Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2013 (29/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano Viernes 29 de noviembre de 2013

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corresponda del Gobierno, en coordinacion con los funcionarios de protocolo de la ONUDI, desde su llegada a MORDAZA hasta su partida. 4. El Director General de la ONUDI nombrara a los funcionarios de la mencionada organizacion y de las Naciones Unidas que deban prestar servicios a la Conferencia. 5. Por invitacion del Director General de la ONUDI, la Conferencia Ministerial de los Paises Menos Desarrollados estara abierta a la participacion de: a) Representantes de los PMD; b) Representantes de las Naciones Unidas, de organos de las Naciones Unidas, organismos especializados, otras organizaciones multilaterales e instituciones financieras de desarrollo regionales; c) Observadores de otras organizaciones intergubernamentales; d) Representantes del sector privado. 6. Por invitacion del Director General de la ONUDI y de los Ministros de la Produccion y de Relaciones Exteriores del Peru, la Conferencia de Ministros de Industria de MORDAZA Latina y el Caribe estara abierta a la participacion de: Representantes de los ministerios de industria de MORDAZA Latina y el Caribe. 7. Las sesiones publicas de la Conferencia estaran abiertas a los representantes de los medios de comunicacion acreditados por la ONUDI, previa consulta con el Gobierno. 8. MORDAZA de la apertura de la Conferencia, el Secretario de la Conferencia proveera al Gobierno una lista de participantes, mencionados en los numerales 1 y 5 del presente articulo. Queda entendido que esa lista no sera necesariamente exhaustiva y no menoscabara el derecho de participacion de ningun participante. Articulo III Financiamiento 1. El Gobierno sufragara los gastos adicionales efectivos que involucre, directa o indirectamente, la celebracion de la Conferencia General en la Republica del Peru y no en la Sede establecida de la ONUDI en Viena. 2. Los gastos, que ascienden aproximadamente a 1.610.836 euros (un millon seiscientos diez mil ochocientos treinta y seis euros), suma estimada con caracter provisional, comprenderan entre otros los gastos adicionales por concepto de viajes y remuneraciones del personal de la ONUDI o de las Naciones Unidas asignados para organizar la Conferencia o asistir a MORDAZA, e incluso los gastos de las misiones preparatorias relacionadas a la Conferencia, asi como los gastos de transporte del equipo y los suministros necesarios. 3. Las Secretarias de la ONUDI y de las Naciones Unidas adoptaran las disposiciones para el viaje de los funcionarios de la ONUDI o de las Naciones Unidas que se necesiten para organizar la Conferencia o prestarle servicios y para el transporte del equipo y los suministros necesarios, de conformidad con el Reglamento del Personal y el Estatuto del Personal de la ONUDI y de las Naciones Unidas y con sus practicas administrativas conexas en lo relativo a las condiciones de viaje, la franquicia para equipaje, las dietas y los pequenos gastos de salida y llegada. 4. Para sufragar los gastos asociados con las misiones preparatorias a la Republica del Peru que se mencionan en el numeral 2 del presente articulo, el Gobierno debe depositar a la ONUDI la suma estimada para cubrir los gastos de la mision, suma que representara un anticipo inicial. Para dicho fin, la ONUDI, con la debida anticipacion, informara las fechas de las indicadas misiones restantes a fin de programar las transferencias oportunamente. 5. MORDAZA del 3 de MORDAZA de 2013, el Gobierno deposito a la ONUDI la suma de 1.610.798 euros. 6. De ser necesario, el Gobierno anticipara las sumas adicionales que solicita la ONUDI a fin de que la Organizacion en ningun momento deba sufragar temporalmente, con cargo a sus recursos en efectivo, los gastos adicionales que son responsabilidad del Gobierno. 7. Los anticipos depositados a que se hace referencia en el numeral 5 del presente articulo, se utilizaran

de 2012 en MORDAZA (Austria), la Junta de Desarrollo Industrial de la Organizacion de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (en adelante "la ONUDI") acordo aceptar el ofrecimiento del Gobierno de la Republica del Peru (en adelante "el Gobierno") para ser la Sede del 15º periodo ordinario de sesiones de la Conferencia General de la ONUDI (en adelante "la Conferencia"), a celebrarse del 2 al 6 de diciembre de 2013, en MORDAZA (Peru); CONSIDERANDO que, en el Articulo 8 del Reglamento de la Conferencia General de la ONUDI, se establece que los gastos adicionales efectivos que origine directa o indirectamente la celebracion de un periodo de sesiones fuera de la Sede de la Organizacion seran sufragados por el Gobierno huesped, y CONSIDERANDO que, es necesario adoptar disposiciones para la organizacion de la Conferencia y sus procedimientos conexos, incluida la celebracion de la Conferencia Ministerial de los Paises Menos Desarrollados (PMD) y de la Conferencia de Ministros de Industria de MORDAZA Latina y el Caribe en Lima. La ONUDI y el Gobierno convienen por el presente Acuerdo en lo siguiente: Articulo I La Conferencia La Conferencia se celebrara del 2 al 6 de diciembre de 2013 en la MORDAZA de MORDAZA, en la sede que apruebe la ONUDI. Le antecederan la Conferencia Ministerial de los PMD del 30 noviembre al 1 de diciembre y la Conferencia de Ministros de Industria de MORDAZA Latina y el Caribe el 1 de diciembre de 2013, que se realizaran en la misma sede, salvo acuerdo distinto. Cuando en el presente Acuerdo se haga referencia a la Conferencia, se entendera tambien que se alude a la Conferencia Ministerial de los PMD y a la Conferencia de Ministros de Industria de MORDAZA Latina y el Caribe. Articulo II Participacion en la Conferencia 1. Segun se estipula en el Reglamento de la Conferencia General, podran participar en la Conferencia los representantes, suplentes, asesores y expertos de: a) Estados Miembros de la ONUDI; b) Observadores de la ONUDI y Estados Miembros de las Naciones Unidas o miembros de sus organismos especializados o del Organismo Internacional de Energia Atomica y de Estados que disfruten de la condicion de observadores en la Asamblea General de las Naciones Unidas; c) Las Naciones Unidas y los organos de las Naciones Unidas que hayan sido debidamente autorizados por un organo intergubernamental competente o por el Secretario General de las Naciones Unidas; d) Los organismos especializados y otros organismos asociados al sistema de las Naciones Unidas; e) Las organizaciones intergubernamentales y gubernamentales con las que la ONUDI MORDAZA concertado un acuerdo de relacion a tenor de lo previsto en el apartado a) del parrafo 1 del Articulo 19 de la Constitucion de la ONUDI; f) Las organizaciones no gubernamentales con las que la ONUDI MORDAZA establecido relaciones a tenor de lo previsto en el apartado b) del parrafo 1 del Articulo 19 de la Constitucion de la ONUDI y cuya participacion MORDAZA sido aprobada por la Junta; g) Las demas organizaciones intergubernamentales que hayan sido designadas en forma permanente por el Consejo Economico y Social de las Naciones Unidas en virtud de lo dispuesto en el Articulo 79 de su Reglamento; h) Las organizaciones que hayan sido invitadas de conformidad con el parrafo 1 del Articulo 4 de la Constitucion de la ONUDI y a las que no se MORDAZA hecho referencia en ninguno de los parrafos anteriores del presente articulo. 2. La ONUDI MORDAZA acceso al recinto de la Conferencia, en calidad de invitados especiales, a las personas que el Gobierno MORDAZA invitado oficialmente, previa consulta con la ONUDI. 3. Los Jefes de Estado y Gobierno y otros participantes de alto nivel recibiran la asistencia protocolar que

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