Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2013 (29/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano Viernes 29 de noviembre de 2013

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- Alero exterior : 80 cm. (maximo) · Comercio en zonificacion CZ (Comercio Zonal): - Uso permisible : Comercio/Vivienda Unifamiliar/ Multifamiliar - Area y frente de lote : El existente. - Estacionamiento : Comercio - 01 estacionamiento c/100 m². Vivienda - No exigible. - Altura de edificacion : 5 Pisos mas azotea o en caso contrario lo que indica los Parametros correspondientes para esta zona. - Coeficiente de edificacion : 5.00 - Alero exterior : 80 cm. (maximo) Nota: (*) En los predios cuyo Lote Minimo tenga un area de 90.00 m², solamente sera permitido el uso como Vivienda Unifamiliar y Bifamiliar, y con una altura MORDAZA de cuatro (04) pisos. Articulo Decimo Primero.- DEL PROCEDIMIENTO. El procedimiento a seguir para la obtencion del Certificado de Levantamiento de Cargas es el siguiente: 1. El expediente para la obtencion del Certificado de Levantamiento de Cargas ingresara por la Unidad de Tramites Documentario y sera remitida a la Sub Gerencia de Urbanismo y Catastro. 2. En la Sub Gerencia de Urbanismo y Catastro se procedera a: - La Verificacion Administrativa, que corresponde a revision de la documentacion presentada por el interesado. - La Verificacion Tecnica, que corresponde a la inspeccion para la verificacion de las cargas en la edificacion y la contrastacion de lo expresado con las tolerancias indicadas en el Art. Decimo de la presente ordenanza. 3. Si el resultado de la verificacion es CONFORME, se procedera a la entrega del Certificado de Levantamiento de Cargas por parte del Subgerente de Urbanismo y Catastro. DISPOSICIONES FINALES

1. Solicitud pidiendo levantamiento de cargas tecnicas inscritas. 2. MORDAZA Literal de Dominio que indique las cargas tecnicas inscritas. 3. Informe Tecnico con las firmas debidamente legalizadas del propietario y del Verificador Responsable (Arquitecto o Ingeniero Civil Colegiado y habilitado) que debera estar acreditado ante la MORDAZA Registral Nº IX-Sede MORDAZA (SUNARP). 4. Recibo de pago por cada carga tecnica inscrita, al uso predominante de la edificacion, conforme a lo siguiente:: · Uso residencial Unifamiliar y Bifamiliar: Se pagara S/. 50.00 por cada carga tecnica inscrita, salvo en el caso de deficit de Estacionamiento se pagara S/. 50.00 por cada plaza o unidad faltante. · Uso residencial Multifamiliar: Se pagara S/. 75.00 por cada carga tecnica inscrita, salvo en el caso de deficit de Estacionamiento se pagara S/. 75.00 por cada plaza o unidad faltante. · Uso comercial del MORDAZA Comercio Vecinal: Se pagara S/. 100.00 por cada carga tecnica inscrita, salvo en el caso de deficit de Estacionamiento se pagara S/. 100.00 por cada plaza o unidad faltante. · Uso comercial del MORDAZA Comercio Zonal: Se pagara S/. 250.00 por cada carga tecnica inscrita, salvo en el caso de deficit de Estacionamiento se pagara S/. 500.00 por cada plaza o unidad faltante. · Uso comercial del MORDAZA Comercio Metropolitano: Se pagara S/. 500.00 por cada carga tecnica inscrita, salvo en el caso de deficit de Estacionamiento se pagara S/. 1000.00 por cada plaza o unidad faltante. Articulo Decimo.- DE LAS TOLERANCIAS A LOS PARAMETROS PARA EL LEVANTAMIENTO DE CARGAS Para el levantamiento de cargas tecnicas inscritas se tendra en cuenta las siguientes tolerancias con respecto al Certificado de Parametros Urbanisticos y Edificatorios: · Vivienda en zonificacion RDM (Residencial de Densidad Media) con Titulo otorgado por COFOPRI: - Uso permisible : Vivienda Unifamiliar/Multifamiliar(*) - Area Libre : 6% - Area y frente de lote : El existente. (*) - Estacionamiento : No exigible. - Altura de edificacion : 4 Pisos mas azotea. (*) - Coeficiente de edificacion : 3.75 - Retiro : 0.00 ml. - Alineamiento de fachada : Sin considerar el retiro municipal. - Alero exterior : 80 cm. (maximo). · Vivienda en zonificacion RDM (Residencial de Densidad Media): - Uso permisible : Vivienda Unifamiliar/Multifamiliar - Area Libre : 10% - Area y frente de lote : El existente. - Estacionamiento : No exigible. - Altura de edificacion : 5 Pisos mas azotea. - Coeficiente de edificacion : 3.75 - Retiro : No exigible (0.00 ml.) - Alineamiento de fachada : Sin considerar el retiro municipal. - Alero exterior : 80 cm. (maximo) · Comercio en zonificacion CV (Comercio Vecinal): - Uso permisible : Comercio/Vivienda Unifamiliar/ Multifamiliar - Area y frente de lote : El existente. - Estacionamiento : Comercio - 01 estacionamiento c/100 m². Vivienda - No exigible. - Altura de edificacion : 5 Pisos mas azotea. - Coeficiente de edificacion : 4.00

Primero.- Todo lo no considerado y que no se contraponga a la presente Ordenanza se regira, de manera supletoria, conforme a lo senalado en el D.S. Nº 035-2006-VIVIENDA, Reglamento de la Ley Nº 27157, referente a Reglamentos de usos para el caso de viviendas multifamiliares. Segundo.- Aquellos propietarios de edificaciones que se no se acojan a la presente Ordenanza de Regularizacion de Edificaciones mediante Licencia de Edificacion, seran pasibles de las sanciones establecidas en el Reglamento de Aplicacion de Sanciones (RAS) de la jurisdiccion, sin perjuicio de regularizar su edificacion mediante el procedimiento senalado en la presente Ordenanza. Tercero.- Facultar al senor MORDAZA para que a traves de Decretos de Alcaldia pueda reglamentar la presente Ordenanza. Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los veintisiete dias del mes de septiembre del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA KUSUNOKI FUERO MORDAZA 1020658-1

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