Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2013 (27/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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la Municipalidad Provincial de Casma, departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1019642-3

El Peruano Miercoles 27 de noviembre de 2013

El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en la decimo MORDAZA sesion ordinaria de fecha quince y diecisiete de octubre del ano dos mil trece, ha debatido y aprobado el Dictamen de la Comision Ordinaria de Educacion y Desarrollo Humano que propone la aprobacion del MORDAZA de reasignacion excepcional complementaria del personal docente y auxiliar de educacion; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º del Capitulo XIV del Titulo IV de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, concordante con el Articulo 31 de la Ley de Bases de la Descentralizacion- Ley Nº 27783, Senala que: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia (...); Que, el Articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales senala que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Articulo 2º del Reglamento Interno de Organizacion y Funciones del Consejo Regional del MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 049-2013-CR/GRC.CUSCO, senala que "El Consejo Regional del MORDAZA es el organo representativo del Departamento del MORDAZA, encargado de realizar las funciones normativas, fiscalizadoras y de control politico y constituye el MORDAZA organo deliberativo. Emana de la voluntad popular, ejerce funciones y atribuciones con autonomia conforme a la Constitucion Politica del Peru, la ley de Bases de la Descentralizacion, la Ley Organica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y demas disposiciones. Relacionadas con la descentralizacion y regionalizacion; Que, en merito a la solicitud presentada por el Secretario General de la SUTEP Regional del MORDAZA, representado por el profesor MORDAZA Idme MORDAZA, mediante Oficio Nº 0037-2013/CER-SUTEP/CUSCO de fecha 23 de MORDAZA del 2013, mediante el cual peticiona la AMPLIACION DEL MORDAZA DE REASIGNACION mediante Ordenanza Regional, a fin de que este se lleve de manera Excepcional- Complementaria a la primera fase dentro del MORDAZA normativo de la R.M Nº 434, modificado por la R.M Nº466 y la R.M Nº117491-ED, teniendo en cuenta que el 04 de Diciembre del 2012, el Congreso de la Republica aprueba la Ley Nº 29951 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2013, y en la nonagesima MORDAZA Disposicion Complementaria se establece como plazas docentes organicas del Sector de Educacion, las plazas docentes y administrativas que hayan sido validadas por el Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto del Ministerio de Educacion y que hayan sido financiadas en los anos 2010-2012, las mismas que deben encontrarse registradas en el Aplicativo Informatico. Que, contando la Region MORDAZA con 4100 plazas aprobadas y no habiendo sido ofertadas para el MORDAZA de Reasignacion convocado por la R.M Nº 434 Y 4662012-ED, por deficiencias tecnicas en la codificacion definitiva por parte del Ministerio de Educacion, accion que recien se dio el dia 28 de Febrero del 2013; no posibilitando que estas plazas MORDAZA ocupadas por reasignacion por los docentes que por muchos anos laboran, en zonas rurales del ambito de la Region, quienes se han visto relegados en su expectativas de ser reasignados a una de estas referidas plazas por omision en su publicacion por parte de la entidad administrativa., en su oportunidad por no haberse codificado por deficiencias del Ministerio de Educacion; por lo que es necesario superar este problema ampliando el MORDAZA de Reasignacion excepcionalcomplementaria a la primera fase, respetando el orden de meritos y/o ranquin de reasignacion establecido para el ano 2013, siendo esto que no es un MORDAZA proceso; mas aun que el Articulo 47º de la R.M Nº1174-91-ED, regula que el MORDAZA de reasignacion debe efectuarse conforme establece al 31 de Diciembre de cada ano. Que, segun el Plan Peru Maestro, lanzado por el Ministerio de Educacion, para el ano 2014, se tiene previsto llevara adelante los siguientes procesos:

MINISTERIO PUBLICO
FE DE ERRATAS RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 3846-2013-MP-FN Mediante Oficio Nº 23080-2013-MP-FN-SEGFIN, el Ministerio Publico solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion N° 3846-2013MP-FN, publicada en la edicion del dia 23 de noviembre de 2013. ARTICULO PRIMERO.DICE: "(...), designandola en el Despacho de la Fiscalia Provincial Mixta de Huaypetue." DEBE DECIR: "(...), designandola en el Despacho de la Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Huaypetue." ARTICULO TERCERO.DICE: "NOMBRAR al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, (...), designandolo en el Despacho de la Fiscalia Especializada en Delitos de Trafico Ilicito de Drogas- Sede Huamanga." DEBE DECIR: "NOMBRAR al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, (...), designandolo en el Despacho de la Fiscalia Provincial Especializada en Delitos de Trafico Ilicito de DrogasSede Huamanga." 1019705-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Autorizan se lleve a cabo MORDAZA de reasignacion excepcional del personal docente y auxiliar de educacion
ORDENANZA REGIONAL Nº 057-2013-CR/GRC.CUSCO POR CUANTO:

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