 Tipo y número de la guía de remisión relacionada con la operación que se factura X X Según catálogo Nº 1 del Anexo Nº 8 considerar el código 9 y/o 31, según corresponda. En la representación impresa deberá sustituirse el código por la denominación “Guía de remisión - Remitente” o “Guía de remisión - Transportista”, según sea el caso.