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El Peruano Miércoles 27 de noviembre de 2013 507834 MUNICIPALIDAD DE LINCE Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Lince ORDENANZA Nº 329-MDL Lince, 18 de Setiembre del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE: POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE; VISTOS: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 23 de fecha 13 de Setiembre del 2013, emitido por la Comisión de Economía y Administración, con votación por Unanimidad de los señores regidores, y con dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta: CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades en concordancia con su Artículo VIII, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 38.1 del artículo 38° de la Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General dispone que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente, en el caso de gobiernos locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, conforme lo establece la Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales son los órganos de representación del vecindario, que promueven la adecuada prestación de los servicios públicos y su desarrollo integral sostenible y armónico, que tienen entre sus funciones especifi cas exclusivas, entre otras, la de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias; Que, el artículo 40° de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades prescribe la formalidad que debe revestir la potestad legislativa en materia tributaria, disponiendo que los tributos denominados Derechos deben ser ratifi cados por la Municipalidad Provincial, procedimiento que para el caso de la Municipalidad Metropolitana de Lima se encuentra establecido en la Ordenanza Nº 1533-MML; Que, mediante Directiva Nº 001-006-00000015, el Servicio de Administración Tributaria – SAT establece las pautas metodológicas para la determinación de costos de los servicios y procedimientos que dan origen a los tributos municipales, contenidos en Ordenanzas distritales en la Provincia de Lima; Que, mediante Ordenanza N° 326-2012-MDL se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos 2013 de la entidad, siendo remitido a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su ratifi cación; Que, durante el proceso de ratifi cación de dicha Ordenanza, se generaron nuevas normas legales, como el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edifi cación, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, publicado el 04.05.13, el mismo que deroga el Decreto Supremo Nº 024-2008- VIVIENDA. Asimismo, se aprobó la nueva metodología de determinación costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en el TUPA de las Entidades del Estado, aprobada por el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM; Que con fecha 12.08.13 mediante Ofi cio Nº 004-090- 00007752, el Servicio de Administración Tributaria – SAT, devuelve la solicitud de ratifi cación incluyendo un conjunto de recomendaciones respecto al nuevo TUPA modelo recientemente publicado; Que, habiéndose cumplido con incorporar dichas recomendaciones en el citado informe; y en uso de las facultades conferidas por el Numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LOS PROCEDIMIENTOS, SERVICIOS ADMINISTRATIVOS BRINDADOS EN EXCLUSIVIDAD, REQUISITOS Y DERECHOS DE TRÁMITE CONTENIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Artículo 1.- Aprobación de los derechos de trámite por los procedimientos y servicios administrativos brindados en exclusividad Apruébense los derechos de trámite por los procedimientos y servicios administrativos brindados en exclusividad y anexos que forman parte de la presente norma: CENTRO DE ACTIVIDADES DENOMINACION DEL TRAMITE % UIT S/. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO LICENCIA DE EDIFICACIÓN - MODALIDAD A 1.1 VIVIENDA UNIFAMILIAR DE HASTA 120 M2 CONSTRUIDOS (siempre que constituya la única edifi cación en el lote). 2.093% 77.40 1.2 AMPLIACIÓN DE VIVIENDA UNIFAMILIAR (la sumatoria del area construida existente y la proyectada no deben exceder los 200 m2.) 2.065% 76.40 1.3 AMPLIACIONES CONSIDERADAS OBRAS MENORES (según lo establecido en el Reglamento Nacional de Edifi caciones RNE) 1.728% 63.90 1.4 REMODELACIÓN DE VIVIENDA UNIFAMILIAR (sin modifi cación estructural ni cambio de uso, ni aumento de área construida. 1.490% 55.10 1.5 CONSTRUCCIÓN DE CERCOS (de más de 20 ml, siempre que el inmueble no se encuentre bajo el régimen de propiedad exclusiva y propiedad común) 1.614% 59.70 1.6 DEMOLICIÓN TOTAL (de edifi caciones menores de 5 pisos de altura) 2.000% 74.00 1.7 OBRAS DE CARÁCTER MILITAR (de las Fuerzas Armadas), DE CARÁCTER POLICIAL (Policía Nacional del Perú) Y ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS 2.092% 77.40 2.0 LICENCIA DE EDIFICACIÓN - MODALIDAD B GERENCIA DE DESARROLLO URBANO - SUBGERENCIA DE INFRAESTRUCTURA URBANA 2.1 EDIFICACIONES PARA FINES DE VIVIENDA UNIFAMILIAR, MULTIFAMILIAR, QUINTA O CONDOMINIOS DE VIVIENDA UNIFAMILIAR Y/O MULTIFAMILIAR (no mayores a 5 pisos siempre que el proyecto tenga un máximo de 3,000 m2. de área construida. 2.407% 89.00 2.2 CERCOS (en inmuebles que se encuentren bajo el régimen de propiedad exclusiva y propiedad común) 2.000% 74.00