Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2013 (30/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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senala que la voluntad de constituir una Mancomunidad Regional se expresa mediante ordenanza regional de cada gobierno regional interviniente, se emitio la Ordenanza Regional Nº 298-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, de fecha 14 de noviembre del 2011, declarando la voluntad del Gobierno Regional de Amazonas, de formalizar la constitucion de la Mancomunidad Regional Amazonas, San MORDAZA, La MORDAZA y Cajamarca. Que, con fecha 04 de diciembre del 2011, los Presidentes Regionales de Amazonas, San MORDAZA, La MORDAZA y MORDAZA, suscriben el Acta de Creacion de la Mancomunidad Regional Amazonas, San MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, dentro del MORDAZA de la Ley Nº 29768, Ley de la Mancomunidad Regional; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 306GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, del 03 de MORDAZA del 2012, se aprueba el Estatuto de la Mancomunidad Regional Amazonas, San MORDAZA, La MORDAZA, Cajamarca. Que, con fecha 20 de noviembre del 2012, en la MORDAZA de Chachapoyas, se desarrollo la VIII Asamblea de la Mancomunidad Regional Amazonas, San MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, entre otros, se acordo: Aprobar que a partir de la fecha, la Mancomunidad Regional Amazonas, San MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, lleve el nombre de Mancomunidad Regional del Qhapaq Nan Nor Amazonico; Que, el dia 31 de enero del 2013, se publica en el Boletin del Diario Oficial "El Peruano", el Acta de Creacion de la Mancomunidad Regional; Que, en cumplimiento a lo acordado en la referida Asamblea de la Mancomunidad Regional, es pertinente que mediante Ordenanza Regional se consigne el nombre establecido a la Mancomunidad Regional, por el de Mancomunidad Regional del Qhapaq Nan del Nor Amazonico; De Conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, de los Articulos 9º y 10º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modificada por las Leyes Nº 27902, Nº 28968 y Nº 29053, estando a lo aprobado en Sesion Ordinaria Nº 007 de fecha 05 de MORDAZA del 2013, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 066, con el MORDAZA unanime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Art. 15º, Inc. a) y Art. 37º, Inc. a), concordante con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 y sus modificatorias; Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Articulo Primero.- APROBAR el nombre de la Mancomunidad Regional Amazonas, San MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, como: "MANCOMUNIDAD REGIONAL DEL QHAPAQ NAN NOR AMAZONICO", conforme a lo acordado en la VIII Asamblea de la Mancomunidad Regional, realizada en esta MORDAZA, el dia 20 de noviembre del 2012. Articulo Segundo.- DISPONER que el Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA, efectue las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional; asi como, se inscriba ante la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros, la actual denominacion de la Mancomunidad Regional: "Mancomunidad Regional del Qhapaq Nan Nor Amazonico". Articulo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional de Amazonas. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgacion. En Chachapoyas, a los 10 dias del mes de MORDAZA del 2013. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional Amazonas POR TANTO:

El Peruano Jueves 30 de MORDAZA de 2013

Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 18 dias del mes de MORDAZA de 2013. MORDAZA BERLEY MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional de Amazonas 942817-1

Aprueban el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de la Gerencia Sub Regional de Utcubamba
ORDENANZA REGIONAL Nº 324 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del capitulo XIV del titulo IV sobre Descentralizacion, Ley Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, sus modificatorias, Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926; Ley Nº 28961; Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demas normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa, teniendo por mision, organizar y conducir la gestion publica regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region , conforme lo expresan los Articulos 2º, 4º y 5º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad territorial, legalidad y simplificacion administrativa. Que segun lo dispuesto en el Inc. a) articulo 15º concordante con el articulo 39º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada con la Ley Nº 27902, el Consejo Regional tiene la atribucion de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, asi como aprobar decisiones de caracter Institucional, de interes publico y ciudadano a traves de Ordenanzas Regionales. Que, el articulo 38º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales establece: Las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, con Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, se aprueba los Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP), estableciendose en su Articulo 1º de dicha norma: Que todas las entidades del Sector Publico MORDAZA del Gobierno Nacional, Regional o Local, deben seguir los lineamientos plasmados en esta MORDAZA para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP), la misma MORDAZA en el numeral 14.5 del Articulo 14º, precisa que los MORDAZA para Asignacion de Personal del Gobierno Regional y de las Direcciones Regionales Sectoriales se aprueban mediante Ordenanza Regional. Que, el Gerente Sub Regional de Utcubamba ha tramitado a este Gobierno Regional para su aprobacion por el Consejo Regional, el Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP, modificado de la Gerencia Sub Regional de Utcubamba, sustentando dicha modificacion

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