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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (27/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 58

El Peruano Miércoles 27 de noviembre de 2013 507828 la Municipalidad Provincial de Casma, departamento de Áncash, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA PEREIRA RIVAROLA AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1019642-3 MINISTERIO PUBLICO FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3846-2013-MP-FN Mediante Ofi cio Nº 23080-2013-MP-FN-SEGFIN, el Ministerio Público solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3846-2013- MP-FN, publicada en la edición del día 23 de noviembre de 2013. ARTÍCULO PRIMERO.- DICE: “(...), designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Huaypetue.” DEBE DECIR: “(...), designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaypetue.” ARTÍCULO TERCERO.- DICE: “NOMBRAR al doctor OSCAR DURAN MEJIA, (...), designándolo en el Despacho de la Fiscalía Especializada en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas- Sede Huamanga.” DEBE DECIR: “NOMBRAR al doctor OSCAR DURAND MEJIA, (...), designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas- Sede Huamanga.” 1019705-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO Autorizan se lleve a cabo proceso de reasignación excepcional del personal docente y auxiliar de educación ORDENANZA REGIONAL Nº 057-2013-CR/GRC.CUSCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Cusco, en la decimo segunda sesión ordinaria de fecha quince y diecisiete de octubre del año dos mil trece, ha debatido y aprobado el Dictamen de la Comisión Ordinaria de Educación y Desarrollo Humano que propone la aprobación del proceso de reasignación excepcional complementaria del personal docente y auxiliar de educación; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º del Capítulo XIV del Título IV de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, concordante con el Articulo 31 de la Ley de Bases de la Descentralización- Ley Nº 27783, Señala que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia (…); Que, el Artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Artículo 2º del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 049-2013-CR/GRC.CUSCO, señala que “El Consejo Regional del Cusco es el órgano representativo del Departamento del Cusco, encargado de realizar las funciones normativas, fi scalizadoras y de control político y constituye el máximo órgano deliberativo. Emana de la voluntad popular, ejerce funciones y atribuciones con autonomía conforme a la Constitución Política del Perú, la ley de Bases de la Descentralización, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modifi catorias y demás disposiciones. Relacionadas con la descentralización y regionalización; Que, en merito a la solicitud presentada por el Secretario General de la SUTEP Regional del Cusco, representado por el profesor Augusto Idme Ramos, mediante Ofi cio Nº 0037-2013/CER-SUTEP/CUSCO de fecha 23 de Julio del 2013, mediante el cual peticiona la AMPLIACION DEL PROCESO DE REASIGNACION mediante Ordenanza Regional, a fi n de que este se lleve de manera Excepcional- Complementaria a la primera fase dentro del marco normativo de la R.M Nº 434, modifi cado por la R.M Nº466 y la R.M Nº1174- 91-ED, teniendo en cuenta que el 04 de Diciembre del 2012, el Congreso de la República aprueba la Ley Nº 29951 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el año fi scal 2013, y en la nonagésima Segunda Disposición Complementaria se establece como plazas docentes orgánicas del Sector de Educación, las plazas docentes y administrativas que hayan sido validadas por el Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto del Ministerio de Educación y que hayan sido fi nanciadas en los años 2010-2012, las mismas que deben encontrarse registradas en el Aplicativo Informático. Que, contando la Región Cusco con 4100 plazas aprobadas y no habiendo sido ofertadas para el proceso de Reasignación convocado por la R.M Nº 434 Y 466- 2012-ED, por defi ciencias técnicas en la codifi cación defi nitiva por parte del Ministerio de Educación, acción que recién se dio el día 28 de Febrero del 2013; no posibilitando que estas plazas sean ocupadas por reasignación por los docentes que por muchos años laboran, en zonas rurales del ámbito de la Región, quienes se han visto relegados en su expectativas de ser reasignados a una de estas referidas plazas por omisión en su publicación por parte de la entidad administrativa., en su oportunidad por no haberse codifi cado por defi ciencias del Ministerio de Educación; por lo que es necesario superar este problema ampliando el proceso de Reasignación excepcional- complementaria a la primera fase, respetando el orden de méritos y/o ranquin de reasignación establecido para el año 2013, siendo esto que no es un nuevo proceso; más aún que el Artículo 47º de la R.M Nº1174-91-ED, regula que el proceso de reasignación debe efectuarse conforme establece al 31 de Diciembre de cada año. Que, según el Plan Perú Maestro, lanzado por el Ministerio de Educación, para el año 2014, se tiene previsto llevara adelante los siguientes procesos: