Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2013 (27/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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brindados en exclusividad listados en el Anexo A adjunto al Informe Nº264-181-00000021 del SAT que forma parte del presente Acuerdo, que fueran aprobados en la Ordenanza Nº329-MDL por la Municipalidad Distrital de Lince; en la medida que su establecimiento se ha efectuado de conformidad con: (i) las normas que definen las competencias municipales; (ii) los criterios legales establecidos en materia de simplificacion administrativa; (iii) las exigencias y formalidades previstas en las normas vinculadas con el mejoramiento del clima de negocios (Leyes Nº 28976 y 29090); y, (iv) en cumplimiento de los mecanismos que facilitan el acceso a la informacion publica que poseen las entidades del Estado. Articulo Segundo.- El presente Acuerdo ratificatorio se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicacion en el diario oficial El Peruano, incluyendo el texto de la Ordenanza N° 329-MDL, en aplicacion de lo dispuesto por el articulo 4° del D.S.N° 004-2008-PCM Reglamento de la Ley N° 29091; ademas en el MORDAZA institucional y en el MORDAZA de Servicio al Ciudadano y Empresas-PSCE del Anexo que contiene el listado de los derechos de tramites por los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad, conforme lo dispuesto por el articulo 3° numeral 3.1 del citado Reglamento. La aplicacion de la ordenanza materia de la presente ratificacion sin la condicion MORDAZA senalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la citada Municipalidad Distrital, teniendo presente que en dicha responsabilidad se encuentra la adopcion de medidas necesarias respecto de los procedimientos de edificaciones y habilitaciones, adecuadas a la Ley N° 29090 y modificatorias, en sentido que el derecho de tramite total del procedimiento no excede en valor una (1) UIT y en caso que excediera, previo a su cobro, se solicite la autorizacion excepcional prevista en la Ley N° 27444, cuya fiscalizacion se encuentra a cargo de las entidades competentes. Articulo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicacion, el SAT, a traves de su pagina web www sat.gob.pe MORDAZA de conocimiento publico el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion y el Informe del SAT, en MORDAZA con lo dispuesto por el articulo 19 de la Ordenanza N° 1533 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Alcaldesa 1019285-1

El Peruano Miercoles 27 de noviembre de 2013

Que, mediante la Ley Nº 27783, se aprobo la Ley de Bases de la Descentralizacion estableciendo en el numeral 1 de su articulo 17º, que los gobiernos locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestion publica; Que, el literal g) del articulo 42º de la precitada ley expresa que, es competencia exclusiva de las municipalidades, aprobar y facilitar los mecanismos y espacios de participacion, concertacion y fiscalizacion de la comunidad en la gestion municipal; Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece en su articulo 53º que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdiccion; Que, conforme a lo establecido en la Decimo Sexta Disposicion Complementaria de la mencionada Ley Organica, las municipalidades regularan mediante ordenanza los mecanismos de aprobacion de sus presupuestos participativos; Que, la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo; modificada por Ley Nº 29298, Ley que modifica la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo y su reglamento aprobado mediante el D.S. Nº 142-2009EF y modificado con D.S. Nº 131-2010-EF, establecen disposiciones orientadas a lograr la efectiva participacion de la sociedad civil en el MORDAZA de programacion del presupuesto participativo, que se desarrolla en MORDAZA con los planes de desarrollo concertados; Que, la Primera Disposicion Final del D.S. Nº 1422009-EF prescribe que los gobiernos locales emiten disposiciones complementarias a lo dispuesto en dicha MORDAZA y a las directivas que emita la Direccion Nacional del Presupuesto Publico; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 0072010-EF/76.01 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 10 de MORDAZA de 2010 se aprobo el Instructivo Nº 0012010-EF/76.01, el cual establece los lineamientos para la elaboracion del presupuesto participativo basado en resultados para los gobiernos locales, con la finalidad de que los proyectos esten claramente articulados a productos y resultados especificos que la poblacion necesite, evitando lograr ineficiencias en la asignacion de los recursos publicos; Estando a lo expuesto y de conformidad con los articulos 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA UNANIME y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento que regula el MORDAZA del Presupuesto Participativo en el Distrito de Chaclacayo, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza y que consta de IV Titulos, 32 articulos, y Cuatro Disposiciones Finales y Transitorias, cuyo texto integro forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- El Cronograma de Ejecucion de actividades por fases del MORDAZA del Presupuesto Participativo basado en resultados para el ano Fiscal 2014, se publicara conjuntamente con la convocatoria, a traves del Decreto de Alcaldia correspondiente. Articulo Tercero.- DISPONER que de conformidad con el Articulo 4º del Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, la publicacion del presente dispositivo legal, se realiza sin sus anexos, en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, apruebe las normas complementarias y reglamentarias que se requiera para el cumplimiento del MORDAZA de ejecucion del Presupuesto Participativo. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA E. VALCARCEL CAHEN MORDAZA 1019093-1

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Aprueban Reglamento que regula el MORDAZA del Presupuesto Participativo
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 298-MDCH Chaclacayo, 31 de octubre de 2013 VISTO: En sesion ordinaria de la fecha, el Informe Nº 232-2013-GGM/MDCH de la Gerencia General Municipal, el Informe Nº 227-2013-MDCH-GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº 059-2013-GPP/MDCH de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, establece que las municipalidades son organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, su articulo 197º establece que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local;

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