Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2013 (29/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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El Peruano Viernes 29 de noviembre de 2013

Regulan el otorgamiento de MORDAZA de Posesion para la Factibilidad de Servicios Basicos
ORDENANZA Nº 353-2013-MDR EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITAL DEL MORDAZA Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 12 de octubre de 2013, Informe Nº 007-2013-GPC-MDR de fecha 10 de octubre de 2013 de la Gerencia del Programa de Catastro y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º y el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con la dispensa del Dictamen de la Comision de Desarrollo MORDAZA y dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, el Concejo Municipal, por unanimidad, aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE REGULA EL OTORGAMIENTO DE MORDAZA DE POSESION PARA LA FACTIBILIDAD DE SERVICIOS BASICOS Articulo 1º.- Objeto La presente Ordenanza tiene como objeto incorporar en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos el procedimiento de "Constancia de Posesion para la Factibilidad de Servicios Basicos" la cual contribuira a la obtencion de los servicios basicos de electrificacion e instalacion de redes de agua y desague por parte de las Empresas Prestadoras de Servicio (EPS) dentro del Centro Historico de MORDAZA, jurisdiccion del MORDAZA en posesiones informales, en el MORDAZA de la Ley Nº 28687 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0172006-VIVIENDA y demas normas aplicables. Articulo 2º.- Finalidad Contribuir con el mejoramiento de la calidad de MORDAZA, el desarrollo y progreso de los poseedores ubicados en posesiones informales que se encuentre dentro de los alcances de la Ley Nº 28687 - "Ley del Desarrollo Complementaria de Formalizacion de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotacion de Servicios Basicos". Articulo 3º.- Base Legal El presente dispositivo se fundamenta en las siguientes normas legales: · Constitucion Politica del Peru · Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades · Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. · Ley Nº 28687 - Ley del Desarrollo Complementaria de Formalizacion de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotacion de Servicios Basicos. · D.S. Nº 017-2006-VIVIENDA: Reglamento de los Titulos II y III de la Ley Nº 28687 - Ley de Desarrollo Complementaria de la formalizacion de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotacion de Servicios Basicos. Articulo 4º.- Ambito de Aplicacion La presente Ordenanza es de aplicacion para todas las posesiones informales asentados en el Centro Historico de MORDAZA, jurisdiccion del MORDAZA, en el caso que los moradores MORDAZA requeridos de dicha MORDAZA por parte de las Empresas Prestadoras de Servicios Basicos. Articulo 5º.- Competencia Es competente para otorgar la MORDAZA de Posesion que dispone la presente Ordenanza la Gerencia del Programa de Catastro de la Municipalidad Distrital del Rimac.

Articulo 6º.- Requisitos para el Otorgamiento de la MORDAZA de Posesion El procedimiento se inicia con el ingreso de la solicitud por la Subgerencia de Tramite Documentario, Archivo Central y Registros Civiles de la Municipalidad Distrital del MORDAZA, acompanado de los siguientes requisitos: · Solicitud simple indicando nombre, direccion y numero de D.N.I. · MORDAZA de D.N.I · Plano de ubicacion 1/500 indicando linderos y medidas perimetricas firmado por profesional ingeniero o arquitecto habilitado, con coordenadas UTM. · Fotografia del inmueble. · Documentos que acrediten su posesion por mas de 5 anos. · Declaracion Jurada del solicitante, de no existir MORDAZA judicial sobre derecho de propiedad del inmueble. · Pago por derecho de tramite. Articulo 7º.- Causales para su no Otorgamiento La MORDAZA de Posesion no se otorgara a los poseedores de inmuebles ubicados en: · Areas zonificadas para usos de equipamiento educativo, salud, parques zonales. · Zonas declaradas Patrimonio Cultural de la Nacion. · Areas naturales protegidas y areas de recreacion publica. · Zonas reservadas y/o afectas para vias. · Zonas calificadas como de riesgo. Articulo 8º.- Del Procedimiento Recibida la solicitud por la Subgerencia de Tramite Documentario, Archivo Central y Registros Civiles, previa verificacion por dicha Subgerencia de todos los requisitos senalados en el articulo MORDAZA y de existir observacion procedera a notificar al interesado a fin de que subsane la observacion formulada, para posteriormente ser derivada a la Gerencia del Programa de Catastro, que a su vez designara a un tecnico, quien evaluara la documentacion presentada de acuerdo a lo dispuesto en el articulo MORDAZA y que el inmueble materia de solicitud no se encuentre comprendido en algunas de las causales de su no otorgamiento senaladas en el articulo septimo. Luego de ello se realizara la inspeccion ocular correspondiente, generando en dicho momento un Acta de Verificacion de posesion la cual sera firmada por el tecnico encargado para dicha inspeccion ocular y por los colindantes del predio y de no existir observacion alguna, se procedera a expedir la MORDAZA de Posesion; caso contrario, se expedira la improcedencia de la solicitud. El termino de duracion del tramite para la expedicion de la MORDAZA de Posesion sera de treinta (30) dias habiles. Con la aplicacion del silencio administrativo positivo. Contra dicho acto administrativo se podran presentar los recursos impugnativos correspondientes. Articulo 9º.- Exclusividad Las constancias que se otorguen serviran unica y exclusivamente para el solicitante para los tramites que se efectuen ante las Entidades Prestadoras de Servicios Basicos; por lo tanto corresponde su emision solo para los pobladores que se encuentran dentro del ambito de aplicacion de la Ley Nº 28687 - Ley del Desarrollo y Complementaria de Formalizacion de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotacion de Servicios Basicos y su Reglamento. Articulo 10º.- Vigencia La MORDAZA de Posesion tendra vigencia hasta la efectiva instalacion de los servicios basicos en el inmueble descrito en dicha MORDAZA, dejando MORDAZA que el documento otorgado, no constituye reconocimiento alguno que afecte el derecho de propiedad de su titular. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Apruebese en S/. 56.63 Nuevos Soles (1.573 % de la UIT vigente), como derecho de tramite para el procedimiento de otorgamiento de MORDAZA de Posesion para la Factibilidad de Servicios Basicos.

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