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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (27/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 60

El Peruano Miércoles 27 de noviembre de 2013 507830 brindados en exclusividad listados en el Anexo A adjunto al Informe Nº264-181-00000021 del SAT que forma parte del presente Acuerdo, que fueran aprobados en la Ordenanza Nº329-MDL por la Municipalidad Distrital de Lince; en la medida que su establecimiento se ha efectuado de conformidad con: (i) las normas que defi nen las competencias municipales; (ii) los criterios legales establecidos en materia de simplifi cación administrativa; (iii) las exigencias y formalidades previstas en las normas vinculadas con el mejoramiento del clima de negocios (Leyes Nº 28976 y 29090); y, (iv) en cumplimiento de los mecanismos que facilitan el acceso a la información pública que poseen las entidades del Estado. Artículo Segundo.- El presente Acuerdo ratifi catorio se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación en el diario ofi cial El Peruano, incluyendo el texto de la Ordenanza N° 329-MDL, en aplicación de lo dispuesto por el artículo 4° del D.S.N° 004-2008-PCM Reglamento de la Ley N° 29091; además en el portal institucional y en el Portal de Servicio al Ciudadano y Empresas-PSCE del Anexo que contiene el listado de los derechos de trámites por los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad, conforme lo dispuesto por el artículo 3° numeral 3.1 del citado Reglamento. La aplicación de la ordenanza materia de la presente ratifi cación sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la citada Municipalidad Distrital, teniendo presente que en dicha responsabilidad se encuentra la adopción de medidas necesarias respecto de los procedimientos de edifi caciones y habilitaciones, adecuadas a la Ley N° 29090 y modifi catorias, en sentido que el derecho de trámite total del procedimiento no excede en valor una (1) UIT y en caso que excediera, previo a su cobro, se solicite la autorización excepcional prevista en la Ley N° 27444, cuya fi scalización se encuentra a cargo de las entidades competentes. Articulo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicación, el SAT, a través de su página web www sat.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización y el Informe del SAT, en armonía con lo dispuesto por el artículo 19 de la Ordenanza N° 1533 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SUSANA VILLARÁN DE LA PUENTE Alcaldesa 1019285-1 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Aprueban Reglamento que regula el Proceso del Presupuesto Participativo ORDENANZA MUNICIPAL Nº 298-MDCH Chaclacayo, 31 de octubre de 2013 VISTO: En sesión ordinaria de la fecha, el Informe Nº 232-2013-GGM/MDCH de la Gerencia General Municipal, el Informe Nº 227-2013-MDCH-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 059-2013-GPP/MDCH de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, su artículo 197º establece que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local; Que, mediante la Ley Nº 27783, se aprobó la Ley de Bases de la Descentralización estableciendo en el numeral 1 de su artículo 17º, que los gobiernos locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública; Que, el literal g) del artículo 42º de la precitada ley expresa que, es competencia exclusiva de las municipalidades, aprobar y facilitar los mecanismos y espacios de participación, concertación y fi scalización de la comunidad en la gestión municipal; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece en su artículo 53º que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción; Que, conforme a lo establecido en la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la mencionada Ley Orgánica, las municipalidades regularán mediante ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos; Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo; modifi cada por Ley Nº 29298, Ley que modifi ca la Ley Marco del Presupuesto Participativo y su reglamento aprobado mediante el D.S. Nº 142-2009- EF y modifi cado con D.S. Nº 131-2010-EF, establecen disposiciones orientadas a lograr la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación del presupuesto participativo, que se desarrolla en armonía con los planes de desarrollo concertados; Que, la Primera Disposición Final del D.S. Nº 142- 2009-EF prescribe que los gobiernos locales emiten disposiciones complementarias a lo dispuesto en dicha norma y a las directivas que emita la Dirección Nacional del Presupuesto Público; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 007- 2010-EF/76.01 publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 10 de abril de 2010 se aprobó el Instructivo Nº 001- 2010-EF/76.01, el cual establece los lineamientos para la elaboración del presupuesto participativo basado en resultados para los gobiernos locales, con la fi nalidad de que los proyectos estén claramente articulados a productos y resultados específi cos que la población necesite, evitando lograr inefi ciencias en la asignación de los recursos públicos; Estando a lo expuesto y de conformidad con los artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el VOTO UNÁNIME y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento que regula el Proceso del Presupuesto Participativo en el Distrito de Chaclacayo, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza y que consta de IV Títulos, 32 artículos, y Cuatro Disposiciones Finales y Transitorias, cuyo texto integro forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- El Cronograma de Ejecución de actividades por fases del Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados para el año Fiscal 2014, se publicará conjuntamente con la convocatoria, a través del Decreto de Alcaldía correspondiente. Artículo Tercero.- DISPONER que de conformidad con el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, la publicación del presente dispositivo legal, se realiza sin sus anexos, en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, apruebe las normas complementarias y reglamentarias que se requiera para el cumplimiento del proceso de ejecución del Presupuesto Participativo. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN Alcalde 1019093-1